Frente Cívico – Somos Mayoría – Madrid

Centro – Chamartín – Moratalaz


Agora 99: así pasó

Un encuentro de las redes y movimientos de toda Europa y zona mediterránea para hablar de Deuda, Democracia, y Derechos que se celebró en Madrid desde el 1 al 4 de noviembre. Las políticas de recortes y expolio se generan a escalas global y europea. La economía financiera juega la partida en un tablero que excede con mucho las fronteras nacionales. ¿Qué compone ese espacio para el 99%? ¿Qué hizo que millones de personas se sintieran afectadas profundamente por lo que estaba sucediendo en Egipto, en Túnez, en Portugal, en la plaza Syntagma de Grecia, en Wall Street, en Chile, en México y en muchos más lugares en el mundo ? ¿Cómo funciona la estructura política de nuevo tipo tras el estallido de la primavera árabe, Islandia, Grecia, tras el 15 de Mayo en España? Más importante aún, ¿cómo seguimos?… (99agora.net)


Las empresas de defensa dominan la investigación sobre seguridad de la UE

El informe, titulado NeoConOpticon y publicado hace unos días por el Transnational Institute (TNI) y Statewatch, revela hasta qué punto las mayores empresas europeas de defensa y tecnología se están beneficiando de un programa de “investigación sobre seguridad” de la UE de 1,4 billones de euros que tiene como objetivo explícito la promoción de una industria de defensa nacional europea capaz de competir a nivel global con los EEUU en un mercado que no deja de crecer.

“Todo el proceso parece haber sido diseñado por los grupos de presión y para los grupos de presión”, afirma Ben Hayes, investigador del TNI y autor del informe. “En su deseo por aumentar la ‘competitividad industrial’, la UE ha externalizado el diseño de la agenda de investigación sobre seguridad a las mismas empresas que más pueden beneficiarse de su aplicación”… (tni.org)

Enlace directo al informe… aquí


Insumisión judicial, derecho, resistencia y movimientos sociales

Hacia una Declaración Internacional de los Derechos de los Pueblos Campesinos…

Grupo de Estudios del Sindicato Andaluz de Trabajadores/as

Comisión de Enlace Internacional

1. El sujeto viviente frente a la ley

Cuando una ley es injusta
lo mejor es desobedecer

Mahatma Gandhi

“Al sujeto viviente, le corresponde estar frente a la ley en estas circunstancias”, nos contaba hace ya unos años Franz Hinkelammert en un pequeño e interesante libro cuya escusa para hablar de la actualidad era realizar una relectura sobre el evangelio de Juan. Esta pequeña publicación (I), de uno de los grandes maestros del pensamiento latinoamericano cercano a la corriente ideológica y de pensamiento conocida como la “Teología de la Liberación”, tendría mucho más impacto en aquel lado del charco, debido quizás en gran medidad, a la apuesta por el ateísmo generalizada desde hace alrededor de un siglo en los círculos intelectuales y de élite europeos, tanto en la academia como en los movimientos sociales. No es así sin embargo en Nuestra Andalucía, donde la espiritualidad de nuestras gentes y nuestras luchas sigue aun muy influenciada por el pensamiento cristiano, sobre todo del cristianismo primitivo liberador, cuestión que iremos sosteniendo a lo largo del texto. Cada Pueblo cuenta con su historia y relación con la iglesia y los pensamientos religiosos, y ya es sabido como movimientos sociales de Latinoamérica como el MST, influenciados por estas corrientes renovadoras del pensamiento religioso, han acuñado nuevas formas de “misticismos liberadores” (II) , que ha veces tanto cuesta entender a las izquierdas europeas, por su tan dificultosa relación histórica entre la política, la resistencia y las instituciones religiosas.

Hacemos mención en esta ocasión a esta pequeño y potente escrito en relación a las posturas que desde hace ya un tiempo mantienen varios líderes y lideresas del SAT respecto del aparato judicial: La insumisión.

Hinkelamert nos muestra un mundo evocado por Juan Evangelista, en el que se muestra al cristianismo (por supuesto al judaísmo-cristiano primitivo, de hecho bien trata el libro de mostrar su transformación en cristianismo-imperial, dominante a lo largo de la historia desde la reinterpretación romano-imperial de San Pablo) como un movimiento de auténticos revolucionarios frente a un imperio que se ríe de la ley (romanos) y una tradición (estado títere judío gobernante en Jerusalén) que la defiende a ultranza pese a su inoperatividad en un territorio colonizado (recuérdense aquellos pasajes del Nuevo Testamento y los diferentes evangelios, donde Jesús fue puesto a disposición del gobierno y la ley de Jerusalén por el emisario-colonizador de Roma, Poncio Pilatos, que en este acto se “lavó las manos”; y que finalmente fue condenado por incurrir en el delito de “rebeldía” cuya pena era la crucifixión, pese a haber muchos sectores de la sociedad judía que apoyaron sus acciones como dignas respuestas al imperialismo romano. La visión legalista de las leyes se impuso en este caso al “sentido común” y anhelo de la sociedad). Frente a ello, los judeo-cristianos primitivos defendían otra ley, la Ley que Dios había otorgado a Jesucristo, que desde una interpretación atea, podríamos decir, es una Ley que surge de las masas colonizadas, empobrecidas, discriminadas de aquel entonces, una Ley que surge de sus vidas dominadas y que evoca una dignidad trascendente, que emerge con la fuerza del mito, una Ley para lo Humano, un humanismo radical como lo llamaría Juan Manuel Sánchez Gordillo. Lo que unos atribuyen a un origen mítico, otros de pensamiento más ateo o materialista, lo podrían atribuir a la creación de un Derecho Propio, unas leyes en las que gentes que comparten unas mismas condiciones, historias y espacios de vida se reconocen, un derecho situacional, inmanente a las poblaciones, no necesariamente escrito, pero que es respetado, conocido y compartido por la comunidad, un símbolo más en una cosmogonía compositiva que comparte el grupo social.

Indaguemos en el papel de cada actor del relato en el texto… El papel de los romanos, evocaría en la actualidad el papel de las grandes transnacionales y organismos como el Banco Mundial, el BCE o el FMI, quienes bajo su misticismo basado en el pilar del Dios Mercado y su afán de beneficio y plusvalía, se saltarán leyes, nacionales o internacionales, las suspenderán, cambiarán, harán efectivas o ignoraran a su antojo y según sus intereses, haciendo efectivo por su “Fuerza de Ley” (III) lo que se conoce como un “Estado de Excepción permanente (IV), donde se organiza el Imperio mediante sus élites a sus anchas y con sus intereses por encima de la ley establecida, gracias en gran medida a las distorsiones cognitivas producidas por los grandes medios de comunicación, así como a la desorganización de la resistencia y la base obrera, campesina y estudiantil mediante mecanismos como la flexibilización del trabajo (Mini Jobs) o el control tecnocrático del estudiantado (recogido en el Espacio Europeo de Educación Superior – EEES/Plan Bolonia (V) ). Un estado de las cosas donde la excepción es la regla y la norma la excepción, y las realidades de las vidas de los individuos y sociedades son pasadas por el filtro del mito del mercado y su ley de la oferta y la demanda: Comprar y vender, materia por todo, amor, en ninguna parte.

El papel de los judíos del gobierno de Jerusalén, evocaría a un atestado sistema judicial que mediante técnicas burocráticas trata de mantenerse en este estado de excepción permanente; sin ninguna fuerza de decisión frente a los grandes poderes transnacionales y capitalistas, los estados-títeres se afanarían en retorcer la ley y crear multitud de instituciones y burocracias que hagan parecer que aun sirven de algo y toman decisiones importantes. Por decirlo con otras palabras, el Estado se ocupará de defender una ley que los primeros que se saltan son los poderosos (véanse todas las tramas de corrupciones y corrupciones impunes en nuestra tierra sin ir más lejos) ante los cuales la inoperatividad burocrática no puede reprimir, y sin embargo, si deja caer todo su peso del aparato represor frente a los sujetos no poderosos que reivindican dignidad para su vida y la de su gente; Estos sujetos, judeo-cristianos primitivos para Hinkelammert, exclamarían frente a los judíos el “pecado que están cumpliendo por cumplir con la ley”, una ley ya inoperativa que solo actúa frente a las masas empobrecidas que se rebelan por una vida digna. Estos “sujetos vivientes frente a la ley” que reivindican su vida como sujetos, como colectivo, como Pueblo frente a una ley injusta bien lo conformamos hoy las luchadoras y luchadores del SAT como demuestran las declaraciones de sus líderes en relación a la actitud tomada por ellos en el juego de lo jurídico. La diferenciación radica entre el Derecho, cómo lenguaje del Estado, y la Justicia, como construcción popular simbólica que aborda la diferenciación entre lo deseable y lo indeseable para el devenir de nuestra comunidad.

Hemos decidido que no vamos a asistir a ningún juicio […] solamente tendrán una alternativa: detenernos y a la cárcel, y estamos dispuestos a pagar ese precio porque estamos cansados de que nos sacrifiquen, nos multen y condenen sin ningún tipo de prueba siendo una organización democrática, legal y pacífica […] como la justicia es injusta y nos violenta, por eso nosotros hemos tomado esa decisión
Diego Cañamero y Juan Manuel Sánchez Gordillo,
18 de Octubre de 2010 ante los juzgados de Sevilla.

2. La santísima trinidad: Desarrollo, Paz, Democracia

Cuando los privilegiados son pocos y los desesperadamente pobres son muchos, y cuando la brecha entre ambos grupos se profundiza en vez de disminuir, es apenas una cuestión de tiempo hasta que sea preciso escoger entre los costos políticos de una reforma y los costos políticos de una rebelión. Por ese motivo, la aplicación de políticas específicamente encaminadas a reducir la miseria del 40% más pobre de la población de los países en desarrollo, es aconsejable no solamente como cuestión de principio sino también de prudencia. La justicia social no es simplemente un imperativo moral, es también un imperativo político. Mostrar indiferencia a esta frustración social equivale a fomentar su crecimiento

Robert McNamara, 1972
Presidente del Banco Mundial (1968-1981) (VI)

La relación de los Pueblos y comunidades del “Tercer Mundo” (por ponerle nombre a aquella masa heterogénea que aproximadamente podemos cifrar en un 90% de la población mundial) con el Derecho, entendido como el sistema de defensa del estado de las cosas mediante leyes y sistemas de ejecución de dichas leyes, y por tanto, instrumento de dominación sobre las capas de población inferiorizadas de diversas maneras que no entran en los cánones de esas leyes esgrimidas desde las élites, es, lógicamente, muy compleja, polémica y debatida. ¿Por qué? Porque realmente, se puede afirmar que a lo largo de la historia se han conseguido por las luchas sociales “grandes logros” en este ámbito, como lo son las leyes en favor de los trabajadores/as, los pueblos indígenas, colectivos de gays/lesbianas/transexuales y un largo etc. Grandes logros a base de sangre, sudor y fuego, cuestiones que no suelen constar en dichas leyes que nos hacen querer ver y creer que surgen de una mirada crítica que desde las Instituciones Nacionales e Internacionales hacen a los problemas de la sociedad. No. Se trata de espacios jurídicos y leyes que son arrebatados mediante la fuerza y la acción colectiva (militar o pacífica) al Derecho y el poder, desde las luchas de esas “masas del Tercer Mundo” que conforman un agregado plural de colectivos, Pueblos, individuos, preferencias, saberes, sabores, vidas, que no entran dentro del canon hegemónico del sistema-mundo capitalista / partriarcal / occidentalocéntrico / cristianocentrico / moderno / colonial (VII) que las niega mediante un complejo sistema de racismo mundial, religioso, epistémico, sexual, económico etc.

Ahora, ¿En qué se ha traducido este proceso de lucha y conquista del espacio jurídico, del Derecho? Atenderemos a la mirada que Balakrishnan Rajagopal (VIII) , teórico del poscolonialismo hindú comprometido con las luchas del “Tercer Mundo” ha realizado. En vez de preguntarse las clásicas cuestiones que nos preguntamos en los procesos de lucha y militancia “¿Es útil la lucha jurídica para nuestras luchas? ¿Hemos de confiar en el Derecho del Estado opresor vendido al Capital?” atiende más a lo que el reconoce como “efectos-instrumento” (IX) ; sugiere, que las luchas sociales emprendidas por este pluralismo de “masas del Tercer Mundo” han producido de hecho una completa expansión del Derecho Internacional, sus instituciones y burocracias. Pensémoslo, la de instituciones, organismos de supervisión, y distintas formas de burocracia que se generan cada vez que se decide por la presión de las luchas, generar nuevos mecanismos de solución del conflicto fraguados en Instituciones que velen por los nuevos derechos adquiridos, relatores supervisores de la ONU, comisiones de evaluación, e incluso departamentos de investigación universitarios sobre las temáticas y un largo etc. Hay pues, una explosión en cadena de un aparato burocrático, que en la opinión de este autor radicaliza y descoloniza las instituciones, pero a su vez genera una burocracia que suaviza y desradicaliza las luchas y las movilizaciones sociales. Una vez conseguidos esos “derechos”, se siente un “triunfo” que hace que la lucha se apacigüe, y sin embargo… ¿Cambian tanto las cosas?

Podemos afirmar que no, puesto que a la vez que se generan estas nuevas instituciones de “buen rollo” como los Institutos de la Mujer, Ministerios de Igualdad y Medio Ambiente, Agencias de Cooperación y un largo etc. (que por cierto también son las primeras instituciones en perderse y cerrar sus puertas en épocas de crisis como la que estamos viviendo, señalando los verdaderos intereses reales de las elites) se generan intrínsecamente a ellos mecanismos de burocratización que hacen de sus acciones meros espectáculos mediáticos (X) en donde parece que algo se mueve, pero no se mueve nada. Aquellas comunidades, grupos, colectivos, individuos que hayan conseguido mediante sus diversas luchas sus objetivos, encuentran de pronto que el “derecho les ampara”, pero lo hubieran conseguido con y sin el Derecho.

Nuestra posición en el tema no es negativa en torno al uso del Derecho en las luchas, pero si crítica, ya que lo principal es la lucha social y la lucha jurídica es una herramienta que nos puede ayudar pero que a la vez contiene límites insalvables que la configuran como un arma de doble filo. Arma perversa que tenemos que escudriñar, por su poder de cooptación de nuestras luchas, puesto que por poner solo un ejemplo, el tan alabado “Derecho a la Consulta Previa” que los Pueblos Indígenas tienen sobre sus territorios cuando el estado o una empresa decide explotar sus recursos naturales, es tanto perverso en la teoría (¿quién? ¿Por qué? ¿Desde donde consultan? ¿No tendrían más que consultar ellos al Estado y al Capital por sus acciones?) como en la práctica, donde más que un derecho es un instrumento legal que tienen ante el atropello de sus modos de vida, la imagen refleja lo que podríamos explicar con muchas palabras…

Sin ánimo de querer alargar estas reflexiones haremos un pequeño repaso por la Santa Trinidad conceptual que el Derecho Internacional y sus instituciones han generado en su relación con las luchas del Tercer Mundo durante el S.XX como dispositivos de dominación, desradicalización y cooptación de los movimientos.

2.1 Desarróllate o te mato

La tradición de los oprimidos nos enseña que el “estado de excepción” en que vivimos es la regla. Debemos llegar a un concepto de historia que le corresponda. Entonces tendremos ante nosotros la misión de propiciar el auténtico estado de excepción; y con ello mejorará nuestra posición en la lucha contra el fascismo; cuya suerte consiste, no en última instancia, en que sus opositores se le oponen en nombre del progreso como norma histórica

Tesis VIII
“Tesis sobre el concepto de Historia”
Walter Benjamin, 1974

Podemos remontarnos al S.XIX, o incluso al S.XVI, para rastrear como se ha ido generando un sistema ideológico dominador que podríamos llamar “humanitarismo colonizador”, “perverso”, o de “escaparate”. Fray Bartolomé de las Casas, alabado por su “defensa de los Indios” de las Américas durante las colonizaciones y conquistas del S.XVI (XI) , ya sugería la idea de estos “nativos” como inocentes e ignorantes almas de buen corazón que había que guiar por el “buen camino”, es decir, el camino de la religión católica y de la incipiente modernidad occidental. Esta tendencia en el S.XIX adquiriría un “matiz científico”, y desde áreas como los estudios antropológicos de las “comunidades primitivas” se iría construyendo un discurso en el que pareciera que todas las sociedades humanas tendiéramos, unas más rápido y otras mas lentamente, hacia una sociedad “más avanzada”. Es en este siglo donde se acuñaría la idea de “desarrollo” como la comprendemos hoy en día, muy ligada a la idea de “progreso” que se había acuñado por los precursores teóricos del capitalismo en Escocia (XII) . Este evolucionismo unívoco, fue una tendencia de pensamiento en la época de la que no se salvaría ni nuestro querido Karl Marx (XIII) al enunciar su teoría de las fases históricas que había que superar para llegar al “comunismo” (aunque hay que reconocer su retracción en este punto en sus últimas correspondencias con sus amistades en relación al caso ruso, el cual no llegó a ver como se dio su revolución directamente desde un régimen “feudal”, pero si la intuyó al final de su vida).

Esta tendencia marcaría la formación de numerosas instituciones internacionales que tuvieron su origen en los acuerdos de Bretton Woods. Esta tan conocida reunión que tuvo lugar en Nueva Hampshire, Estados Unidos, entre el 1 y el 22 de julio de 1944, dio lugar a la formación de organismos tan conocidos por nuestras luchas hoy día como el FMI o el BM, que nacían como instituciones ligadas a paliar, citamos textualmente desde las resoluciones de la convención, “las duras condiciones a las que estaban abogadas muchas naciones y pueblos dadas las dificultades del mundo moderno”. Sin quererlo, imaginamos, estaban criticándose a sí mismos, ya que el mundo moderno había sido en gran medida creación de las personas e ideologías que allí se encontraban y como lo especifican, imponían “grandes dificultades” para la vida de las naciones y pueblos del “Tercer Mundo”.

Estas instituciones tendrán especial crecimiento gracias a las luchas de las colonias por su independencia, y los países ricos, pasarían como ya conocemos, de dominar su territorio física y militarmente, a dominarlo mediante mecanismos de mercado ¿Cómo? Mediante la ideología del Desarrollo, algo a lo que todos los pueblos y naciones aspiraban a llegar. En este punto, es interesante señalar como incluso conferencias tan potentes a nivel político como las de Bandung (celebrada entre el 18 de abril y el 24 de abril de 1955 en Indonesia) que dieron lugar a el “Movimiento de los No Alineados” y al G77 (Grupo de 77 países del Tercer Mundo que gracias a su superioridad numérica conseguían imponer políticas contrahegemónicas en las asambleas generales de la ONU) pese a avanzar en muchas cuestiones relativas a la noción de su autonomía frente a colonialismos externos (ya fueran de origen capitalista / estadounidense o comunista / ruso) también caían en la lógica de reivindicar este “Desarrollo” para sus naciones, pese a contar en su seno con tradiciones de pensamiento, sociedades y prácticas de vida que no congeniaban con esa idea de progreso, con esa forma civilizatoria.

De esta ideología humanitarista derivan hasta hoy en día las migajas con las que se suavizan a las masas obreras y campesinas potenciales de realizar un verdadero cambio social, para el caso de Nuestra Andalucía es sencillo mirar hacia las políticas del PER para el campesinado, o las ayudas específicas de la Unión Europea a los pescadores, o como tenemos la indignación de ver cada vez más, los dispensadores de alimentos básicos de Unicef, Caritas etc. ante los cuales cada vez se agolpan más familias que podrían y querrían estar trabajando, pero que el actual sistema de organización social, tenencia de tierras, mercado de trabajo y reproducción capitalista de la vida se lo impide. Dejamos claro en este punto que no es esto un posicionamiento en contra de las medidas contra la reducción de la pobreza, sino que las insertamos dentro de un sistema ideológico racista que construye nuestros pueblos como sujetos colonizados, pedigüeños, tratando de analizar estas medidas desde una mirada crítica que no solo las vea como medidas humanitaristas-altruístas, benéficas y de buen corazón; creemos firmemente que detrás de todo ello funciona todo un complejo aparato de captura y control de los posibles procesos emancipatorios, algo que los romanos sintetizaban de una forma mucho más sencilla en la fórmula: “Pan y Circo”.

El Desarrollo, sería la escusa por la cual imponer ciertas leyes, los prestamos para el desarrollo de estas instituciones entrarían en la lógica de la “deuda”, donde se imponía la condición de que a cambio de esas infraestructuras y ayudas, había que adoptar ciertas políticas locales y nacionales para mantener ese crecimiento que nunca llegaría a darse… condiciones como los monocultivos, o pactos de mercado favorables a los países y regiones desarrolladas… condiciones que hoy día continúan y que vemos que nos tambalean las vidas con la idea de “rescate” o “prima de riesgo”, que nos deja en la posición de deudores a los cuales se les puede imponer cualquier cosa.

Al Desarrollo como ideología, es a lo que reaccionan nuestras hermanas y hermanos indígenas de las Américas, al esgrimir su idea del “Buen Vivir” (XIV) , donde declaran que no hay un solo modo de reproducir la vida, y menos aquel que destruye el propio medio natural que habitamos.

2.2 Pacifícate o te mato

Al discurso del Desarrollo se le suma durante la Guerra Fría la idea de “seguridad”. Además, cabe decir que también se puede rastrear los modos en los que las instituciones van adoptando por las presiones de los movimientos ciudadanos, como los conocidos del “68”, los discursos “medioambientales” y de “género” que van transversalizando sus políticas en las regiones y países del “Tercer Mundo” añadiendo numerosas nuevas instituciones, supervisiones, comisiones, etc.

La noción de pobreza, sería una de las construcciones más importantes para sustentar este discurso, donde se veía una clara identificación entre ella, la seguridad y la posibilidad de desarrollo. Era importante contener en la Guerra Fría los gérmenes de estallido “comunistas”, “revolucionarios” en aquellos países y regiones “pobres” que no podían asegurar su “seguridad” nacional, por lo que al Desarrollo se vincularía la necesaria política de “seguridad y alivio de la pobreza” para la consecución de la deseada modernización. Lo que implicó nuevas instituciones y crecimiento de las ya existentes con la consecuente suavización de las luchas sociales. Más y más inversión, más y más control, y las cifras de pobreza continuarían subiendo, además, de paradójicamente, las cifras de inseguridad. Las políticas de seguridad, generan inseguridad.

2.3 Democratízate o te mato

Finalizada la Guerra Fría, ante los júbilos de tantos actores sociales dominantes (XV), se sacralizó una idea concreta de democracia, un sistema idóneo de gobierno que había conseguido llegar al desarrollo allí donde “el socialismo y el comunismo habían fracasado”. Esta, era la democracia liberal, y a todos los discursos anteriormente mencionados, se uniría esta idea que pareciera los sintetizaba todo. Como hoy bien sabemos, por la democracia se intervienen países enteros como Afganistán, Irak… haciendo ver que el problema de los “nativos” no es solo económico, no son solo torpes para crear un desarrollo económico, sino que es también político, son torpes para diseñar políticas que les conduzcan al desarrollo, y son capaces hasta de generar grandes y horribles guerras entre ellos, por lo que es lógico que las instituciones internacionales, comandadas por los países de élite y sus grandes tecnologías tengan que intervenir.

Esta es la última y renovada forma de colonialismo que conocen nuestros pueblos y que llevan a criminalizar a grandes líderes como Juan Manuel Gordillo por “mantenerse en el poder tanto tiempo”, cuando ha sido el pueblo y sus humildes y valientes acciones las que le han mantenido allí, al cargo del único ayuntamiento con pleno empleo de todo el país.

3. La Declaración Internacional de los Derechos de los Campesinos y Campesinas

Y llegamos al final del camino mostrando un “gran logro”, muy reciente, en el que han participado muy activamente miembros de nuestro movimiento y de su organización internacional, La Vía Campesina. Reunidos representantes de todos los movimientos campesinos del mundo, después de numerosas reuniones previas sobre reformas agrarias (algunas como la de 2010 realizadas en Marinaleda, ejemplo insigne de Nuestra Andalucía, que dieron lugar a interesantes informes), aprobaban un documento provisional en la ciudad de Seúl, China, en marzo de 2009 (XVI), ratificado en una reunión siguiente en Maputo, Mozambique, sobre una propuesta de Declaración a presentar en la Asamblea General de la ONU de este año 2012…

El Martes 21 de febrero del 2012 en Ginebra, en el Palacio de las Naciones, se presentó el documento A/HRC/AC/8/6 con el título de Estudio final del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos sobre la promoción de los Derechos de los Campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales” El Viernes 24 de febrero el documento fue aprobado por unanimidad por parte del Comité Consultivo de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. A/HCR/AC/8/L.1. Este Documento contiene el texto preliminar de la Declaración Internacional de los Derechos de los campesinos […]
La “Vía Campesina” es quizá hoy en día una de las organizaciones más importantes a nivel mundial. Agrupa a organizaciones de campesinas y campesinos de una gran cantidad de países tanto de Europa, América latina, Norte América, Asia y África. En sus últimos Congresos mundiales la Vía Campesina había elaborado un proyecto de Declaración cuyo texto se aprobó en Maputo, Mozambique… (XVII)

José Bengoa
Miembro del Grupo de Redacción
Comité Consultivo de los Derechos Humanos
Naciones Unidas

Varias dudas quedan en el tintero, en un documento que tendrá varias revisiones hasta ser finalmente aceptado, y en cuyos textos preliminares se conquistan logros tan importantes como la posibilidad de uso de las tierras abandonadas en posesión de grandes terratenientes. Dudas como la posibilidad de poder conformarse como “Pueblos” a los campesinos y campesinas, al modo en que los Pueblos indígenas han conseguido su autonomía y posibilidad de edificación de modelos de justicia y educación propios ¿O es que no tenemos unas maneras de sentir, de percibir e intuir la Justicia propias de nuestra tierra y nuestros procesos históricos? Propias percepciones del trabajo, de la tierra, de nuestras fiestas… tan discriminadas por el sistema de leyes imperialista… hoy día, para los pueblos indígenas del mundo, la reconstrucción de un sistema de justicia propio no es solo la instrumentalización de los conflictos que puedan acontecer al interior de sus sociedades, sino todo un proceso de construcción colectiva de sus valores que empoderan sus luchas, donde la educación propia también juega un importantísimo papel para pensar sus sociedades y las relaciones con otros pueblos, unas relaciones internacionales que no se enclaustran solo en las ideas de estados y naciones, sino en la de los Pueblos, en las diplomacias de los Pueblos del Mundo por la Vida, frente a un sistema que generaliza los procesos de Muerte.

En esta declaración, el énfasis se hace en lo individual más que en lo colectivo, sin embargo, es una gran conquista para todos y todas los campesinos y campesinas del mundo, y también de Nuestra Andalucía, al poder ampararse en una declaración internacional que estará por encima de cualquier Derecho de carácter Nacional. Solo queda comprender que estos instrumentos son conquistas, que hemos de utilizar, pero también tomar con cautela, sin olvidar que la lucha social es el pilar clave que no podemos abandonar pese a estas batallas ganadas frente al sistema. Aplaudir el esfuerzo, sin olvidar la historia, sin permitir que una vez más utilicen nuestras conquistas en su favor.

.

NOTAS

I. Hinckelammert, Franz (1998) El grito del sujeto, San José: DEI

II. Véase entre otros: “Teología de la Liberación e Izquierdas brasileñas en el Foro Social Mundial” disponible en http://eduquenet.net/teologialiberacion.htm

III. Para el desarrollo de este concepto véase: Derrida, Jacques (1997) Fuerza de Ley: El fundamento místico de la autoridad, Madrid: Tecnos. Disponible en:http://www.jacquesderrida.com.ar/textos/derecho_justicia.htm

IV.Véase: Agamben, Giorgio (2004) Estado de excepción, Homo Sacer II, I. Buenos Aires: Adriana Hidalgo

V. Véase para esta cuestión el interesante punto de vista de nuestro maestro de la Universidad de Granada, Juan Irigoyen, en relación al aparato y categoría de “evaluación”, Irigoyen, J (2010) “La refundación de la evaluación”, Revista Laberinto nº 33, pp. 35-44, disponible en: http://laberinto.uma.es/index.php?option=com_content&;view=article&id=483:la-refundacion-de-la-evaluacion&catid=115:especial-de-educacion&Itemid=54

VI. Citado en: Zibechi, Raúl (2010) Contrainsurgencia y miseria. Las políticas de combate a la pobreza en América Latina, Pez en el Árbol: México

VII. Véase: El giro decolonial: reflexiones para una diversidad epistémica más allá del capitalismo global / compiladores Santiago Castro-Gómez y Ramón Grosfoguel. – Bogotá: Siglo del Hombre Editores; Universidad Central, Instituto de Estudios Sociales Contemporáneos y Pontificia Universidad Javeriana, Instituto Pensar, 2007. Disponible en:http://patriciolepe.files.wordpress.com/2010/01/el-giro-decolonial.pdf

VIII. Véase Rajagopal, Balakrishnan (2005) El Derecho Internacional desde Abajo: El Desarrollo, los Movimeintos Sociales y el Tercer Mundo, Bogotá: ILSA

IX. Terminología que rescata de Michel Foucault y sus análisis sobre los “Dispositivos de poder”, véase: Foucault, Michel (2000) Un Diálogo sobre el Poder y otras conversaciones, Madrid: Alianza Editorial

X. Es por ello que autores como Guy Debord llaman a nuestro tiempo la época de la “sociedad del espectáculo”, véase: Debord, Guy (2002) La sociedad del espectáculo, Valencia: Pre-textos [Original: París, 1967] Disponible en: http://serbal.pntic.mec.es/~cmunoz11/Societe.pdf

XI. Véase: “Brevísima relación de la destrucción de las Indias” disponible en:http://www.ciudadseva.com/textos/otros/brevisi.htm

XII. Nos referimos a la escuela de la “economía clásica” liderada por Adam Smith, Jean-Baptiste, Say y David Ricardo, entre otros.

XIII. Hemos de recordar el desprecio que Karl mostraba, como muchos filósofos de su tiempo incluyendo a Hegel, por “aquellas tierras de debajo de los Pirineos”, por donde “no había pasado el espíritu de la Cultura, la modernidad”. Es importante tener esto en cuenta en una actualidad donde la Europa mediterránea está siendo atacada tanto en lo económico como en lo simbólico por el poder colonial financiero de Europa del Norte comandado por el gobierno de Alemania. Paradójicamente, relatos como los de los españoles que fueron a conquistar las Américas en el S.XVI, en donde categorizaban al indio de “vago”, “atrasado”, “incapaz” y un largo etc.; es hoy, como en un efecto de boomerang devuelto hacia nuestras tierras, y más hacia las de Nuestra Andalucía que están al “Sur del Sur” mezcladas con los antiguos “herejes de los moros” o “maleantes de los gitanos”. Sobre el efecto boomerang de los procesos de colonialismo es interesante leer a Frantz Fanon, véase: Fanon, Frantz (2007) Los condenados de la Tierra, Madrid: FCE

XIV. Véase: El Buen Vivir como alternativa a la crisis global, disponible en:http://loquepodemoshacer.wordpress.com/2012/05/26/el-buen-vivir-la-alternativa-de-los-pueblos-a-la-crisis-mundial-jornadas-en-alava/

XV. Hay hasta un teórico que se anima a ver esto como el “final de la Historia”, como si hubiéramos llegado al cenit civilizatorio… véase: Fukuyama, Francis (1993) El fin de la historia y el último hombre, Barcelona: Planeta

XVI. Informe Vía Campesina disponible en: http://viacampesina.net/downloads/PDF/SP-3.pdf

XVII. Se puede continuar la lectura de este documento en:http://www.movimientos.org/show_text.php3?key=20377

https://grupoestudiossat.wordpress.com/2012/10/10/insumision-judicial-derecho-resistencia-y-movimientos-sociales/


El Marco de Integridad Institucional en España: Situación Actual y Recomendaciones

La gravedad de la crisis institucional y política española y su aún más dramática consecuencia económica no deja lugar a dudas. Pero ante los paños calientes que los medios de comunicación oficiales ponen a la situación, de auténtica catástrofe en la mayor parte de las familias españolas, un organismo global independiente como Transparency International ha difundido a través de su sección española un demoledor informe. La representatividad del sistema electoral español hace aguas, las cúpulas y las “maquinarias” (aquí se denominan “aparatos”) de los partidos subvencionados por el Estado (todos los actuales que poseen representación parlamentaria) dominan todos los poderes políticos y económicos, el Poder Ejecutivo ha sido borrado del mapa y el Judicial está en manos de la “disciplina de partido” de los jueces que han medrado a costa suya. Desolador.

“Este hecho no podía dejar de tener efectos sobre la sociedad civil, las empresas y, sobre todo, los medios de comunicación”, señala el informe de Transparencia Internacional. Hasta las ONGs han sucumbido al pernicioso influjo de las subvenciones, dice esta institución. No existe transparencia en el dinero público, pues es “más simbólica que real”.

“Las redes mediáticas, empresariales e institucionales que se tejen alrededor” de los partidos impiden crecer a la sociedad civil, “algo que tiene su origen en el modelo de transición española a la democracia (pactada con el antiguo régimen) y en las fallidas experiencias históricas de democracia excesivamente “politizada” (I y II Repúblicas sobre todo)”, añade. España está prisionera de la monarquía heredera del franquismo y del miedo a las experiencias fracasadas de las anteriores repúblicas.

El informe señala de forma nítida a “Gobierno, partidos, ONGs, sindicatos, asociaciones empresariales y medios de comunicación” (lo que empieza a ser conocido como “la casta”) por ser los causantes del clima de corrupción generalizada del país, y por ello propone 44 medidas, 10 de ellas “prioritarias”. Y entre ellas reclama que el Estado abra con urgencia en Internet un “Portal de Transparencia” donde quede reflejado y accesible al ciudadano de forma sencilla la relación de todos los empleados públicos, sus categorías y sueldos, asi como todos aquellos que cobren de organismos dependientes del Gobierno o sus autonomías o entes locales (tribunales, universidades, empresas públicas, televisiones, etc…), ya sean funcionarios, políticos o asesores.

Tambien demanda que el ciudadano conozca los gastos de viaje, dietas, teléfonos, tarjetas de crédito, coches oficiales, contratos, inversiones, alquileres y un debate público razonado y por escrito de todas las obras públicas que justifique su necesidad “y las ventajas sociales y económicas de cada una de ellas”. Deben publicarse igualmente todas las ayudas y subvenciones públicas, sus destinatarios y cantidades y el nivel de endeudamiento de todas las instituciones… (Transparency International España)


Manifiesto de Julio Anguita. Somos mayoría (VI)

Querid@s compañer@s:

El día 24 de Noviembre se reunirá por primera vez la Comisión de Organización Estatal del Frente Cívico. Tendrá lugar en Córdoba. Los puntos más importantes del orden el día serán la propuesta organizativa para proceder a su inscripción en los registros pertinentes, los mecanismos, métodos y funcionamiento de la elaboración colectiva y las líneas de trabajo movilizador en orden a los objetivos programáticos que constituyen la esencia de nuestro proyecto. Este otro paso hacia la consolidación organizativa del Frente culminará en la primera asamblea estatal la cual dirá la última y definitiva palabra. A dicha Comisión Organizadora cuya composición y funcionamiento ya conocéis, se ha incorporado a Jorge Verstrynge.

No ha sido fácil proceder a esta convocatoria. La carencia de medios de todo tipo y el soporte de funcionamiento basado únicamente en el trabajo militante han sido – y son – dificultades de envergadura. Sin embargo estamos demostrando a lo largo y ancho de la geografía española que ello es posible si la voluntad es firme. Una voluntad que se ve estimulada ante la gravedad de la situación económica, social y política general del país y sobre todo la de millones de ciudadan@s que empiezan a carecer de los mínimos indispensables para la subsistencia.

El rescate de la banca y de la economía en general, independientemente de cómo se denomine, acabará con la poca independencia que nos queda y desde luego con la tan parafraseada soberanía nacional. Lan condiciones que se impondrán al Reino de España, es decir a la mayoría de sufridos habitantes del mismo, terminarán de arrasar derechos humanos y constitucionales junto con las conquistas sociales que decenios de lucha cívica habían conseguido. Para impedirlo hemos nacido sin ninguna pretensión de exclusividad, aislamiento o marginación de otras propuestas conducentes al mismo fin: implantar un orden económico, social, político y cívico justo y al servicio de la ciudadanía en general.

Pero esa intención confesada de impedirlo y además construir otro proyecto basado en los DDHH, la Carta de la Tierra y en los valores que ya expusieron en mi anterior comunicación, quedaría en una simple y pueril declaración de voluntades si no va acompañada de funcionamiento, prácticas y valores que vayan cohesionando ese otro proyecto. 

Como también he manifestado en anteriores escritos, necesitamos un período de organización paciente, de creación de estructuras de participación, comunicación, elaboración y toma de decisiones que sean democráticas, eficaces y consecuentes con el Programa. Pero en las actuales circunstancias hay que simultanear ya el proceso de consolidación del Frente con acciones, propuestas, movilizaciones y apertura tanto hacia la sociedad como hacia otros que coincidan con nuestros programas y con nuestros valores. La capacidad de iniciativa de los hombres y mujeres del Frente Cívico es algo esencial para el proyecto; no hay más límites que los programas, el ideal que nos une y la cultura democrática del respeto a los otros y a las decisiones tomadas democráticamente.

Es normal que esta etapa embrionaria de organización surjan ciertas distonías, inercias y actitudes de sospecha hacia los demás. Hay que acabar con eso. No es sólo una cuestión de talante sino fundamentalmente de esencia misma del proyecto. Aquí no se le pregunta a nadie de dónde viene sino a dónde quiere ir. El objetivo programático permanentemente actualizado y perfeccionado, es la meta que nos une, nos identifica y cohesiona. Teniendo claras estas cuestiones, las prácticas consecuentes con ellas se desarrollan sin tener que introducir mecanismos de disciplina estatutaria. La mejor ley es la que no necesita de amenaza, coacción o imposición, surge del convencimiento en el proyecto y la coherencia consecuente.

Recuerdo que muchos de los problemas y situaciones adversas por las que atraviesa nuestra sociedad están esbozados en el decálogo con el que hemos iniciado nuestra andadura. Os propongo que desde ya, mientras elaboramos propuestas y las enriquecemos con la mayor de las participaciones posible, hagamos y hagáis campañas de información y discusión del anteriormente citado decálogo. Una simple y reposada lectura del mismo nos dirá cuan necesarios y urgentes son sus contenidos. En eso podrían consistir las primeras iniciativas a tomar. Un saludo.


Metodología asamblearia

Asambleas y Reuniones

En este primer documento, se encuentra de forma resumida la metodología para hacer que las asambleas y reuniones sean eficaces, participativas y agradables. Las organizaciones asamblearias se encuentran con numerosas dificultades a la hora de desarrollar colectivamente el trabajo de discusión, análisis, evaluación, coordinación o toma de decisiciones. Suele ocurrir que las reuniones son muy largas y poco productivas, o se desarrollan de forma poco participativa o incluso antidemocrática, o resultan pesadas y poco atrayentes.

He aquí, por tanto, un procedimiento diferente que permite que todos hablen, que se examinen todas las facetas de un problema, que se tome una decisión con razonables probabilidades de que sea correcta y sobre todo, que se tome pronto. Se evitan enfrentamientos personales y retóricos inútiles, e impide en gran parte las manipulaciones provenientes de oradores expertos, líderes carismáticos y grupúsculos organizados.

Pincha en el link para leer… Asambleas y Reuniones

Decisión por Consenso

La decisión por consenso es un proceso de decisión que busca no solamente el acuerdo de la mayoría de los participantes, sino también persigue el objetivo de resolver o atenuar las objeciones de la minoría para alcanzar la decisión más satisfactoria. Consenso significa, al mismo tiempo, un acuerdo general y el proceso por el que se alcanza dicho acuerdo. En este documento se tratará fundamentalmente del proceso.

Pincha en el link para leer…  Decisión por Consenso


Estado del poder corporativo 2012

Las crisis económica, social y ecológica a las que se enfrenta la humanidad no son ningún accidente, sino que son consecuencia de las políticas seguidas por una pequeña elite corporativa que se ha dedicado a secuestrar de forma sistemática las normas económicas y políticas en todo el mundo. Esta elite mundial –conocida también como la clase de Davos– se reúne todos los años, la última semana de enero, en la estación de esquí suiza para reafirmar su fe en la ortodoxia de las políticas económica procorporativas… (tni.org)


El Informe Petras

PADRES – HIJOS

Dos generaciones de trabajadores españoles

Rescatamos desde la ya desaparecida revista Ajoblanco, el polémico INFORME PETRAS realizado por el sociólogo y colaborador de Noam Chomsky , James Petras. Este informe fue encargado en su día , por el CSIC (Centro Superior de Investigaciones Científicas) en los años en que gobernaba el PSOE.

Tras seis meses de estancia en Barcelona, dedicados plenamente al estudio y desarrollo de este informe, fue entregado a los anfitriones del CSIC, para su posterior publicación como habían acordado. Este “real”, “provocador” y “desolador” informe , sobre la brecha de la situación laboral de padres-hijos, fue condenado al olvido en algún oscuro archivo del CSIC. Al finalizar la lectura os podréis imaginar por qué.

James Petras

De descendencia griega, es miembro del Tribunal Bertrand Russell de los Derechos Humanos y colaborador de New Left Review y Le Monde Diplomatique. Petras es amigo y colaborador de Noam Chomsky y con él escribió un libro sobre Clinton. En 1995, Petras llegó a Barcelona en calidad de “investigador visitante” del CSIC. Durante medio año elaboro este informe.

James Petras, PRÓLOGO A ESTA EDICIÓN

Comencé mi investigación sobre el impacto de las políticas del partido socialista en la sociedad española a principios de enero de 1995 visitando ministerios, hablando con profesores universitarios y con cuadros sindicales. Estaba atareado recogiendo estadísticas y leyendo documentos eruditos y oficiales sobre desempleo, modernización, integración, etc. Al mismo tiempo, en mi vida cotidiana, en el gimnasio, en el videoclub, en el supermercado, en los bares de la Zona Franca de Barcelona, estaba experimentando una realidad diferente.

La monitora de aerobic, de 29 años, trabajaba 50 horas a la semana por 60.000 pesetas. Nos hicimos amigos, y un día «desapareció»: su contrato laboral de 6 meses expiró y, lo que ella más temía, fue inevitablemente despedida. Otro empleado temporal la sustituyó. En el videoclub, un licenciado en Historia vendía vídeos, trabajando 48 horas por 70.000 pesetas… y se sentía afortunado. En Hospitalet, una chica de 19 años ensobraba por 1.000 pesetas al día trabajando 10 horas diarias… Al principio pensé que eran casos «extremos», así que empecé a ir a los distritos de clase obrera, como la Zona Franca, y encontré los bares repletos en pleno día. Ésta era la nueva España moderna: trabajadores retirados jugando al dominó de lunes a viernes y bailando pasodobles el fin de semana en los clubs de la tercera edad, y sus hijos trasegando cervezas en el margen de una vida sin futuro.

Dejé de ir a la universidad y a los ministerios. Lo más importante para mi investigación era el rostro humano de la «modernización» de Felipe… Descubrí otro mundo que las estadísticas del gobierno y la investigación académica pasaban por alto: los millones de jóvenes trabajadores españoles que quedaban marginados del empleo estable y bien pagado… de por vida.

Volví a conceptualizar mi estudio para dar un rostro humano y una voz a los trabajadores jóvenes; a su frustración, su rabia, sus miedos. Comencé a pasar tiempo hablando con ellos en los bares y cafés de sus barrios, y durante paseos por la Rambla y el Barrio Chino.

Al mismo tiempo, empecé a entrevistar a trabajadores mayores, mi generación de los 60 y los 70. En algunos casos compartíamos un lenguaje común, de política de clase; con otros, las luchas eran historia pasada. Visité el puerto de Barcelona, intercambié ideas en pequeños restaurantes de la Barceloneta, en cocinas de Hospitalet, en la cafetería de la planta de Seat. Era una experiencia educativa, pero también política y personal, conmovedora. Sentí los «altos» y «bajos» de padres que lucharon y ganaron contra la dictadura, enfrentados una vez más a un terrible dilema: cómo ocuparse de su seguridad ante los salvajes ataques del gobierno socialista y la patronal… mientras se angustian por las condiciones del empleo marginal de sus hijos e hijas.

Había dramas callados de la vida cotidiana tras las puertas cerradas de dormitorios atiborrados. Aunque los jóvenes tienen pocas ilusiones y sus padres ninguna, hay una especie de energía vital que encuentra su expresión de innumerables maneras. Las periódicas huelgas generales que rompieron los límites impuestos por los patrones, los políticos y los burócratas sindicales. La movilización en la calle por la Guerra del Golfo, las manifestaciones antirracistas y contra la mili… pero sobre todo hay ahora mismo un gran depósito de desesperación oculta que puede dar una sorpresa a aquéllos que han escrito a vuelapluma sobre la generación joven. Éste es el principio, y no el capítulo final, de la lucha de los trabajadores españoles por una vida decente. Este estudio es una pequeña contribución, esperanzada, a la construcción de esos lazos generacionales que puedan volver a crear aquel espíritu de solidaridad y generosidad por el que los trabajadores españoles son tan justificadamente conocidos.

INTRODUCCIÓN

Este estudio comenzó como un análisis de las relaciones entre la estrategia de modernización del Gobierno socialista y su impacto sobre la estructura social. A medida que avanzaba la investigación, iba quedando claro que se había llevado a cabo poco trabajo de campo en el impacto sobre la clase trabajadora, especialmente sobre la joven generación de los 90. Las precarias y abominables condiciones a las que los jóvenes trabajadores tenían que hacer frente en el mercado laboral se convirtieron en la principal preocupación. Decidí cambiar la estrategia de mi investigación del macro al micronivel, y centrarme en los costes humanos y los destructivos efectos sociales de la modernización a través de la estrategia de liberalización. El resultado es un estudio de casos de 20 trabajadores de generaciones pasadas y presentes, y de los efectos en la vida cotidiana derivados de la estrategia de liberalización.

Desearía expresar mi agradecimiento al Ministerio de Educación y Ciencia que ha hecho posible este estudio.

Igualmente desearía dar las gracias al profesor Salvador Giner, del Instituto de Estudios Sociales Avanzados de Barcelona, y al profesor Benjamín Bastida, de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Barcelona, por su amable apoyo, aliento y espíritu crítico.

También desearía agradecer a Rosa Canadell, Antonio García, Antonio Gil, Caries Vallejo, Joaquim Novella, Ramón Alós, Emilio Cortavitarte, Antonia García y Paco Aroca las perspicaces discusiones y la ayuda en la organización de las entrevistas.

Nuestra investigación se basa en una serie de preguntas biográficas semi-estructuradas. Las entrevistas se llevaron a cabo en Barcelona entre 20 trabajadores, divididos a partes iguales entre trabajadores jóvenes y trabajadores mayores. El grupo de veteranos incluía trabajadores que habían entrado en el mercado laboral durante los años 60 y 70; los jóvenes lo habían hecho a finales de los 80 y mediados de los 90. Los trabajadores pertenecían al sector del automóvil, la electrónica, portuario, maquinaria, ferroviario, eléctrico y autónomos. Las entrevistas se llevaron a cabo durante el invierno y la primavera de 1995.

 

LA ESTRATEGIA DE LA MODERNIZACIÓN

La modernización de la economía española entre 1982 y 1995 (el período de gobierno del partido socialista) involucró fundamentalmente tres estrategias interrelacionadas: liberalizar la economía, ahondar la inserción de España en la división internacional del trabajo (integración en la CE) y configurar un nuevo «régimen regulador».

La liberalización tuvo lugar a lo largo de un marco prolongado de tiempo y fue de naturaleza global. Abarcó todo el período que consideramos y afectó profundamente a todos los sectores, regiones y clases de la población. Las medidas clave incluían la liberalización de los mercados, privatización de empresas públicas y bancos, libre convertibilidad y la flexibilización del mercado laboral. La aplicación de cada una de las medidas difirió en el tiempo: algunas se produjeron a mitad de los 80 (privatizaciones). Otras, de un modo poco sistemático, comenzaron en la última parte de la década y se prolongaron hasta mitad de los 90.

A la estrategia de liberalización la acompañó (siendo causa tanto como consecuencia) la crecien- te inserción de España en la división internacional del trabajo, en particular como miembro a todos los efectos de la CE. La integración implicaba fundamentalmente especialización, desde el momento que España sólo era capaz de competir con éxito en un número limitado de áreas. En particular, la inserción de España en la división europea del trabajo tuvo por resultado la expansión de los servicios, especialmente del turismo, y un declive relativo de la industria.

Inserción e integración implicaron básicamente dos procesos asimétricos interrelacionados: una transferencia desproporcionada de fondos de inversión de la CE a España (en relación con los pagos) y una balanza comercial muy desfavorable para el país. La entrada creciente de España en el mercado internacional condujo también a flujos desproporcionados de préstamos, inversiones y beneficios: más préstamos y inversiones hacia España que viceversa; como consecuencia hubo mayor salida de beneficios e intereses devengados a inversores extranjeros que afluencias derivadas de los inversores extranjeros en España.

Las relaciones asimétricas caracterizaron también la «intemacionalización del capital». La prácti- ca común del capital foráneo (europeo, en la mayoría de los casos) fue adquirir empresas españolas, mientras no hubo apenas participación española en compañías extranjeras. El resultado en muchos casos fue la conversión de España en una plataforma de exportación de mano de obra a compañías multinacionales de capital extranjero.

Esta inserción creciente de España en la división internacional del trabajo vino acompañada de la emergencia de un nuevo «régimen regulador». El post-1982 fue un período de transición desde una industria nacional hacia un régimen internacional basado en los servicios. Kl «régimen regulador» son las reglas y los actores sociales que dan forma al proceso de acumulación. En esencia, las «reglas» se refieren al campo de acción y al método de la intervención estatal en la economía, las fronteras entre actividad económica pública y privada, capital nacional y extranjero, la distribución de los ingresos del Estado entre el capital privado y el bienestar social, la promoción de «mercados nacionales» y las exportaciones. Los actores sociales son los principales decisores (estatales y privados) que establecen las reglas y dirigen el proceso de acumulación.

Durante el régimen regulador «industrial-nacional», los principales actores sociales eran funcionarios públicos nacionales (electos y no electos) y líderes empresariales, sindicales y cívicos. Bajo el nuevo régimen regulador, los actores principales son prestamistas extranjeros, directores de bancos multinacionales, altos funcionarios de la CE y funcionarios públicos (elegidos o no) vinculados a las redes internacionales.

El nuevo régimen regulador y el proceso de acumulación que éste dirige ha tenido dos impactos principales:

(1) ha facilitado la desindustrialización de la economía y la ascendencia de la «economía de servicios»;

(2) ha fomentado la desnacionalización de la economía y la ascendencia del capital de propiedad extranjera.

En el contexto español, «liberalización» no significa «desregulación» o ausencia de «reglas» que gobiernen la economía, ni significa tampoco la eliminación de la intervención estatal. Lo que implica más bien es un cambio en las reglamentaciones, que facilita la expansión del capital extranjero, el crecimiento de los servicios y mayores prerrogativas del personal directivo en el puesto de trabajo.

Paradójicamente, la intervención estatal aumenta; pero cambian tanto la naturaleza de los actores sociales que dirigen el Estado como la dirección de la intervención estatal. El nuevo régimen regulador amplía el papel del Estado a la hora de financiar, subvencionar y sacar de apuros al capital privado, multinacionales extranjeras incluidas. Bajo el nuevo régimen regulador, el predominio de los servicios y de los actores sociales de orientación internacional reemplaza a los anteriores «tecnócratas nacionales», empresarios y actores sociales con vocación local.

Hay una lógica coherente en la estrategia de modernización que adoptó el gobierno socialista. La li- beralización de la economía en los primeros 80 era una condición necesaria para profundizar la inserción en la división internacional del trabajo. La inserción en Europa, a su vez, dio como resultado la consolidación de un nuevo régimen regulador basado en los «actores internacionales». La ascendencia del nuevo régimen regulador prolongó el proceso de liberalización en los 90 y abrió las puertas a ulteriores tomas de poder extranjeras de la economía (internacionalización asimétrica y mayor especialización en los servicios).

El carácter mutuamente reforzador de los componentes de la estrategia de modernización hace di- fícil cambiar o reformar alguna parte por separado. La consolidación de la inserción en Europa dificulta los cambios en las políticas de liberalización, a causa de las nuevas reglas y decisores. La estrategia de modernización se mantiene en pie o se desploma como un todo.

Una advertencia es de rigor. Cualquier análisis de la historia económica asiática o euroamericana deja claro que la liberalización no es el único método para aumentar o profundizar la participación en el mercado mundial. El proteccionismo estatal selectivo y las estrategias de exportación han sido prácticas muy extendidas y de éxito. En segundo lugar, los regímenes industriales nacionales han tenido éxito al formular estrategias económicas globales y fomentar estrategias económicas liberales, especialmente para sus dependencias de ultramar.

En resumen, mientras que hay una «lógica interna» en la estrategia española de modernización, sus componentes particulares no son ni los únicos, ni los más comunes, ni los de más éxito.

Este ensayo tiene en cuenta la coherencia y la lógica de la estrategia de modernización, pero nues- tra preocupación de base es su impacto en la estructura social y política. En sus términos más amplios, la cuestión principal es si la estrategia de modernización ha conducido a unas mayores equidad social y libertad política o a unas más hondas desigualdades y a un debilitamiento de la democracia política. En este sentido, la «modernización» y sus componentes interrelacionados son medios, no fines en si mismos. Es útil tomar nota del grado de éxito que ha tenido el régimen socialista al liberalizar la economía, integrar más a España en el mercado europeo y desarrollar un nuevo régimen regulador, pero el test definitivo de estas medidas radica en cómo afectan a la vida de las personas. Las cifras económicas globales. ya sea en términos de aumento de la productividad, volumen e ingresos de las exportaciones, número de turistas o transferencias de la CE en ecus, son pertinentes ante todo en términos de cómo afectan a la vida de la gente.

En este sentido, descartamos el supuesto de muchos economistas liberales de que un funcionamien- to favorable del mercado se traduce necesariamente en mayores niveles de vida y en más libertad política. Para nosotros, las consecuencias socio-politicas de la modernización son tema de análisis empírico. No algo comprensible por lógica deductiva a partir de los supuestos a priori de la teoría neoliberal.

 

EL IMPACTO EN LA ESTRUCTURA SOCIAL

Nuestro ensayo se centra en el impacto de la estrategia de modernización en dos dimensiones especificas de la estructura social: la calidad de la vida social y de la organización social de dos generaciones de trabajadores. Ambas dimensiones brindan una comprensión básica del aumento de la equidad social y de la fuerza de la sociedad civil. Nos fijamos no sólo en los resultados materiales de la política de modernización, sino en la manera en que la sociedad se organiza.

Al examinar el impacto de la modernización en la calidad de vida de la clase trabajadora, consideramos vanas arcas generales: ingresos, empleo, vivienda y ocio. Para comprender el impacto de la estrategia de la modernización. era fundamental determinar si había causado un efecto «homogeneizador» o «diferenciador» sobre dos generaciones de trabajadores.

En otras palabras, si la distribución de bienes y servicios aumentaba o disminuía, y cómo se habían distribuido. Un modelo, que llamaremos «tecnocrático», se concentraría en la producción global de bienes sociales. El otro, el «optimizador social», examinaría la distribución de bienes y servicios entre diferentes segmentos de la clase trabajadora. En otras palabras, un aumento de los gastos sociales en educación puede tener diferentes consecuencias para diferentes grupos sociales: Mayores gastos en la educación superior, en un sistema donde predomina la clase media, y gastos relativamente más bajos en la formación profesional, los cuales afectan a la clase trabajadora, podrían incrementar las desigualdades, mejorar la calidad de la educación de la clase media, y tener un efecto contrario sobre la clase trabajadora.

En este ensayo, el análisis se centra en los efectos específicos de la estrategia de modernización en dos generaciones de trabajadores.

Al examinar los niveles de vida intergeneracionales de la clase trabajadora, revisamos la estabilidad de los niveles de renta, salarios sociales e ingresos en metálico, y si éstos han crecido o disminuido a lo largo del tiempo. Sometemos a examen las diferencias de ingresos entre generaciones para determinar si las diferencias entre los grupos de más edad y los más jóvenes aumentan o disminuyen.

Al hablar de empleo en la clase trabajadora, nos centramos en varias dimensiones: empleo versus paro, empleo eventual versus empleo estable, y empleo en trabajos bien remunerados versus empleo en trabajos mal pagados. El estudio muestra que la estrategia de modernización ha incrementado el empleo en los trabajos inestables y mal pagados para la gente joven y emplea a los trabajadores por debajo de sus niveles educativos.

Un segundo tema de nuestro análisis es el impacto de la modernización en la organización social. La modernización modera el discurso y debilita la organización de la sociedad civil. Las organizaciones del lugar de trabajo, cívicas y comunitarias han decaído en número de miembros, autonomía y capacidad para formular y aplicar políticas, especialmente entre los trabajadores jóvenes. La modernización ha debilitado el sentido de compromiso comunitario en los asuntos sociales y ha creado mayor atomización social y desarticulación de las organizaciones sociales, especialmente entre la gente joven. La formación y articulación de organizaciones sociales, así como su influencia política y social, eran más fuertes entre la generación mayor de trabajadores, que entró en el mercado laboral antes de que el régimen socialista diera comienzo a la «modernización». Nuestro estudio muestra que una mayor dependencia de «el mercado» se acompaña de un papel creciente del Estado versus la sociedad civil, de modo que esta última se debilita. La «sociedad civil» está dividida por clases y por generaciones. El proceso de modernización tiene un efecto diferenciador sobre la organización social de las generaciones de trabajadores jóvenes/mayores.

En resumen, el estudio se centra en la naturaleza cambiante de la clase trabajadora y en los efectos a largo plazo y a gran escala de la modernización en los niveles de vida, en la política y en la cultura de diferentes segmentos generacionales de la clase trabajadora.

La estrategia de modernización, con su énfasis en el sector privado, una más honda integración en el mercado europeo y un régimen regulador basado en actores internacionales, tiene un efecto profundo sobre un cierto estilo de toma de decisiones políticas y sobre el concepto de ciudadanía, de los que a su vez depende. La rama ejecutiva del gobierno ha determinado cada vez más el proceso de toma de decisiones; el decreto ley se ha usado mucho en el proceso de modernización. Debido a la ruptura radical con el anterior régimen regulador y al coste social que implican la liberalización y la integración, el énfasis en el poder ejecutivo se convierte en un acompañamiento «natural» de la modernización.

Distinguimos tres tipos de liderazgo:

(a) concentrado en el ejecutivo,

(b) con reparto del poder, y

(c) consultivo.

El liderazgo concentrado en el ejecutivo implica en esencia la restricción a un número limitado de confidentes cercanos, cuyo poder discrecional es estrechamente supervisado por el Presidente, bajo cuya dirección actúan. El flujo de influencia y poder combina las vinculaciones «horizontales» (entre jefes de Estado, funcionarios de la CE, las principales instituciones de préstamo, y grupos empresariales y financieros de orientación internacional) y los vínculos «verticales» (entre los parlamentarios, el partido y las organizaciones cívicas y sociales).

El liderazgo con reparto del poder se centra en la difusión del poder entre distintas ramas del gobierno (Parlamento-Presidente), el partido y el Estado, y organizaciones sociales. Aunque no todos los grupos comparten el poder equitativamente, hay un proceso de regateo y negociación sobre diversas áreas temáticas. La fragmentación del poder y la necesidad de formar coaliciones facilita la defensa de intereses sectoriales, al tiempo que limita la capacidad del Ejecutivo de imponer cambios estructurales básicos.

El liderazgo consultivo cuenta en gran medida con los flujos de influencia, ideas y propuestas, que van de abajo arriba. Está estrechamente ligado a una sociedad civil fuerte, en la cual las organizaciones sociales autónomas juegan un papel determinante en la formación y articulación de las cuestiones. La capacidad del Ejecutivo para aplicar políticas con un alto coste social se ve restringida. Los partidos, el Parlamento y los funcionarios de la Administración quedan bajo un estrecho escrutinio público. La opinión pública se configura mediante intercambios horizontales entre las organizaciones sociales. La influencia de fuentes de información centralizadas e impersonales como los medios de masas se ve disminuida. Los decisores extranjeros y los funcionarios no electos, que desempeñan un papel central en el liderazgo ejecutivo, y que son influyentes en un esquema de reparto del poder, quedan relegados a una posición marginal bajo los modelos de liderazgo consultivo.

El liderazgo concentrado en el Ejecutivo es, según la teoría democrática clásica, el más elitista y restrictivo, aunque es probablemente el más eficaz para llevar a cabo una modernización al estilo de la española.

El liderazgo con reparto del poder es menos elitista, en la medida en que se incluye a un conjunto más amplio de fuerzas políticas y sociales, pero es menos capaz de aplicar la estrategia de modernización, y excluye o margina a sectores significativos de la sociedad civil. El liderazgo consultivo es prácticamente incompatible con la estrategia de modernización (al menos tal como se ha elaborado en el contexto español), pero es el más inclusivo y democrático, en la medida en que consulta activamente a sectores importantes de la sociedad civil.

CULTURA CÍVICA

La estrategia de modernización ha tenido un grave impacto en la cultura cívica. Por cultura cívica nos referimos a las relaciones entre la sociedad civil y el Estado, al nivel y calidad de la actividad ciudadana, al acceso a la clase gobernante y a la influencia del gobierno sobre los ciudadanos.

Una democracia viable depende de la capacidad de los ciudadanos de sentirse libres para ejercer sus derechos, sin las amenazas o la intimidación de aquellos que ejercen el poder en el régimen o el Estado. Los regímenes autoritarios exigen que los movimientos sociales subordinen sus demandas a las prioridades de las élites (inversores extranjeros, prestamistas, la CE, etc.). En una cultura cívica, los líderes políticos incitan a los ciudadanos a actuar como los agentes del cambio social. En una cultura política autoritaria (haya elecciones o no) los líderes políticos fomentan la creencia de que los movimientos sociales «amenazan la estabilidad democrática», siembran el miedo y la inseguridad entre los ciudadanos y promueven la creencia de que sólo la élite política puede decidir cuándo, dónde y cómo hay que proceder para poner en práctica el cambio social.

En el terreno jurídico, la igualdad ante la ley y la subordinación a ella de los funcionarios públicos (incluyendo la policía y el ejército) es un ingrediente esencial para la creación de una cultura cívica. Ésta excluye, por definición, el uso por parte el Estado de cualquier organización paramilitar que se involucre en actividades fuera de la ley. Por ejemplo, la creciente evidencia de la implicación del Gobierno en la organización y financiación de una organización paramilitar como los GAL es totalmente incompatible con cualquier noción de cultura cívica.

La opción política, el libre acceso a la información y la libertad para organizarse son variables sig- nificativas a la hora de medir el grado de cultura cívica. La opción política no se basa sólo en el número de partidos sino en el grado de apertura del sistema político a debatir estrategias alternativas de desarrollo. El libre acceso a la información no se basa sólo en la libertad para publicar o leer cualquier cosa que se desee, sino también en el acceso equitativo a los media para presentar ideas al público. La libertad para organizarse implica «bajo coste» al unirse a una organización: los trabajadores eventuales pueden ser legalmente libres de afiliarse a un sindicato, pero los empresarios son igualmente libres de negarse a renovarles el contrato, lo cual socava en la práctica el derecho de asociación.

Los programas de empleo subvencionados por el Estado y vinculados a clientes políticos, en los que se ligan las preferencias del empresario con la consecución del empleo, son incompatibles con la cultura cívica.

El acceso a la clase gobernante de una minoría restringida, que tiene como resultado el enriqueci- miento personal, es incompatible con una cultura cívica. La integridad política vincula la responsabilidad del gobierno con una ciudadanía activa y autónoma, organizada en sociedad civil.

Hay dos culturas políticas bien determinadas. Una cultura cívica, donde las leyes se aplican por igual a todos los ciudadanos, y donde los funcionarios políticos electos fortalecen la participación ciudadana y fomentan el crecimiento de los movimientos sociales. La actividad gubernamental se rige por la ley y no se usa el cargo público para imponer preferencias políticas a los ciudadanos ni para el enriquecimiento personal. Una cultura política autoritaria es aquélla donde la corrupción es desenfrenada y el enriquecimiento personal es endémico al sistema político.

Las organizaciones paramilitares extra-legales violan los derechos humanos y la política estatal se encamina a limitar la participación ciudadana, dominar las cadenas de comunicación y concentrar la actividad política en el liderazgo personal de la élite política. La «ciudadanía» se reduce a votar por un menú político de élite, en vez de ser orientada activamente a formular los contenidos del menú. En este sentido, los votantes no son ciudadanos, en la medida en que no son miembros de una comunidad política. Aunque votar es un ingrediente necesario de la ciudadanía, resulta claramente insuficiente. La cultura política gobernante puede debilitar tan gravemente la posibilidad de crear una cultura cívica, que la ciudadanía se vea efectivamente socavada.

Se ha argumentado a menudo que la modernización es la condición sine qua non para la consolidación de la democracia en España. Han surgido suficientes evidencias como para poner en tela de juicio ese supuesto. Nos gustaría presentar algunas contratesis como punto de partida de nuestra investigación.

La modernización a través de la liberalización de la economía se ha consumado en gran parte vía decreto ley, cosa que ha favorecido las estructuras estatistas-autoritarias, a expensas de la sociedad civil y la consulta pública.

La centralidad del mercado como el principal mecanismo para la modernización ha reforzado los lazos entre los negocios y el Estado, y ha fomentado os valores mercantiles dentro de la clase política. El resultado ha sido que la corrupción a gran escala ha impregnado el sistema político, minando la ciudadanía. La liberalización, con su énfasis en la privatización y en la flexibilidad laboral, conduce al aumento del trabajo eventual, a un declive de la organización social, y a mayores disparidades de renta entre el capital y el trabajo.

La liberalización y el nuevo régimen regulador fortalecen a los empresarios sobre los trabajadores, al capital extranjero sobre el nacional, a los «servicios» (banca, especulación, bienes inmobiliarios y turismo) sobre el capital productivo (industria, agricultura, minería).

El nuevo régimen regulador es «inclusivo» por lo que se refiere a multinacionales y banqueros extranjeros, y excluyente con respecto a los trabajadores y productores locales.

La inserción de España en la división europea del trabajo aumenta el desempleo porque la industria española no es competitiva. Al tiempo que la especialización en el sector de los servicios incrementa las desigualdades entre el capital financiero y los trabajadores mal pagados de los servicios. Aumenta el turismo, junto con el empleo estacional mal pagado, lo que ensancha las disparidades entre regiones y clases.

El aumento de industrias de propiedad extranjera está directamente relacionado con la liberalización y la inserción de España en la división europea del trabajo. El incremento del capital controlado por extranjeros aumenta la influencia política de actores políticos no electos, que configuran más y más la agenda política.

La inserción de España en la división europea del trabajo incrementa el flujo de pagos por transferencia hacia España, al tiempo que aumenta su deuda.

LA BRECHA GENERACIONAL

La clase trabajadora española está profundamente dividida entre una menguante minoría de trabajadores fijos y sindicados, con un salario llevadero y beneficios complementarios, y una masa creciente de trabajadores eventuales que trabajan por el mínimo (o por debajo del salario mínimo) con horarios irregulares (que oscilan de unas pocas horas a la semana a cincuenta o más), sin beneficios complementarios y totalmente sujetos a los dictados del empresario. Esta división social corresponde en gran parte a una diferencia generacional, que a su vez coincide con los cambios en las estrategias económicas globales. La mano de obra fija y mejor pagada son normalmente los «padres» o las «madres» que entraron en el mercado laboral a finales de los 60 y a principios de los 70, durante la estrategia de industrialización nacional del tardofranquismo. La mano de obra eventual son los «hijos» e «hijas» que entraron en el mercado laboral a finales de los 80 y principios de los 90, en plena aplicación a gran escala, por parte del régimen socialista, de una estrategia económica neoliberal.

Las diferencias intergeneracionales dentro de la clase trabajadora son profundas y duraderas, y afectan a todos y cada uno de los aspectos de la vida política, social, cultural y familiar. Las diferencias socio-económicas están profundamente ligadas a la brecha comunicativa entre generaciones, que ha sido materia de numerosos analistas. Los valores culturales que chocan, los discordantes estilos de vida y el impacto de la cultura de masas a través de los media son factores importantes en si mismos, pero también reflejan y son producto de diferentes «situaciones vitales».

Para la generación mayor, el empleo no era un problema grave; y una vez se estaba empleado aquello era, si uno quería, de por vida, siempre que uno no infringiera las reglas políticas del régimen de Franco.

De este modo, la estabilidad en el empleo proporcionaba una base para la continuidad y un grado relativo de certidumbre a la hora de hacer proyectos para tu ciclo vital. Por supuesto, el trabajo era duro, las horas eran muchas y los salarios bajos pero había, especialmente a principios de los 70, un montón de oportunidades para presionar y luchar por sustanciales incrementos salariales y por un ensanchamiento de la red social. Empleo, matrimonio, montar la «casa», alquilar, luego ahorrar, un pago al contado y la compra de un piso… hijos… visitas a la familia el domingo… la adquisición de un coche barato… educar a los niños… para algunos incluso un pequeño apartamento en una urbanización popular o una casa de campo para las vacaciones de verano… Mirar al futuro con tranquilidad, la jubilación, las pensiones seguras, alguna que otra excursión a paises vecinos.

Para la nueva generación, el empleo es el problema número uno. No hay prácticamente empleos estables, la mayoría son eventuales, sin porvenir y mal pagados, «bajo mano». Es imposible de imaginar el «mudarse»… Jóvenes adultos con veintimuchos y treintaipocos acaban viviendo en casa con sus hermanos adolescentes. El empleo eventual crea una gran incertidumbre en lo concerniente a ingresos, al futuro, al presente. El miedo a un despido súbito y a que te sustituyan está siempre presente. Un fuerte sentimiento de ser vulnerable y mal pagado crea inseguridad personal y una falta de autoestima, una reticencia a hablar de lo mal que te pagan, de las muchas horas, de lo «obediente» que tienes que ser… para conservar un empleo de miseria. La vida no tiene la continuidad que te permite hacer amigos íntimos en el trabajo y planes para el futuro. Las relaciones estables, a largo plazo, con posibles compañeros ni se plantean. ¿Cuándo y dónde podrían consumarse? De modo que una serie de relaciones transitorias, construidas en tomo al fin de semana, se vuelven la norma. Cualquier otra cosa es un arreglo «complicado», que implica visitas a la casa y pasar las noches con padres intrusos, o escapadas ocasionales de fin de semana.

Los «placeres de la familia extensa» se ven, en tales circunstancias, muy constreñidos. Los padres se quejan de que los hijos se limitan a «ir y venir», no contribuyen en nada cuando trabajan (a menos que se les presione). Mientras que los hijos se gastan todos sus ingresos en equipos electrónicos, fines de semana en bares y discotecas, y lo que sobre para unas eventuales vacaciones.

Si los padres son ? veces demasiado indulgentes, quizá es por la mala conciencia de que son «privilegiados», o como una autoayuda a su propia seguridad laboral. La mayoría de los trabajadores de edad, sin embargo, tienen un fuerte sentimiento de que se «sacrifican» para dar a sus hijos lo que ellos no tuvieron al crecer pobres. La ironía es que los padres esperaban que, con ingresos añadidos, más educación y un ambiente de familia estable, los hijos

conseguirían más, y alcanzarían un más alto estatus, y empleos mejor pagados. En lugar de eso, los hijos de los trabajadores no pueden lograr siquiera el nivel de seguridad e ingresos de sus padres. La gran paradoja del último cuarto del siglo XX es que las mayores inversiones de la familia en los hijos no pudieron contrarrestar los efectos retrógrados del sistema económico neoliberal, lo cual ha tenido como resultado una tendencia general a la movilidad intergeneracional hacia abajo. Hace casi setenta años, durante los años 30, tuvo lugar un proceso similar, durante la Gran Depresión.

La movilidad intergeneracional descendente no es un fenómeno únicamente español. En diversos grados se está dando entre los trabajadores en toda Norteamérica y Europa, especialmente allí donde el modelo neoliberal ha reemplazado al Estado de bienestar. Un artículo reciente en el estadounidense New York Times señalaba:

La movilidad social no ha aumentado, como demuestran los últimos estudios, por mucho que los conservadores afirmen que aún abundan los Horatio Algers. En efecto, la movilidad social ha disminuido para muchos, en especial para los pobres. Y lo más preocupante de todo: las tendencias al ensanchamiento de las desigualdades de renta y a la reducción de oportunidades re- sultan ser más pronunciadas hoy entre los jóvenes, lo cual sugiere que el país se dirige hacia una sociedad más estratificada.

Al comparar los años 80 y los primeros 90 con los últimos 60 y los 70, los investigadores comprobaron que cada vez es más probable que los pobres sigan siendo pobres, y los ricos, ricos. Vieron también que la clase media, definida como familias con ingresos, después de impuestos, entre $24.000 y $72.000 (entre tres y nueve millones de pesetas), se va rompiendo:

las probabilidades de volverse rico o pobre habían aumentado, mientras que las probabilidades de permanecer en la clase media habían menguado.

El estudio comprobó también que las oportunidades de los jóvenes de alcanzar unos ingresos de clase media hacia los 30 años están disminuyendo. Mientras que el 60% de aquéllos que cumplían los 30 antes de 1989 lo conseguían, sólo el 42% lo han logrado desde entonces. La pauta se cumple independientemente de la raza, los ingresos de los padres o la educación.

«Lo impresionante es el modo tan uniforme en que se ha producido esta caída de la movilidad ascendente, a lo largo y ancho de todos los grupos demográficos del mercado laboral», dice el profesor Duncan.

Además el fenómeno ya no se limita a la clase obrera o a los jóvenes. Cada vez más la clase media, los profesionales y los técnicos cualificados, incluyendo a individuos de media edad, se ven afectados por la «reducción de tamaño» de las empresas y la subcontratación. El trabajo eventual afecta cada vez más a los empleados de clase media.

Lo que está claro, sin embargo, es que España representa un especial caso «avanzado». Sus niveles de desempleo y paro juvenil son los más altos de Europa Occidental y Norteamérica. Además, ha sido España quien se ha encaminado más lejos y más rápido hacia un sistema laboral de dos tercios, donde las ordenanzas laborales establecen abiertamente por ley desigualdades de renta sustanciales y salarios por debajo del límite de pobreza; con escasas, cuando las hay, reglamentaciones en lo que concierne a abusos patronales. Lo que está pasando en España es tal vez un espejo de lo que podríamos esperar en otros países en el futuro.

EMPLEO / PARO

Entre mediados de los 70 y final de los 80, el índice de desempleo en España ha empeorado en relación a su propio pasado y en relación a Europa.

Mientras que en 1974, antes de las políticas socialistas de liberalización, el índice de desempleo era más o menos el mismo que en Europa, a mediados de los 80 se había multiplicado por siete y casi doblaba la tasa europea. Una tendencia que continuó hasta el final de la década y más allá, como veremos. La ironía es que la retórica «europeista» del régimen de González, el argumento de que la liberalización era la vía para volverse europeos, encubría el hecho de que la distancia entre España y Europa en realidad se había ensanchado durante su presidencia, al menos en el indicador básico de los índices de paro. En términos reales, el índice de paro en España aumentó hasta aproximarse al de las crisis que sacudieron Europa en los años 30, o al de los actuales países del Tercer Mundo, antes que al de la Europa moderna.

Con uno de cada cinco trabajadores desempleado, la estrategia de liberalización no está dirigida a aumentar el empleo, sino a facilitar la adquisición extranjera de industrias locales y a incrementar la presión a la baja sobre los salarios para facilitar la acumulación de capital.

 

Los datos en secuencia temporal, que atienden a las cohortes de edad y al desempleo, ilustran el he- cho de que el aumento del paro ha tenido impacto sobre todo en la gente joven.

En 1975 sólo el 8,1% de los hombres y el 6,3% de las mujeres entre 20 y 24 años estaban desempleados. Hacia 1985 las cifras eran el 42,2% y el 47,8%, respectivamente. En 1988 los índices eran de cuatro a ocho veces más altos que antes de la introducción de las reformas liberales. Cuanto más jóvenes son los grupos de edad, más alto es el paro, lo cual refleja el hecho de que la generación mayor entró en el mercado de trabajo antes de la liberalización. Esto se ve claro si comparamos las diferencias en desempleo entre los grupos de edad antes y después del período de liberalización. En 1975, en el grupo de edad entre 16 y 24 años, el índice de desempleo era del 9%; para aquellos por encima de 24, era del 2,9%, una diferencia de 6 puntos porcentuales. En 1985 la diferencia variaba entre 40 y 30 puntos porcentuales. En términos absolutos, el número de parados aumentó de 150.000 en 1974 a 2.750.000 en 1988. Durante este período, el porcentaje de personas que percibían el subsidio del paro bajó del 69% en 1976 al 42,5% en 1988. El grueso de los parados estaban en los sectores industrial, de la construcción y agrícola, todos ellos duramente golpeados por las políticas de liberalización y la entrada de España en el Mercado Común. Igualmente desastroso es el hecho de que e! número de parados de larga duración (aquéllos que están fuera del trabajo durante más de dos años) creció con la prolongación y profundización de las políticas económicas de libre mercado.

En 1977, sólo el 15,6% de los parados habían quedado fuera del trabajo dos años o más; hacia 1984 la cifra se elevó hasta el 31,7% y en 1988 casi la mitad de los parados eran de larga duración.

Los altos índices de desempleo se han mantenido en los 90, lo cual demuestra que el problema tiene sus raíces en las estructuras profundas de la economía liberal. Mientras que hubo una leve caída del desempleo entre las cohortes de menor edad (16-24) durante los últimos años 80, las cifras volvieron a elevarse incluso para este grupo hasta rozar el 50%.

Entre 1984 y 1993, el índice de desempleo se incrementó para casi todos los grupos, excepto para los más jóvenes, los cuales ya habían alcanzado los niveles máximos.

Para los jóvenes trabajadores de entre 25 y 29 años, el paro aumentó del 23,9% al 29,7%. Para los que tenían entre 30 y 34 años, el incremento fue del 15,1 % al 21,6%. Aquellos trabajadores por encima de los 40 años, que entraron en el mercado laboral antes de las políticas de liberalización, tenían los índices de paro más bajos en los dos períodos de tiempo. Sin embargo, es interesante hacer notar que incluso entre los trabajadores maduros, los índices de desempleo fueron aumentando con la profundización de las políticas de libre mercado:

Las imponentes diferencias en los índices de paro entre los jóvenes trabajadores por debajo de los 25 años (40% y más) y aquéllos por encima de los 40 (14,5%) es uno de los factores clave que explican las diferencias «generacionales».

 

CONTRATOS DE TRABAJO

Parte de la estrategia de libre mercado del régimen socialista para reforzar el poder de las empresas consistió en una serie de leyes laborales aprobadas a mediados de los 80 que socavaron el empleo estable de los trabajadores. Se fue permitiendo cada vez más a los empresarios emplear a los trabajadores con contratos eventuales, que en la mayoría de los casos sólo eran de seis meses de duración y estaban sujetos a cancelación a discreción de los empresarios y sin indemnización por despido.

Un estudio en el área metropolitana de Barcelona ilustra el incremento de los nuevos contratos laborales.

Otro estudio a nivel nacional mostraba una pauta similar:

Junto al aumento del paro masivo entre los jóvenes trabajadores, está la creciente inestabilidad y discontinuidad del empleo entre los que lo encuentran. Los altos índices de paro se dan en todos los niveles de educación. Las pautas de alto nivel de paro han persistido durante casi una década. A

pesar de los crecientes logros educativos, la economía de libre mercado muestra poca flexibilidad o interés por la creciente mano de obra cualificada.

Los trabajadores cualificados y educados hoy hacen frente a índices de desempleo que sobrepasan un cuarto de la mano de obra. La escolarización puede parecer cada vez más fuera de lugar para unos jóvenes trabajadores con pocas perspectivas de empleo.

La formación técnica y profesional parece fuera de lugar para una economía cada vez más basada en el turismo, la administración pública y las plantas de montaje. Los nuevos contratos de trabajo temporales, que proveen a los empresarios de una poderosa ventaja sobre los jóvenes trabajadores, son los preferidos por los empresarios en Cataluña.

Está claro que la abrumadora mayoría de los contratos laborales para la gente joven son hoy inseguros, mal pagados y temporales, un fenómeno que crece con el tiempo y que está empezando a afectar a todos los grupos de edad en mayor o menor medida.

De persistir la tendencia actual, está claro que los trabajadores fijos, bien pagados y sindicados van a ser una clara minoría. El gobierno provincial en Cataluña de Jordi Pujol es uno de los arquitectos y promotores clave de los contratos de trabajo temporales y es probable que estimule y apoye su prolongación en el tiempo. En este sentido, las políticas nacionalistas son estrictamente «lingüistico-culturales» y se combinan con un contenido social profundamente antitrabajo. De hecho, a nivel económico, el «nacionalismo» no existe, en la medida en que Pujol es un ardiente partidario del libre mercado y promotor de las tomas de posesión extranjeras de la economía nacional.

La centralidad del mercado como principal mecanismo de modernización ha reforzado los lazos en- tre el mundo de los negocios y el gobierno central y los regímenes autónomos, particularmente en Cataluña. La liberalización, con su énfasis en la flexibilidad laboral, ha estimulado altos índices de paro y de empleo eventual, el declive de la organización social y una mayor desigualdad de rentas.

Lo importante no son sólo las negativas consecuencias objetivas sino las respuestas subjetivas a estos procesos económicos. ¿Cómo viven los trabajadores jóvenes y mayores estas experiencias? ¿Cómo afectan las políticas económicas liberales a los trabajadores mayores, que entraron en el mercado laboral antes del proceso de liberalización, y a los trabajadores más jóvenes que intentan conseguir empleos? ¿Qué diferencias en los ciclos vitales, valores y actitudes frente al trabajo surgen de estos cambios en el mercado laboral? ¿Cómo se experimenta la liberalización desde abajo? ¿Cuáles son las consecuencias humanas de las abstractas doctrinas económicas liberales? En las próximos epígrafes, analizaremos la respuesta de dos generaciones de trabajadores y luego presentaremos algunas de las entrevistas a los trabajadores que participaron en el estudio.

LA GENERACIÓN MAYOR

La «generación mayor» aquéllos que entraron en el mercado de trabajo entre mediados de los 60 y mediados de los 70- está marcada por varias experiencias importantes. Lo primero y crucial:

Era un tiempo de expansión capitalista, rápida industrialización y fuerte demanda de trabajo. En segundo lugar, era una época en que la normativa laboral estipulaba un empleo prácticamente de por vida, siempre que uno acatara el régimen político. En tercer lugar, era una época donde los sindicatos autónomos se estaban organizando, muy subordinados a la militancia de base, con una marcada orientación de clase y un mínimo de funcionarios «a tiempo completo». En cuarto lugar, las luchas en el lugar de trabajo estaban ligadas a las luchas políticas contra la dictadura de Franco. Por último, debido a la naturaleza expansiva de la economía, a la seguridad en el empleo y a los sindicatos autónomos de reciente composición, los sustanciales aumentos salariales se volvieron la norma a lo largo de los años 70. Cada una de estas experiencias reforzó el sentimiento de formar parte de una cultura del trabajo cohesionante, donde la organización colectiva era aceptada como una forma de vida en común, y la solidaridad de clase se volvió de rutina en oposición a la clase empresarial y al régimen de Franco .

El miedo al régimen represivo y a los despidos estaba suavizado por las oportunidades para trabajar en otro sitio, por el apoyo de los compañeros del trabajo o incluso de los vecinos, si los artículos de primera necesidad escaseaban temporalmente. El problema era el mal sueldo, no la inseguridad en el empleo. Y la concentración de trabajadores y la subsiguiente organización en el lugar de trabajo podían, y de hecho así lo hacían con frecuencia, corregir los bajos salarios en una medida que a los trabajadores eventuales, mal pagados y dispersos de hoy, les resultaría difícil de imaginar. Las divergencias entre la generación mayor y más joven de trabajadores empiezan sin embargo mucho antes, en casa y en el barrio.

CRECER EN LA ESPAÑA DE POSGUERRA

Crecer en los últimos 40 y en los 50 en la España de la posguerra significaba tiempos difíciles. Casi todos los trabajadores mayores de hoy eran hijos o hijas de inmigrantes de otras regiones de España. Sus padres eran campesinos pobres o trabajadores mal pagados de Andalucía, Murcia, Castilla. Al principio, solían vivir en bloques dormitorio, en barrios degradados del centro de la ciudad, o en barracas improvisadas. Como niños, normalmente dejaban el colegio al completar la enseñanza primaria, sobre los 13 ó 14 años, y encontraban colocación en pequeños talleres como aprendices o de dependientes con salarios de subsistencia . La mayor parte del cual se entregaba a la familia. Sus padres normalmente trabajaban muchas horas y la mayor parte de la «vida familiar» giraba en torno a la madre.

El padre era en gran parte la figura autoritaria ausente. Muchos de ellos sabían hasta cierto punto del papel de sus padres en la Guerra Civil, casi exclusivamente en el lado de la República. Pocos de ellos, si es que había alguno, continuaron su militancia en el período de posguerra a causa del miedo, la represión o porque procuraban «normalizar» su vida después de haber pasado varios años en campos de concentración o de trabajos forzados. Aunque alguno de los padres de hoy recibieron su primera introducción «política» o «social» a la política de clases en conversaciones con sus padres, esto no era un caso común. Parece haber habido poca comunicación intergeneracional, especialmente en casa. Casi siempre la identidad de clase se transmitía de un modo menos formal, a través de las experiencias cotidianas de «sufrimiento» y «cohabitación» en barrios de obreros que vivían y compartían circunstancias sociales similares y adversarios comunes. Los abuelos de los trabajadores de hoy procuraban en muchos casos olvidar las derrotas, la persecución, las rivalidades entre partidos de la Guerra Civil y del período de posguerra. En parte, la necesidad de olvidar venía de un sentimiento de impotencia y porque la lucha por la supervivencia dominaba la vida. Más tarde, con los incrementos en los niveles salariales, y los ahorros de la familia, la preocupación predominante no era la política sino reunir recursos para comprarse un piso. Más que una «unidad afectiva», la familia era una institución económica que aseguraba la vivienda y otros logros materiales.

Los lazos sociales básicos de los padres de hoy se forjaron entre los amigos del barrio. Los barrios eran entidades homogéneas, pues la segregación de clase era la norma. Dentro de estos barrios predominantemente de obreros inmigrantes, se daba una especie de «solidaridad espontánea» una cohesión informal a base de niveles de vida compartidos y de pasatiempos recreativos comunes que estaban arraigados en el barrio. No seria pretencioso hablar de una «cultura de la clase obrera». Había determinadas experiencias comunes entre los amigos del barrio, de deportes, bailes, cultura inmigrante y unas condiciones económicas compartidas que brindaban un sustrato de «identidad de clase». Como muchos de nuestros entrevistados dijeron: «todos nosotros éramos anti-Franco… como una cuestión que caía por su propio peso… por el hecho de ser obreros, estar en alojamientos precarios, divorciados de las cosas agradables de la vida social…». Si el barrio, la calle, era el primer contacto real con la cohesión social (más allá de los límites de la familia), las primeras experiencias de trabajo, normalmente en una pequeña tienda, contribuían poco a forjar una conciencia social. Las horas eran muchas, el sueldo malo, y había pocos trabajadores con que «socializar experiencias». La primera experiencia laboral brindaba un trampolín hacia la independencia personal y más tarde al empleo en las fábricas más grandes.

A finales de su adolescencia o a principios de su veintena, los padres de hoy entraban normalmente en una de las grandes fábricas, SEAT, Olivetti, etc. Miles de jóvenes obreros inmigrantes se colocaban en empleos de producción masiva. Las experiencias comunes del barrio, una conciencia de tener como adversarios a las autoridades públicas (profesores, policía, clero) y las duras condiciones de trabajo transformaron a algunos de los padres en miembros de las comisiones clandestinas de la fábrica.

La emergencia de una conciencia de clase se acompañaba del orgullo de formar parte de una empresa productiva moderna, del orgullo en el trabajo y de ser un trabajador. Aunque los salarios estaban por encima de los de las pequeñas tiendas, el empleo en las grandes fábricas no cambió drásticamente la suerte de la mayoría de los obreros. Lo que sí brindaba era seguridad a largo plazo y un sentimiento de continuidad, un poder pensar en términos de futuro.

La mayor parte de los padres, una vez se aseguraban el empleo e ingresos estables, solían casarse con su «novia» (normalmente una chica del barrio) y después de un periodo más o menos largo, solían empezar a pagar un piso. A diferencia de sus padres inmigrantes, las familias se limitaban a dos o tres hijos, con la madre que solía quedarse en la casa a criarlos. La mayoría de los obreros entablaban sus amistades de larga duración con sus compañeros de trabajo, compartiendo el almuerzo, un vaso de vino o una cerveza después del trabajo y alguna que otra visita familiar los fines de semana, especialmente si vivian en el mismo barrio. En el lugar de trabajo, los obreros desarrollaban un sentido de solidaridad contra los esfuerzos del empresario por fomentar la competición. Al ser uniformes tanto los niveles salariales como las condiciones de trabajo, se generaba un punto de vista de clase cohesivo. Los obreros individuales que tomaban la iniciativa de organizar sindicatos paralelos eran respetados y desplazaron gradualmente a los «sindicatos verticales del régimen».

En algunos casos, los trabajadores que militaban, en su mayor parte del partido comunista, entraron en los sindicatos verticales para convertirlos en órganos representativos de la base.

La continuidad del empleo, la fuerte demanda de trabajo, la expansión de la industria y los altos índices de beneficio brindaban un clima propicio para la organización de sindicatos y para contratos de trabajo favorables. Las primeras huelgas que tuvieron lugar en las industrias principales (o la amenaza de huelgas) condujeron a sustanciales aumentos de salario y, lo que es más importante, a unas acrecentadas «conciencia de clase» y autoconfianza entre los trabajadores.

A lo largo de los años 70, los aumentos sustanciales de salario fueron la norma. Y al tiempo que aumentaban los sueldos, también lo hacia la solidaridad obrera, reforzada por el creciente movimiento antifranquista fuera de la fábrica. Los barrios se volvieron importantes áreas de organización social de la clase trabajadora. Las luchas para mejorar los equipamientos sanitarios y educativos, por la pavimentación y alumbrado de las calles, llevaron a muchos obreros a llevar su militancia de fábrica a las asociaciones de vecinos y de padres de alumnos. Y viceversa: Las luchas vecinales politizaron a los trabajadores, que llevaban el mensaje político a la fábrica. Las luchas en el lugar de trabajo y las vibrantes actividades vecinales se reforzaban unas a otras, creando un sentimiento de ciudadanía, una creencia en el progreso, y esperanza de cambios sociales reales. Para algunos trabajadores, las luchas incluían una visión de una nueva sociedad socialista igualitaria.

Según casi todos los trabajadores, el tardofranquismo y la Transición (aproximadamente de 1974 a 1979) fueron tiempos de una gran participación social, de optimismo en el futuro y del más fuerte sentido de solidaridad social. La mayoría fechan la caída de su activismo social y su desilusión creciente con el proceso político, en el advenimiento del gobierno socialista en 1982. Para otros, la decadencia llegó antes, con los Pactos de la Moncloa, en los que el partido comunista y su sindicato. Comisiones Obreras, aceptaron limitar la política de clase independiente en aras de una subordinación del activismo popular a las campañas electorales

El giro desde la solidaridad social y la visión social a unos puntos de vista «corporativistas» comenzó a afianzarse entre los padres hacia mediados de los 80, aunque una «solidaridad residual» se manifestó en dos huelgas generales masivas (14 de diciembre de 1988 y 27 de enero de 1994). Muchos obreros sienten que el régimen socialista ha traicionado sus valores y su compromiso con el trabajo. Su adopción de la economía de libre mercado y su apadrinamiento de la legislación anti- trabajo provocan un profundo desencanto de la política y de los políticos. La honda inmersión de funcionarios socialistas en prácticas corruptas y su apadrinamiento de grupos paramilitares intensificaron la desilusión. Los trabajadores expresan visiones pesimistas del futuro y poca esperanza de que la solución vendrá de los procesos electorales, aunque sigan votando. Incluso los sindicatos socialista y comunista, fuertemente burocratizados y dependientes de las subvenciones estatales, han perdido parte de su atractivo para muchos obreros. Los sindicatos son vistos ahora como meros organismos «de protección del empleo»: para negociar cierres patronales, a fin de estipular compensaciones apropiadas, más que organizaciones con un proyecto político alternativo.

Los cambios a escala de la sociedad también afectan a los trabajadores mayores, en tanto que se giran hacia el consumo privado y el tiempo de ocio. Bajo las nuevas reglamentaciones laborales, que fomentan el trabajo temporal y refuerzan las prerrogativas de la dirección, el lugar de trabajo ya no es tanto un espacio de solidaridad como de competición. Muchos trabajadores mayores se lamentan de la falta de solidaridad; ya no encuentran la vieja camaradería. Cada vez más se vuelven hacia los amigos y la familia, fuera del trabajo. Puesto que éste queda devaluado con las cambiantes reglas laborales y las nuevas tecnologías, los trabajadores pierden el orgullo de su trabajo y buscan el retiro. El aspecto «social» de la división social del trabajo disminuye, mientras que la «división» entre los trabajadores aumenta.

Hacia finales de los 80 y principios de los 90, con cierres patronales frecuentes y la “racionalización» de la producción, los padres experimentan una inseguridad creciente en el puesto de trabajo e incertidumbre sobre su futuro. Están preocupados por las perspectivas poco prometedoras. Buscan el favor de los empresarios -a expensas de la solidaridad obrera- para conseguir empleo -aunque sea eventual- para sus hijos. Usan la influencia del sindicato para «negociar» con los empresarios su seguridad personal. Los trabajadores fijos a tiempo completo sienten cada vez más que son enclaves aislados en un mar de trabajadores eventuales mal pagados. Algunos se sienten vulnerables ante el empresario y la retórica estatal, que les acusa de “privilegiados» y «egoístas» cuando tratan de defender los niveles de jubilación o de salario. Saben que quienes les acusan son los que cobran sueldazos, los mimados y subvencionados «dueños» de los tiempos, pero carecen de los medios o de los media para contrarrestar el mensaje. En el trabajo, libran batalla de vez en cuando con los empresarios para convertir trabajadores eventuales en fijos. Luchan por contratos donde los temporales disfruten de los mismos niveles salariales que los fijos. Intentan reclutar a los trabajadores jóvenes para sus sindicatos. Pero se desaniman ante los obstáculos legales, la intransigencia del empresario y la falta de militancia o interés de los trabajadores jóvenes, a los que ven en muchos casos como «interesados sólo en sus propias cosas».

En este contexto, muchos padres consienten a sus hijos sub o desempleados, les compran bienes de consumo y les subvencionan los fines de semana, pidiéndoles poco a cambio. Sin embargo, hay una tensión latente en la familia, a medida que la edad de los hijos dependientes se aproxima a la treintena. Los padres tienen que pagar las facturas, limpiar la casa y restringir su nivel de vida, y se van sintiendo así cada vez más exasperados. Tan pronto culpan a los «niños» por no encontrar empleo como maldicen al sistema que niega oportunidades o se sienten culpables por no haber podido «colocar» a sus hijos. Entre los trabajadores jóvenes hay una frustración creciente por el empleo inestable, el trabajo ocasional de subsistencia y la incapacidad para emanciparse y progresar. La tendencia es a aceptar las circunstancias, dar por sentado que los padres se hacen cargo de las facturas y sacar partido de las circunstancias tal como se van presentando. La mayor ansiedad es respecto a qué pasará si el padre se muere, o pierde el empleo. Este sistema de bienestar familiar se basa en la prosperidad y ahorros del pasado; la generación actual está viviendo de la prosperidad del ayer de sus padres. Puede que algunos hereden el piso en el futuro y tengan un techo sobre sus cabezas. Pero las perspectivas de trabajo se vuelven peores, no mejores, a medida que nos acercamos al final de siglo.

Dos generaciones de movilidad ascendente han llegado a su final definitivo. La exteriorizada prosperidad de aquéllos que gozan de empleos estables y bien pagados en Barcelona, ésos que llenan los bares y restaurantes de Gracia y el Barrio Gótico, contrasta con los no tan jóvenes trabajadores eventuales de 20 a 40 años que hacen durar la cerveza en la Plaza del Sol, codo con codo con los adolescentes.

El Gran Miedo que está obsesionando a España en general y a Barcelona en particular es la cuestión del «paro» y, más en concreto, del empleo eventual con salario mínimo. Los compromisos son raros, las aventuras provisionales se vuelven la norma en tanto que vivir juntos como pareja se vuelve económicamente no factible.

La ausencia de socialización temprana en los valores de la clase trabajadora (especialmente a través de la familia), y la «generosidad» o mala conciencia de los padres, limitan el surgimiento de un «movimiento juvenil» socialmente rebelde. La convergencia del desencanto y acomodación de la generación mayor con la despolitización de la generación joven es una razón para que, a pesar del sub y desempleo masivos, no haya movimientos sociales a gran escala.

La noción de un «mercado de trabajo dual» supone que las condiciones que determinan la dualidad son constantes. Ése no es el caso hoy en en España. Hay un proceso inexorable de homogeneización… hacia abajo. El porcentaje de trabajadores fijos disminuye y la proporción de contratos de trabajo temporales crece geométricamente. Con el tiempo, la gran mayoría de los trabajadores serán temporales. Junto al empeoramiento de las condiciones de trabajo, se da una creciente renta y riqueza de los negocios, bienes inmobiliarios e intereses comerciales. Aumenta el poder para contratar y despedir; la capacidad para imponer sueldos bajos y reclinar empleados de entre la masa de parados nunca fue mejor. España es, tal como la describió uno de sus antiguos ministros «socialistas» de Hacienda, uno de los países donde es más fácil acumular una gran fortuna. La otra cara del aumento de la inseguridad y de los bajos ingresos de los jóvenes trabajadores es la seguridad y los altos ingresos que corresponden a los abogados, ejecutivos y directores de las grandes y medianas empresas. Mientras que los jóvenes trabajadores vegetan en casa de sus padres, los nuevos ricos se compran casas de piedra románica de 40 millones de pesetas y se gastan otros 13 millones en «remodelarlas». Mientras que los ricos envían a sus hijos a estudiar a las Escuelas de Negocios de Harvard y Standford, o a la London School of Economics, o a una de las costosas universidades privadas de Barcelona, los hijos de la clase obrera hacen trabajillos ocasionales en la periferia de la sociedad. Para los pocos hijos de obreros que siguen adelante con sus estudios, las perspectivas en el mercado de trabajo tampoco es que sean particularmente brillantes.

En la enseñanza, la antigua avenida principal para ascender, la norma es ser un profesor «sustituto» que va de institución en institución durante años. O solicitar los trabajos donde antes contrataban a gente con el COU), o como dependientes en las librerías del centro, o de camareros temporales y recepcionistas de hotel en los centros de verano para volver luego a casa con sus padres. Aunque está claro que algunos jóvenes aún consiguen empleos «fijos» con sueldos decentes, y otros tienen posibilidades de conseguir la permanencia al final de sus contratos temporales, son una clara minoría.

¿DÓNDE ESTÁN LOS PROGRESISTAS?

Lo asombroso respecto al destino de millones de jóvenes mal pagados y subempleados sin futuro es la indiferencia de la sociedad, incluyendo la indiferencia de la clase media «progresista». ¿Dónde están los progresistas? Están activos, pero lo que les interesa es el dos por ciento de “marginales»: los gitanos, los drogodependientes, las prostitutas, los inmigrantes; el acoso sexual, el racismo…cualquier cosa menos el destino de tres millones de españoles desempleados, los jóvenes trabajadores con contratos temporales y los que tratan de vivir del salario mínimo. No quiero ser malinterpretado. Por supuesto que estoy en contra del acoso sexual, la djscriminación y el racismo. Pero aquí y ahora, y en la estructura de clases española, la distancia entre los problemas sociales a largo plazo y a gran escala, y las actividades de los progresistas es escandalosa. ¿Por qué eluden su realidad nacional y social?

Primero, porque no es peligroso luchar por los derechos legales de las pequeñas minorías: eso no comporta ninguna confrontación con el Estado y menos aún con los empresarios. Pero comprometerse en la lucha por los sub y desempleados implica confrontaciones muy duras y sostenidas con el Estado y los empresarios (y los medios de masas) porque esa lucha gira en torno a la distribución de los principales recursos económicos de la sociedad: los presupuestos que podrían financiar obras públicas para un empleo a gran escala en vez de subvenciones para corporaciones multinacionales; los beneficios empresariales que podrían financiar una semana laboral más corta y la contratación de empleados fijos.

En segundo lugar, las luchas progresistas por las minorías (cambios simbólicos y reconocimiento legal) tienen el apoyo financiero de los gobiernos municipales o regionales. Las ONG y organizaciones similares brindan a los progresistas oportunidades económicas, segundos salarios en calidad de investigadores, educadores, asistentes sociales o abogados. Pueden así combinar una «buena conciencia» y la remuneración económica con una palmadita en el hombro de las autoridades locales.

Mientras tanto, la lucha de millones de sub y desempleados, si estuviera adecuadamente organizada, podría afectar a las políticas globales de las mismas benevolentes autoridades. Podría socavar sus esfuerzos por subvencionar a los promotores inmobiliarios urbanos y a los constructores que financian sus campañas electorales. Por esta razón, los esfuerzos para organizar políticamente a los sub y desempleados por empleos bien pagados contra los políticos neoliberales no reciben ningún apoyo financiero.

En tercer lugar, la actual moda ideológica entre la clase media progresista pone en tela de juicio la noción misma de «clase». La retórica dice algo así como: «Clase es un constructo cultural que ha perdido su pertinencia». Los progresistas ahora están en conceptos del tipo «identidades sociales», «ciudadanía» y «derechos», en lugar de «clases», «conflicto de clases» e «intereses de clase». Ya que muchos de los grupos marginales están entre los segmentos más pobres, los progresistas alegan que es más «revolucionario» o radical luchar por ellos en vez de por los «privilegiados» españoles «que viven del salario mínimo».

Obviamente hay una necesidad urgente de unir fuerzas entre la clase media progresista y los trabajadores jóvenes sub y desempleados. El primer paso es una reflexión crítica por parte de los progresistas, sobre quiénes son, qué papel juegan en la sociedad, si forman parte del problema (en tanto que empleados del gobierno, profesores, profesionales) o de la solución. Tienen que preguntarse si están verdaderamente por la solidaridad con los explotados por el sistema o buscan simplemente nuevos vehículos de movilidad social.

La abrumadora mayoría de los jóvenes trabajadores raramente expresan apoyo de los «movimientos» promovidos por los progresistas; más importante aún, jamás mencionan ninguna relación sostenida con ningún intelectual progresista de clase media o con movimientos interesados en sus circunstancias sociales. Hay pocos espacios donde puedan encontrarse, incluso socialmente, y aún tienen menos en común en términos de actividades del tiempo de ocio.

Los progresistas están en sus pisos y tienen acceso a segundas residencias fuera de la ciudad para el fin de semana.

La ruptura en el vínculo entre la joven clase obrera y la clase media progresista se expresa a todos los niveles: en la ideología, la música, los estilos de vida, el lenguaje y las condiciones materiales. Los lazos que existían durante el período antifranquista y la Transición son historia pasada. Los únicos parados por los que la clase media progresista se preocupa son sus propios hijos. El aislamiento social de los jóvenes trabajadores refuerza su sentimiento de impotencia social y confirma su punto de vista individualista.

LA NUEVA GENERACIÓN

Hay marcadas diferencias a todos los niveles entre los trabajadores jóvenes y los mayores. En primer lugar, en contraste con sus padres, los jóvenes trabajadores han nacido en una familia con un cabeza de familia estable y relativamente bien pagado. Aunque de ningún modo rica, la familia puede permitirse apoyar a los hijos a lo largo de la educación secundaria y proporcionarles fondos a discreción para diversiones. Mientras es materialmente segura, hay también estabilidad en el lugar geográfico de la familia: los antiguos patrones de la emigración no se reproducen. Los padres normalmente han comprado un piso y más a menudo un pequeño coche. Los hijos no suelen dejar el colegio por «necesidad económica»; la razón más corriente es el aburrimiento en la escuela, el deseo de ganar dinero para diversiones o el fracaso escolar. En comparación con sus padres, son una generación «mimada» (dentro de la familia).

Si bien está ampliamente aceptado que en España existen «fuertes» lazos familiares, esto está relacionado, en gran parte, con el consentimiento de los padres en subvencionar a los hijos cuando son veinteañeros y más allá. Igual que sus padres, pocos trabajadores jóvenes nos hablaron de lazos profundos con los suyos, y prácticamente de ninguna discusión sobre sindicatos o cuestiones sociales o de la fábrica. De hecho, la mayoría expresaron pocos lazos afectivos y poca comunicación desde una edad temprana. En la mayoría de los casos los amigos, antes que los padres, eran el grupo principal con el que se formaban los valores sociales. La «familia» era principalmente una institución instrumental para salvaguardar la supervivencia y apenas una institución formativa dentro de la «preparación de una clase trabajadora».

Los barrios donde crecieron los jóvenes trabajadores ya no son el terreno de la movilización de los debates sociales y la organización politica.

Hacia finales de los 80 y principios de los 90, las asociaciones de vecinos se habían convertido en apéndices del gobierno socialista, que administran los clubs de jubilados y tienen poca vida política interna. Sus padres, durante los últimos 70 y los primeros 80, eran activos en las luchas vecinales por mejoras sociales en infraestructura, educación y un gobierno local responsable.

Muchos estaban involucrados en la lucha antifranquista y de algún modo crearon vibrantes asociaciones de vecinos y de padres de alumnos. En contraste, los jóvenes trabajadores alcanzan la edad adulta en un periodo en que sus padres se han «privatizado». Los movimientos sociales se han burocratizado. Los adversarios del gobierno se protegen con una careta de «constitucionalismo». Y sus necesidades básicas inmediatas las cubren unos padres con «mala conciencia». De aquí que el barrio no sea un mecanismo de socialización para introducir nuevos valores sociales de solidaridad sino, más bien, un terreno de encuentro informal para que los amigos se libren a pasatiempos privados.

Las asociaciones sociales existentes, organizadas por sus padres, no atraen su interés. La música y los bailes en los actos sociales del barrio son ridiculizados y los jóvenes se dirigen a los bares y clubs fuera del barrio para divertirse.

La decadencia de la cultura cívica del barrio alimenta el comportamiento «consumista privado» que los jóvenes reciben a través de los medios de masas.

El rock mercantilizado, con sus surtidos estandarizados de chaquetas negras, pendientes y peinados, brinda símbolos «externos» de «rebelión» que enmascaran la interiorizada conformidad con un estilo de vida consumista e individualista. Las amistades del barrio están desconectadas del lugar de trabajo y, en muchos casos, están divorciadas de cualquier discusión sobre problemas del «curro», conflictos sociales u organización política. En el pasado, el compartir experiencias personales y sociales reflejaba la imbricación entre trabajo, barrio y placeres personales. Para los jóvenes, hoy, los largos períodos de desempleo, la naturaleza transitoria y temporal del trabajo, el mal sueldo y la impotencia en el lugar de trabajo no son propicios a experiencias compartidas.

Encontrarse con los amigos es un tiempo para «olvidarse» del trabajo. Hablar de los miedos y las inseguridades del lugar de trabajo no levanta los ánimos en la barra de ningún bar; los malos sueldos son un símbolo de estatus de vergüenza; es mejor callártelo mientras apuras la cerveza e intentas arreglar para esa noche una comedia de representación única.

Aunque las amistades del barrio persisten hasta cierto punto, tienen lugar en un contexto totalmente distinto a las de sus padres, y también tienen un sentido diferente. Además, surgen divisiones entre una minoría que consigue empleo «fijo» y aquéllos que son eventuales o parados. Los primeros empiezan a «independizarse», gastan más dinero y están en condiciones de entablar relaciones románticas estables si las circunstancias se presentan. Los eventuales, o no pueden permitírselas, o están tan enfrascados en su busca diaria de empleo que sus perspectivas se orientan hacia relaciones de «entrada fácil y salida rápida».

El esquema en el trabajo es «entrada difícil y salida rápida». La gran masa de jóvenes son hoy empleados temporales con contratos a corto plazo, de salario mínimo o por debajo de él en la mayoría de los casos. Su entrada en el mercado de trabajo bajo el régimen neoliberal es probablemente su diferencia más importante con sus padres. Éstos entraron en el mercado laboral durante el tardofranquismo, una época de empleo en expansión, donde el grueso de los empleos eran fijos y los aumentos de sueldo sustanciales estaban a la orden del día. En contraste, la mayoría de los jóvenes que han entrado en el mercado de trabajo hoy pueden esperar un largo período de desempleo o, con más probabilidad, empleo en la economía sumergida con sueldos por debajo del salario mínimo y con horarios irregulares. Los bastante «afortunados» como para conseguir un empleo son, en su aplastante mayoría, trabajadores temporales, la mayor parte de los cuales serán «rotados»: renovados o despedidos, pero raramente convertidos en trabajadores fijos. A diferencia de sus padres, los jóvenes trabajadores temporales temen perder su empleo, meterse en sindicatos, y compiten con los otros eventuales.

A pesar del salario de miseria y las terribles condiciones de traba¡o, estos trabajadores expresan «pánico» ante la idea de «verse en la calle», porque piensan que pasarán una época muy difícil encontrando un nuevo empleo. Tal como un trabajador expresaba:

«El miedo al despido del empresario es hoy peor que la represión bajo Franco». Es una verdad profunda que durante el periodo franquista los trabajadores se hallaban en una condición colectiva común, unificada por una ideología política y «de clase» común. La dictadura, aunque represiva, solía afectar a un pequeño número de trabajadores y las víctimas eran con frecuencia reintegradas en su puesto, o al menos tenían el apoyo de toda la fábrica.

Los jóvenes trabajadores temporales de hoy no tienen seguridad en el empleo, y apenas organizaciones colectivas o apoyo: están atomizados y son vulnerables a los dictados del empresario, que tiene el sostén legal del Estado, el cual apoya sus arbitrarias acciones. Hoy la dictadura del mercado es un enemigo más formidable de los trabajadores temporales que el régimen represivo de Franco, con su mano de obra estable y su mercado laboral en expansión. Pocos trabajadores temporales expresan sentimientos de solidaridad con sus colegas. Entre los eventuales hay un sentido de competencia y desconfianza, condicionado por las escasas posibilidades de un empleo «permanente».

En relación con los trabajadores fijos mayores, hay una mezcla de envidia y resentimiento a partir del hecho de que «se ocupan de sus propios intereses» y tienen empleo protegido, y de vez en cuando un cierto reconocimiento de los esfuerzos de los sindicatos por conseguir empleo fijo.

Debido al miedo profundo a que cualquier expresión de solidaridad de clase pudiera contrariar a los empresarios, la mayoría de los trabajores temporales evitan unirse a ninguno de los sindicatos (o se unirán al sindicato «colaboracionista») o, si de veras se «afilian», ocultan su pertenencia. Fundamentalmente la estrategia es aparecer como un empleado súper trabajador y «con espíritu de empresa», dispuesto a trabajar fuera de horas y a evitar relaciones conflictivas con el empresario. Sin embargo, cuando hay una huelga, especialmente si el grueso de los trabajadores son fijos, los eventuales se unen a regañadientes a la misma, aunque sin desempeñar ningún papel destacado. En parte, siguen el ejemplo de los trabajadores mayores, y temen que les estigmaticen como esquiroles, aunque expresan poca simpatía por las demandas salariales de los otros cuando su problema básico, la seguridad en el empleo, no forma parte de la lucha.

La pasividad general de los trabajadores temporales, no obstante, se rompe cuando sus contratos se acercan a la renovación o están a punto de concluir. Confrontados con el despido inminente, al darse cuenta de que todos sus esfuerzos por ser trabajadores «leales» no dieron como fruto el empleo fijo, no es raro que los eventuales se organicen, expresen abiertamente su descontento y se acerquen a los sindicalistas más militantes pidiendo ayuda. En la mayoría de los casos, sin embargo, su arrebato de «acción de clase» es efímero. A pesar de algún apoyo de los trabajadores fijos y de los sindicalistas, la experiencia de la lucha colectiva ha dejado a los eventuales con poco en lo referente a «conciencia de clase». En vez de eso, hay rabia contra los jefes y cinismo hacia los sindicatos y los trabajadores fijos «que se ocupan de si mismos». En cierto sentido, el «despido» refuerza, más que una radicalización, el sentido de aislamiento y una visión del mundo como algo regido por el interés propio más egoísta. Como excepción, una minoría expresa un cierto respeto por la valentía y la solidaridad de los militantes en una batalla perdida de antemano (especialmente cuando un sindicato o un grupo de trabajadores fijos «dieron la cara» por ellos). En caso de que las luchas hubieran conducido a la inauguración de situaciones de empleo fijo, no es infrecuente que alguno de los antiguos trabajadores temporales se afilien a los sindicatos que llevaron la lucha. No es éste siempre el caso, sin embargo. Un número considerable de eventuales que se convirtieron en fijos, una vez han asegurado el empleo no se afilian a ningún sindicato o se unen a un sindicato conservador, en parte porque ofrecen «favores personales» o porque están interesados en hacer horas extraordinarias y aumentar su poder de consumo.

Aunque el empleo fijo es un estatus muy deseado por los trabajadores jóvenes, la mayoría están insatisfechos con su trabajo y tienen poca identificación con la fábrica o nada que se parezca a una cultura de la clase obrera. El empleo es un sitio donde trabajas, ganas dinero y te socializas en otra parte. En contraste con sus padres, que sentían una identidad u orgullo de formar parte de una fábrica bien conocida, de ser miembros de un sindicato, y tenían amigos cercanos en el trabajo, para la mayoría de los trabajadores jóvenes el trabajo es un aburrimiento, el sindicato «está ahí», y con los compañeros compartes una cerveza o no. La cuestión es hacer tiempo hasta el fin de semana o las vacaciones de verano, o comprarse un equipo de alta fidelidad. La consecución del «empleo fijo», cuando no se ha obtenido a través de la lucha colectiva, tiende a «confirmar» la actitud «conformista-consumista» entre los trabajadores temporales. Sin recibir una «perspectiva de clase» de la familia, el barrio o los amigos, y sin haber formado parte de una lucha política equivalente al antiguo movimiento antifranquista, muchos jóvenes trabajadores fijos sucumben fácilmente a la ideología individualista del «sólo miro por mí». Sin embargo, a una minoría de jóvenes trabajadores les han influido los viejos obreros militantes, se han vuelto activos en el sindicato y, en algunos casos, han salido elegidos como «delegados» de fábrica. En ciertos casos, esto obedece a lazos previos con movimientos políticos o sociales, o porque los sindicatos tuvieron un papel activo a la hora de asegurar empleo. En otras ocasiones, convertirse en delegado de fábrica es visto como un vehículo para conseguir tiempo libre de un trabajo aburrido, o influencia de cara a un objetivo personal, o se hace por frustración, tras alguna petición denegada.

Lo que más frecuentemente se encuentra en los jóvenes militantes sindicalistas, sin embargo, es un disgusto con su trabajo y un deseo de irse a otra cosa. Dentro de la fábrica o fuera. El trabajo de fábrica se ve como un medio de «ahorrar» para eventualmente abrir un pequeño negocio, editar una revista musical o volver a la educación superior. A pesar de que el empleo fijo es un «premio» muy codiciado, una vez se consigue pierde rápidamente su «lustre» y empieza el descontento con el puesto de trabajo. Este descontento tiene dos caras. Por un lado, da pie a soñar con otros tipos de trabajo, o a fuertes deudas por bienes de consumo. Pero, por otro lado, brinda una base para llegar a formar parte de una acción militante. Sería un error trazar hoy una línea estricta entre los trabajadores jóvenes y los mayores. Aunque es verdad que muchos de estos últimos mostraron en el pasado mayor conciencia de clase que los jóvenes trabajadores contemporáneos, gran parte de la vieja solidaridad y sentimientos colectivos se han disipado. Muchos de los trabajadores mayores han sido ellos mismos alcanzados por la idiosincrasia consumista; muchos se ven enredados en favores personales con el sindicato y la empresa a fin de asegurar empleo para sus hijos. Si manifiestan más lazos con los sindicatos y disposición a la huelga, esto suele ir ligado a estrechos intereses «corporativos».

Así, mientras algunos jóvenes trabajadores fijos están disponibles para la actividad sindical, muchos trabajadores mayores han perdido gran parte de su solidaridad de clase. Todo esto tiene lugar en un contexto de inseguridad general entre todos los trabajadores. Las políticas anti-laborales del régimen neoliberal, la movilidad de las corporaciones multinacionales y la nueva legislación laboral que facilita los despidos y los cierres patronales, han creado un sentimiento general de miedo entre los trabajadores jóvenes y mayores, entre los fijos tanto como entre los temporales. El miedo ha reducido la disposición de mucho trabajadores fijos a comprometerse en huelgas a favor de mejoras. En la mayoría de los casos, las huelgas tienen lugar contra nuevas pérdidas salariales o de protección del empleo, o cierres patronales. Las luchas son a la defensiva. A falta de ataques directos, la mayoría de los trabajadores se «bunkerizan» y tratan de «evitar conflictos» o consolidan lo que han logrado. En este contexto, la mayoría de sindicatos y partidos políticos de izquierda ya no ofrecen una visión de una sociedad alternativa a la pesadilla neoliberal. A lo sumo, intentan atenuar los golpes: privatizaciones graduales, menos pérdidas de empleo, mayores indemnizaciones a los trabajadores despedidos, etc. En cierto sentido, los dos sindicatos principales (al menos sus cúpulas) han sido asimilados dentro del proyecto neoliberal. Critican sus excesos y piden más gastos sociales, a cambio de compartir los argumentos de productividad de los empresarios. A falta de una referencia «sindical», no es sorprendente que la mayoría de los jóvenes trabajadores se vuelvan hacia soluciones «individuales» y que unos pocos comiencen a orientarse hacia los sindicatos minoritarios más radicales.

Emparedados entre unos trabajadores temporales que se ajustan de cara al exterior a la imagen que tienen los jefes del «buen trabajador», y unos trabajadores mayores que luchan por asegurar su longevidad y su jubilación, los jóvenes trabajadores fijos carecen de un contexto que encienda la rebelión (huelgas salvajes, acciones en el trabajo). En una palabra, aun suponiendo que a través de intercambios con la familia, el barrio o el puesto de trabajo, los jóvenes trabajadores fijos adquirieran «conciencia de clase», las condiciones globales no facilitan su expresión.

EN RESUMEN

La nueva generación de jóvenes trabajadores eventuales carece de continuidad en el trabajo y en sus relaciones personales aparte de la familia, que les permita duplicar la vida de sus padres. El neoliberalismo derriba las tradiciones, las costumbres y la continuidad en el puesto de trabajo. Socava la formación de nuevas familias y perpetúa la «familia extensa» de un modo anormal. El poder de los capitalistas para contratar y despedir, renovar o cancelar los contratos de trabajo, crea un sentimiento de transitoriedad que mina los lazos personales y sociales, así como el sentido de autoestima. En la mayoría de los casos, los trabajadores temporales están atormentados por la inseguridad: cómo reaccionar ante abusos del empresario (exigencia de horas extras sin pagarlas). En un contexto de contratos de trabajo vulnerables, dependen del empresario y al menos en un caso de nuestros encuestados preguntaron al patrón si debían unirse a una huelga general, conducta que provocó la risa del padre, un curtido activista sindical. Pero risas aparte, ¿dónde estaba el padre todos aquellos años para enseñar los valores de la clase obrera y dónde estaban los sindicatos cuando se aprobó la nueva legislación laboral, que facilitaba los contratos de trabajo temporales?

La inseguridad personal va ligada a relaciones transitorias; las historias personales son una serie de buenos y malos episodios desconectados entre sí. Todo lo cual refuerza un sentido de «egocentrismo» y una carencia de facto tanto de solidaridad como de capacidad para mantener relaciones serias a largo plazo. El problema de organizar a los jóvenes trabajadores temporales estriba no sólo en los obstáculos «objetivos» creados por una legislación laboral adversa, un Estado hostil y unos empresarios agresivos; es también subjetivo. Se necesita contrarrestar la ideología egocéntrica y atomizadora que ha ganado ascendiente entre muchos trabajadores temporales fuertemente explotados y marginados, los cuales fácilmente aceptan críticas al sistema y quieren sacar beneficios de todas las huelgas, pero se siguen resistiendo a compromisos sociales que atenten contra sus gratificaciones inmediatas. Los movimientos puramente «instrumentales», o movimientos por puntos concretos en pro de un «trabajo digno» o «empleos», es poco probable que conduzcan a ningún tipo de movimiento que haga camino. Lo que es fundamental es la necesidad de educar en nuevos valores socio-culturales, que brinden una comprensión más profunda de las relaciones entre el descontento privado y la realidad social; y cómo las experiencias sociales cotidianas del trabajo y la lucha colectivos brindan la base para una visión social alternativa de la sociedad, el Estado y el trabajo.

TRANSCRIPCIÓN DE LAS ENTREVISTAS HABLAN LOS TRABAJADORES

CARLOS

Tiene 23 años. Vive en la Zona Franca de Barcelona y está empleado en la planta automovilística de SEAT.

Tanto mi padre como mi madre eran inmigrantes. Mi padre, de La Rioja y mi madre, de Sevilla. Hablo poco con mi padre. Ellos querían que estudiara una carrera. De hecho, terminé el instituto y pensaba en la universidad. Pero con 18 años, lo que tenía eran ganas de salir. Dejé los estudios de lado, faltaba a clase. Mi padre dijo que si no quería estudiar tendría que trabajar. Trajo a casa una solicitud para un contrato de seis meses en la SEAT. Trabajé durante tres años con contratos temporales de seis meses. Ninguno de mis amigos tenía trabajo. Les invitaba a copas. La calle, más que la casa, era el lugar donde hacer vida social, la plaza del barrio, el bar; más tarde lo fue el centro de Barcelona.

Solíamos encontramos en el complejo deportivo de la SEAT, pero luego lo cerraron. Mis mejores amigos son del barrio, no del trabajo. Hay distintas pandillas en el vecindario, pero las diferencias no son tanto políticas como de estilo de vida. No me preocupaban los contratos temporales. Me saqué el permiso de conducir, ahorré dinero y me compré un SEAT de segunda mano. Lo utilicé hasta que se cayó a trozos. Luego me compré otro coche que estaba hecho polvo.

Trabajo con robots, los monto. Se tarda 30 segundos en montar un robot. Tenemos dos pausas de diez minutos y veinte minutos para comer. Trabajamos siete horas y veinte minutos al día. En mi sección hay 40 trabajadores. Me relaciono con tres de ellos. Tengo más amigos en el barrio que en la fábrica. Trabajo en Martorell y tengo que levantarme a las 4.30 horas de la mañana para coger el autobús que sale a las 4.45. Comenzamos a trabajar a las 5.45 horas. Casí todos dormimos durante el trayecto. Apenas hablamos.

TRABAJO

El trabajo no es satisfactorio. Entre el trabajo y viajes pierdo de 11 a 12 horas. El salario no está mal pero el ambiente si. Cada uno va a su aire. Eres número. Nunca están satisfechos, no valoran lo haces. Nadie se preocupa de los demás. Todos tentan subir. La empresa fomenta las aspiraciones personales, no hay solidaridad. No me considero radical. Sólo intento vivir de acuerdo con mis convicciones. Mi padre, que trabajó en la SEAT durante te 30 años, se siente parte de la empresa. Está jubilado, pero vivió con la SEAT. Para mi la SEAT es un trabajo como otro cualquiera. No me satisface. La gente que ha estado en la empresa durante tan años, como mi padre, se identifica con la SEAT. Para ellos el mundo era la empresa. Cuando dejaron trabajar se sintieron perdidos. Sus amistades estaban en la fábrica; tenían muchas relaciones en la fábrica.Cuando se jubiló fue difícil. Estaba muy nervioso y le costó mucho adaptarse.

Conozco a poca gente del trabajo. El círculo de amistades comienza cuando termino de trabajar, fuera de la SEAT. Cuando empecé, el trabajo en SEAT estaba bien. Después de trabajar hacíamos deporte . Luego cerraron el complejo deportivo y me trasladaron a otra factoría. Ahora, después de trabajar, lo que e apetece es olvidarlo todo hasta el día siguiente.

El trabajo eventual ha hecho que perdamos el espíritu de compañerismo, despiden a la gente. Cada uno va a su aire, se trabaja fuera de horas, agotándonos unos a otros. La nueva factoría de Martorell no tiene club de deportes. No quiero vivir allí. No me gusta condicionar el lugar de residencia al trabajo. Para mí lo importante es estar cerca de los amigos, no del trabajo.

ASPIRACIONES

Nunca he definido mi vida. No sé. No quiero estar allí (SEAT) toda la vida. Pero, ¿adonde voy? Lo único bueno es que estoy acostumbrado a estar allí. No me atrevo a dar el paso e irme. No veo otras cosas. Mi máxima aspiración es no ser como mi padre. Estoy preocupado porque despiden trabajadores. Estamos pasando tiempos difíciles. Hay demasiada mala competencia; has de tener cuidado con otros trabajadores en los que no puedes confiar. Algunos quieren tener buenas relaciones con los capataces. Yo no me empeño en tener buenas relaciones. Hago mi trabajo. Algunos trabajan menos, pero mantienen buenas relaciones. Hay mal ambiente, se buscan favores. Tengo más confianza con mis amigos fuera del trabajo que con los conocidos del curro. Cuando organizamos actividades fuera del trabajo no se lo cuento a mis compañeros.

ACTIVIDADES CULTURALES

Formo parte de una liga de fútbol, juego en un equipo del barrio. Entrenamos dos veces por semana y jugamos los sábados o los domingos. Yo juego, pero me gusta mirar. Me gusta la competición. Hay 16 equipos en la liga. Vamos los onceavos. En sus inicios el equipo lo fundó la SEAT. Ahora tenemos que pagar: 25.000 pesetas para alquilar el campo.

Me gusta la ciudad. La música, pop, rock. No me siento andaluz, aunque llevas algo dentro. Tampoco me siento catalán. Estoy aquí porque estoy aquí. No me identifico con nada. No creo que sea bueno que me obliguen a hablar catalán. Lo hablo y lo entiendo; si alguien lo quiere estudiar, perfecto. Esto aún es España. Los catalanes están intentado imponerlo.

SINDICATOS

Todos los sindicatos son corruptos. No creo que defiendan a los trabajadores. Estoy en la CGT, que está menos ligada a los partidos. Asisto a las asambleas de la fábrica. Quiero estar informado. No participo. El sindicato socialista UGT favorece a la empresa y actúa como un partido político, hace un montón de propaganda. Organizan huelgas antes de las elecciones sindicales, y luego desconvocan las manifestaciones para firmar acuerdos desfavorables con la empresa.

No confío demasiado en los sindicatos. El sindicato CGT tiene más ganas de luchar, aunque tampoco me convencen. Mantengo buenas relaciones con algunos de los trabajadores más veteranos. No tengo ningún problema generacional. Los trabajadores jóvenes son el problema más grande. Están más reconcentrados en sí mismos que los mayores. Los trabajadores jóvenes están más preocupados por los bienes de consumo. Mientras tenía contrato temporal no estaba afiliado. Comencé a formar parte del sindicato año y medio después de que me hicieran fijo. Cuando trabajaba como eventual los sindicatos no se preocupaban de nosotros. Con el tiempo he ido teniendo contacto y he consultado a la CGT. Son más cercanos a mi forma de pensar, son menos corruptos, están más a favor de los trabajadores. Los partidos políticos son diferentes. No confío en ellos. La política es engaño. Los que están arriba se aprovechan. Mis ideas están a la izquierda, pero no me considero un radical. Algunos de mis amigos sí lo son. Nunca me he metido en política. No me convence. Los partidos se aprovechan. Yo me muevo con la gente. Participo en las huelgas, en las acciones solidarias. No voy a las movilizaciones de la ciudad. Organizamos fiestas alternativas en el barrio, pero la gente mayor se queja. No les gusta el rock’n’roll, no quieren cambiar. Ellos contratan una orquesta. No tenemos los mismos gustos.

ENRIQUE

Tiene 23 años. Ha pasado la mayor parte de su vida en Barcelona (Zona Franca). Sus padres son de La Coruña y de Burgos. Su padre trabajó durante 30 años en SEAT. Terminó la EGB y estudió cuatro años de formación profesional antes de dejarla.

INFANCIA

No me gustaba el colegio. Tampoco tenía demasiada presión familiar. La formación profesional no era importante para conseguir un trabajo en la SEAT. No había ninguna relación entre lo que habías estudiado en la escuela y lo que hacías en la SEAT. Todos mis parientes trabajaban en la SEAT. Pasaba mucho más tiempo con mis amigos que con mi padre. Los únicos momentos en los que la familia me importa es durante las vacaciones. Todos mis amigos son del barrio. Mientras iba haciéndome mayor, todas nuestras actividades se organizaban alrededor del complejo deportivo de la SEAT. Lo cerraron hace un año y medio. La asociación de vecinos la lleva gente mayor y tenemos poco en común. Todos los bares de los alrededores cierran a la una. Pasada esta hora tienes que salir del barrio. Seguiré viviendo aquí porque no tengo alternativa.

EMPLEO

En 1990-91 firmé mi primer contrato de seis meses con la SEAT. Firmé cuatro contratos. Ahora estoy cobrando del paro. Con el contrato temporal, cobraba lo mismo que un trabajador fijo, aunque es más fácil que te echen. No me preocupa estar sin trabajo, vivo con mi madre. Si tuviera deudas o un piso y familia sería un problema estar en el paro. Una madre nunca te echa. La familia es importante.

Trabajaba en la cadena de montaje. El ritmo de trabajo variaba, el trabajo era aburrido, repetitivo. La mayoría de mis amigos eran del barrio, más que del trabajo. No tuve ninguna relación con el sindicato socialista UGT ni con el comunista CCOO. Algunas veces con el sindicato CGT. Iba a las asambleas de la fábrica. Intenté organizar a los trabajadores eventuales para presionar a la SEAT a que renovaran nuestros contratos, a través de contactos personales. Eramos 1.500. UGT y CCOO no apoyaron nuestro colectivo. Los sindicatos son como los políticos. Prometen mucho y no hacen nada. Los sindicalistas viven bien y no trabajan en la empresa. Nuestros padres están acomodados. Se aseguraron sus prestaciones y por miedo a perderlas no se solidarizan con nosotros. Los trabajadores jóvenes sólo trabajaban para conseguir bienes de consumo y no se preocupaban de las condiciones laborales. La mayoría comenzó a reaccionar en el último momento, cuando los contratos estaban a punto de vencer y no iban a ser renovados. Mientras trabajo lo único que me preocupa es que me paguen. No soy leal ni me importa la fábrica. Antes de que me echaran ganaba 130.000 pesetas al mes en la SEAT. La mayoría de los empleos de ahora te ofrecen 60.000 pesetas; cuanto más trabajas, menos ganas. En cuanto a perspectivas de trabajo en el futuro, hay pocas cosas: 60.000 pesetas sin ningún tipo de prestación social son para chicos de 18 años o muertos de hambre. Podría aceptar trabajar por 100.000 pesetas, o incluso por 90.000. Mientras tanto, mato el tiempo en el bar y me voy de marcha hasta que se me acaba el dinero del paro. No quiero pensar en el futuro o en lo que haré cuando tenga 30 años. Ahora quiero vivir y no preocuparme por el futuro.

En cuanto a mis relaciones con mujeres, creo que es aburrido verlas con demasiada frecuencia. Las mujeres no quieren depender de los hombres, o al menos eso es lo que dicen. Por lo que respecta a los movimientos sociales, hay pocas posibilidades. La situación continuará como hasta ahora. Todo depende de lo que haga la gente que tiene el dinero. Para que las cosas cambien, le tiene que ir mucho peor a mucha más gente.

MANUEL

Tiene 52 años y trabaja en Lucas Diesel en Ripollet. Su padre nació en Alicante, trabajaba como jornalero. Emigró a las minas de cemento de Gavá, y fue reclutado como esquirol. Más tarde trabajó en la construcción.

Mi padre era analfabeto y combinaba el trabajo en el campo con la fábrica. Tenía un gran respeto por la educación. Quería que yo fuera ingeniero, pero a los 14 años decidí dejar el colegio y trabajar en un taller mecánico. Respetaba mucho a mi padre, pero raramente hablábamos. Iba del trabajo a casa a cultivar su huerto, su principal distracción. Durante la República mi padre fue un miliciano anarquista, pero las luchas entre los partidos le decepcionaron y abandonó la política.

Nací en Ripollet, en un barrio de clase obrera. Había muchos trabajadores de empresas textiles y de embalaje, de pequeños talleres, obreros de la construcción y jornaleros. Allí no había falangistas. La solidaridad se vivía día a día; los niños se dejaban en casa de los vecinos para ir a trabajar. Todos se conocían. Cada familia tenía su apodo. Mis padres primero estaban de alquiler, luego, a mediados de los 50, compraron una casa. Respetaba a mi padre aunque era autoritario. Mi madre me crió. Las actividades familiares eran escasas, algún que otro domingo íbamos a buscar setas. Mi vida social eran los compañeros de la calle. Había rivalidades entre las pandillas de distintas calles, fútbol en la calle, y de vez en cuando peleas. Viví en casa de mis padres hasta que me casé. A finales de los 60 nos compramos un piso. Tenia 26 años.

Terminé la EGB, pero no seguí estudiando. Quería compensaciones económicas inmediatas. Dejé los estudios para trabajar y poder pagarme excursiones de fin de semana, ir a bailar y a fiestas. Lo normal era dejar la escuela a los 14 años y comenzar un aprendizaje de cuatro años. Trabajé en un pequeño taller con otros cuatro trabajadores y seis aprendices. Daba toda mi paga (75 pesetas) a la familia y ellos me devolvían 25 pesetas para mis gastos. A mediados de los 60 había más demanda que oferta laboral. Podías cambiar de trabajo y mejorar el salario. Entré en Lucas a mediados de los 60. Era una empresa nueva y la mayoría de los trabajadores tenían menos de 35 años. Yo tenía 19. La fábrica estaba situada en Sant Cugat, y la mayor parte de mis compañeros de trabajo no vivían en esa ciudad.

Nuestras relaciones eran sinceras y abiertas. Trabajábamos desde las ocho de la mañana hasta las siete menos cuarto de la tarde. Al principio casi todos mis amigos eran de mi antiguo barrio, de fuera de la empresa. Descubrí la perspectiva de clase y la ideología en la fábrica, de manos de trabajadores veteranos provenientes de otras fábricas. Comencé a relacionarme menos con mis amigos del vecindario y encontré más cosas en común con mis compañeros de trabajo. Ahora mis mejores amigos son de la fábrica. Hacemos vida social en el trabajo. Con mis compañeros de trabajo comparto el tiempo de las luchas sociales, en el sindicato, las cuestiones del trabajo, y con mis amigos de la ciudad comparto el tiempo de ocio. En la ciudad soy miembro de una coral y de un club deportivo. Durante la época de Franco la iglesia tenía un centro social que organizaba salidas, scouts, grupos de teatro, ajedrez y ping-pong, asi como educación en los valores católicos. Tenía una mentalidad muy abierta. Antes, durante la República, el bar era el lugar de encuentro. Yo era activo, tanto en el vecindario como en el trabajo. En mi vida política hay tres períodos: Franco, la Transición y la democracia.

Era más activo antes de la democracia. Temamos metas comunes, conectábamos las ideas con la práctica diaria y un fin común. Subordinábamos nuestras diferencias. Con la llegada de la democracia comenzaron las diferencias, las divisiones, las rivalidades personales, las etiquetaciones partidistas; los esfuerzos por imponer «la verdad» acabaron con las asociaciones.

TRABAJO

La ciudad y los barrios apoyaban las huelgas locales. Incluso los pequeños empresarios apoyaban a la clase trabajadora. Yo me sentía obrero. Cuando entrabas a trabajar en una fábrica conseguías un empleo de por vida, un contrato de por vida y por ley. Podías hacer planes de futuro. Yo estaba ligado a mi trabajo. Orgulloso de hacer un buen trabajo. Mi trabajo era interesante. No era un peón. Veía todo el proceso. Era jefe de sector. Podía observar la evolución del producto a medida que se incorporaban las innovaciones. Hubo una huelga general en 1973 y despidieron a muchos trabajadores. La fábrica creció de cien trabajadores en 1973 a 1.300 en 1980. Hasta 1980, la mayoría de los trabajadores compartían un punto de vista común, después cambiaron. Antes compartíamos las preocupaciones y el origen, las luchas sociales y contra Franco. Después de 1980 los trabajadores pasaron a ser más individualistas, estaban desorientados en lo que respecta a las clases, afiliación a sindicatos, propiedad de la empresa (pasó de propiedad catalana a británica), les faltaba una orientación socio-política. Desaparecieron los aprendizajes. Mediante las negociaciones colectivas se volvió a introducir el aprendizaje. Los sindicatos intervinieron en la selección de aprendices. De esta forma podían reclutar cuadros sindicales y proporcionar educación social. Recientemente la empresa terminó con el programa. El trabajo es importante. Me sentí perdido después de perder el empleo. Pasé tres años en la calle después de que me despidieran por participar en una huelga. Que me pagaran por no trabajar fue un golpe.

FAMILIA

Tengo cuatro hijos. El mayor es licenciado en Psicología, el segundo trabaja como vigilante nocturno. Los otros dos aún están estudiando. Ahora la vida familiar es distinta. El contexto urbano es diferente. Antes la calle era nuestra. En la escuela siempre he estado cerca de mis hijos. Era el entrenador del equipo de baloncesto. Era activo en la asociación de padres. Yo respetaba más a mi padre de lo que ellos me respetan a mí. A los 15 años contribuía a la economía familiar. Mis hijos no participan (edades: 24, 22, 19 y 18). Lo que ganan es para sus gastos. Mi hijo, el licenciado, está vendiendo libros con un contrato eventual de seis meses.

SINDICATOS Y POLÍTICA

Al principio, bajo el régimen de Franco, no había sindicatos donde yo trabajaba. Sobre 1969 se creó un sindicato clandestino. Hablábamos de las relaciones laborales, los sueldos, la estructura de la toma de decisiones, [ajusticia social. Tenia una visión de «toda la empresa»: los beneficios de la empresa crecían a más velocidad que los salarios. Comenzamos a organizamos alrededor de amigos en los que podíamos confiar. Nos convertimos en el grupo dominante de la fábrica. Eramos el único sindicato democrático. La UGT, CNT, CGT y Comisiones no existían. Comisiones Obreras no era un sindicato, se basaba en comités de empresa. Una vez legalizado el partido comunista, éste se apoderó de CCOO. Eran mayoría en casi todos los sindicatos, pero no en nuestra fábrica (Lucas). Al principio los partidos fueron la esperanza, para hacer realidad, mediante el poder político, cambios básicos. E! engaño fue tremendo. Los partidos socialista y comunista, una vez legalizados, nos vendieron en busca de cargos en el aparato de Estado y de subvenciones públicas. Sacrificaron nuestras demandas sociales por provecho personal y político.

La mayoría de los empleos en la sección de reparaciones y mantenimiento de la fábrica están subcontratados a jóvenes con contratos eventuales. Yo hago el turno de noche y la mayoría son eventuales de entre 18 y 27 años. La empresa contrata trabajadores y les da cursos que les adoctrinan en cómo la firma es un padre para ellos. Fin la mayoría de sitios los eventuales ganan el 50% del salario normal. En Lucas, los eventuales cobran lo mismo que los fijos gracias a nuestro sindicato.

JULIO

Tiene 49 años y es estibador.

Mi padre era catalán, nacido en Barcelona. Vivió lejos de casa, en Palma de Mallorca. A mí me crió mi madre. Mi madre era dura, imponía disciplina. Yo ayudaba a mi madre en la casa. Para ella mi educación era importante, pero yo no quise estudiar. Quería trabajar. Nunca hablamos de una carrera. Deseaba un trabajo cualificado. Vivíamos en Barcelona. Mi padre era rojo y pasó un tiempo en un campo de concentración de Franco. Era recluta, pero al finalizar la guerra ya era capitán. Vio muchos pelotones de ejecución. Le daba miedo hablar de cualquier cosa que tuviera que ver con la guerra o con la República, incluso en casa. Vivíamos en un barrio de clase trabajadora. La gente se sentaba en las escaleras y compartía la comida con los vecinos. Yo crecí en el seno de una familia grande, con tíos y abuelos, y tenía muchos amigos en el barrio. A los 13 años dejé el colegio. Era muy autoritario, pero nos daban de comer. Trabajé de aprendiz en un taller durante tres años por 75 pesetas semanales. A los 24 años, en 1969, conseguí este trabajo como estibador y ganaba 3.500 pesetas semanales. Las condiciones laborales eran malas. Fui trabajador eventual durante dos años. El trabajo se adjudicaba de acuerdo con la antigüedad. Pasados dos años conseguí un trabajo estable. Al principio sólo existían los sindicatos verticales del régimen de Franco. Los sindicatos autónomos comenzaron a organizarse en 1973-75, al final del franquismo.

Manteníamos buenas relaciones laborales: la amistad antes que el trabajo. Los amigos entraban juntos a trabajar, comíamos juntos y nos tomábamos algo después del trabajo. Los días que no había trabajo en el muelle íbamos a Castelldefeis a comer y jugar al fútbol. La mayor parte de la vida social estaba en el trabajo. Después de casarme nos mudamos y mi vida social decayó. De vez en cuando salgo con mis compañeros de trabajo sin la mujer. Fui más activo durante el periodo de Transición. Participé en la huelga de 1980. Me despidieron y la caja de resistencia me mantuvo. Éramos mas activos v teníamos más esperanzas que ahora. Desde que cambié de vecindario he perdido el sentimiento de pertenecer a un barrio. Sólo nos encontramos en los ascensores. La calle y los pisos inhiben las relaciones entre vecinos.

TRABAJO

Me siento como un jubilado. Me gustaba el trabajo en el puerto. Me gustaban las relaciones que manteníamos en el pasado. Ahora hay menos solidaridad. Antes los trabajadores te cubrían si llegabas tarde o no ibas un día. Ahora la actitud es que la empresa tiene el mando. Yo estaba orgulloso de ser un estibador. Podías discutir con el dueño de la empresa. Teníamos fuerza. La estamos perdiendo. Eramos más independientes. El capataz y los trabajadores se mezclaban. Ahora todos van con el culo prieto. Cada día es más difícil. Hay presiones constantes desde arriba. Dicen que ahora somos más profesionales. Yo no lo creo. Antes teníamos capacidad para resolver los problemas. Ahora tenemos que estar pendientes de los «coordinadores». Por culpa de las presiones de arriba, los trabajadores se han vuelto miedosos, tienen pánico a mojarse. Apenas conocemos a ninguno de los nuevos trabajadores. Hace veinte años había 2.000 trabajadores, ahora hay 500. Todo se ha automatizado. No me gusta el nuevo sistema de trabajo. Me eligieron delegado, pero el sindicato no nos apoya. Hacemos horas extras cuando hay gente esperando conseguir un empleo. No hay solidaridad.

CICLO DE VIDA

Me casé a los 23 años. Tenía un trabajo fijo. Tengo tres hijos y un piso. Lo compré. En casa nunca hablamos de temas sindicales. Todos mis hijos viven en casa, todos con trabajos eventuales. Los mejores años fueron los de finales de los 70. Mi salario subió a 45.000 pesetas semanales; en los 90 se estancó. Tengo una segunda residencia cerca de Vic, que compré hace seis años. Nunca he estado afiliado a ningún partido político, pero voto a Convergencia. Voto a «los de casa».

Mi hijo acaba de conseguir un trabajo en la nueva policía autonómica de Cataluña. Gana 200.000 pesetas al mes. Soy perezoso, me quedo en casa, miro la tele, y en Vic voy en bicicleta. No me reúno con los otros trabajadores que aún viven en la Barceloneta. Quiero dejar de ser delegado sindical. Hay demasiados conflictos con los funcionarios sindicales. Han sido líderes demasiados años y tienen más cosas en común con los jefes que con los trabajadores. Los trabajadores les apoyan a cambio de favores para que sus hijos puedan quedarse con su trabajo cuando se jubilen. No soy ambicioso. Estoy contento con mi vida. Soy un burro, pero he sido capaz de sacar adelante a mi familia. Me ha salido bien. Gano 300.000 pesetas al mes contando horas extras.

JOSÉ MARÍA

José María tiene cincuenta años y trabaja en la Olivetti.

Mi padre era de Cádiz. Emigró a Cataluña en 1940, vivió en barracas hasta 1962 y luego se mudó al Besos. Después a Nou Barris y compró una casa. Tuvo varios trabajos simultáneos, principalmente en los tranvías. En 1930 era falangista y luego activista del partido comunista. En casa nunca hablamos de política.

Viví en el Barrio Chino hasta los cuatro años, luego en barracas en Montjuíc. Todos eran andaluces, casi todos obreros de la construcción; compartían la comida, se oponían a Franco, pero tenían miedo de expresarlo. Comencé a ir al colegio a los 9 años, a la Virgen de la Merced, una escuela privada católica; dejé la escuela a los 13 años. Comencé de aprendiz en la Olivetti a los 14 años. De los 100 aprendices sólo 5 se quedaron para pasar a ser especialistas. El resto terminó en la cadena de montaje. He trabajado en la Olivetti durante 36 años. Los compañeros de trabajo provenían de distintas partes de la ciudad, lo que significaba pocas amistades.

La hora de la comida en la fábrica y el club deportivo eran los únicos momentos en los que podíamos reunimos. Pero había un cierto entendimiento entre nosotros. Todos trabajábamos por cupos. A los trabajadores que rompían la norma se les caía el pelo. Había más vida social en las barracas que en los grandes edificios del Besos. La mayoría de mis amigos eran de Montjuíc. Éramos cuatro o cinco. Los sábados íbamos a bailar, y los domingos por la tarde al cine del Club del Libro.

TRABAJO

Me gustó el trabajo durante mucho tiempo. Te ponía retos y yo era creativo. Hacía cosas, organizaba mi trabajo. Me gustaba. Con la llegada de los ordenadores todo cambió. Ahora todo lo que hago es revisar las máquinas estropeadas. Trabajar con ordenadores es aburrido. Tengo ganas de jubilarme. He tenido problemas con el capataz. No por cuestiones políticas. Por ejemplo, fui sancionado por cantar en el trabajo.

Nunca me faltó trabajo. Siempre tuve empleo fijo. Nuestras luchas se organizaban para limitar el tiempo de trabajo. Primero conseguimos el sábado libre, después la jornada de ocho horas, luego, en 1972-73, los 28 días festivos al año y 30 días de vacaciones pagadas. De 1970 a 19SO mi salario aumentó de 11.000 pesetas mensuales a 100.000. Conseguimos continuas mejoras hasta 1982. Desde entonces ha habido estancamiento y despidos. En 1959 había 5.000 trabajadores en Olivetti Barcelona; en 1994 hay 190. Los despidos comenzaron en 1981. Participamos en muchas huelgas para impedir los despidos. Las jubilaciones anticipadas. Al final los trabajadores aceptaron los dictados de la multinacional, que se trasladó a Latinoamérica. Fue traumático. Todo el mundo pensaba que Olivetti era un trabajo de por vida. El cambio de la máquina de escribir al ordenador acabó con esa historia.

Nunca esperé subir en la empresa. Evitaba las promociones. Hago mis ocho horas y me largo a casa.

FAMILIA

En 1970, a los 25 años, me casé y viví en casa de mis padres durante un año. Luego conseguí un crédito y me compré un piso. Aquí no hay vida vecinal. En un bloque de pisos viven 150 familias. Soy el presidente de la comunidad y superviso el mantenimiento y cumplimiento de las normas. Nuestra lucha más sonada fue para bajar el nivel de ruidos del patio, de modo que los inquilinos pudieran dormir. Tengo dos hijos. Uno tiene 24 años y estudia Informática. Creo que el mercado laboral es muy positivo, pero él tiene miedo de no encontrar trabajo. Lo que está aprendiendo no corresponde a las demandas laborales. Algunos de sus amigos están en el paro, otros están bien colocados y ganan 120.000 pesetas o más al mes. De todas formas, es muy raro que alguno encuentre un empleo fijo. Mi hijo de 19 años trabaja en un concesionario de Olivetti. Trabaja y estudia. Yo le ayudé a encontrar el empleo. Se supone que trabaja cuatro horas al dia por 55.000 pesetas al mes;pero suele trabajar seis o siete y no le pagan las horas extras. Lleva cuatro años trabajando a tiempo parcial. Le renuevan su contrato cada año. Su novia trabaja a tiempo parcial ensobrando cartas durante 12 horas por 1.000 pesetas al día. El piso más barato en esta zona cuesta 12 millones de pesetas, de forma que las posibilidades de casarse y formar un hogar son muy remotas.

POLÍTICA Y SINDICATOS

La gente se mete en política para hacerse rica. La democracia tiene ventajas, ofrece la posibilidad de cambiar las cosas, pero la gente es ignorante. Votan a los beneficiados. La gente es pobre. Con limosnas del Estado compran la lealtad al PSOE. Yo participo a nivel municipal. El alcalde es del PSOE. Es muy asequible. Yo le voté. En el trabajo participo en las asambleas sindicales. Me gusta estar informado de los contratos. Desde los 80 los trabajadores piensan que con las huelgas pierdes dinero. Ahora la empresa es mucho más dura, hace menos concesiones y hay más rigidez. Últimamente me he opuesto a las huelgas. Tengo demasiadas facturas por pagar. Antes formaba parte de la USO y lo dejé porque tuve algunos conflictos personales. Me hice de CCOO. No me interesan las siglas sindicales. Las asambleas eran abiertas, democráticas y las votaciones se respetaban con CCOO. Organizamos a los trabajadores en Olivetti para que participaran en las huelgas generales del 14 de diciembre de 1988 y del 27 de enero de 1994, en protesta contra los «contratos basura» promovidos por el gobierno socialista (contratos laborales que permiten a los empresarios pagar por debajo del salario interprofesional y contratar a trabajadores eventuales mayoría de los participantes en la huelga general eran trabajadores mayores. Mis hijos, para quienes se hacía toda la huelga, no participaron. Donde trabaja mi hijo votaron a favor de la huelga, consultaron al jefe y decidieron no ir a la huelga. ¡Imagínelos preguntando al jefe si está bien hacer huelga!

Quiero jubilarme lo antes posible. He alquilado una pequeña casa en Palol, cerca de Girona, por 4.000 pesetas al mes. Es allí donde me gusta pasar mi tiempo libre.

MIGUEL

Miguel tiene 29 años. Ha trabajado en la SEAT siete años.

Mi padre fue minero en Ciudad Real, jornalero en el campo, y en Cataluña trabajó en la construcción y en fábricas. Nunca hablaba del trabajo con la familia. Nunca se identificó con la clase obrera. Me metí en política en el instituto y más tarde, en 1984, pasé a formar parte de una agrupación de parados de mi barrio. A principios de los 80 el movimiento de parados era activo, teníamos unos 10.000 miembros. Trabajaba a tiempo parcial limpiando edificios. En 1988 comencé a trabajar como eventual en la SEAT y en 1991 me hicieron fijo. Muchos de los trabajadores eventuales de entonces siguen siéndolo o han sido despedidos.

Mientras fui trabajador eventual veía la vida de forma distinta. En el trabajo había descontento, pero no independencia. Ahora tengo la posibilidad de planificar y sentirme más independiente. Mientras fui trabajador eventual viví con mis padres. Este año me he comprado un piso con una hipoteca; lo estoy amueblando. Esto cambia la dinámica de mi vida.

Nunca he tenido problemas con mis padres, pero estaba cansado de hacer siempre el mismo papel. Tener tu propia casa te da mas independencia y puedes invitar a los amigos. El piso que he comprado está cerca de la casa de mis padres.

PERSPECTIVAS

La situación cuando yo buscaba trabajo era distinta a la de ahora. La mayoría de la gente joven eran más inquietos a principios de los 80. Con el tiempo han ido a menos. Hoy están menos interesados en los sindicatos que, digamos, hace cinco años. Hablo más con los trabajadores veteranos. Creo que hay dos factores que influyen en las diferencias generacionales.

Los cambios de las leyes laborales han aumentado la inestabilidad del desempleo; la gente joven está menos interesada por los sindicatos y las reclamaciones laborales y más preocupada por sobrevivir en el trabajo, menos interesada por sacrificarse por los sindicatos. En segundo lugar, la sociedad ha cambiado. El movimiento juvenil de 1984 estaba más politizado. Las universidades estaban más politizadas.

Hoy sólo miran por sí mismos; no son líderes juveniles. En tercer lugar, los sindicatos y los partidos políticos han abandonado la educación y organización de los jóvenes. No han sabido llegar a ellos ni han incorporado nuevas energías. En la tienda en la que trabajo, el 75% son eventuales; hay distintas reacciones. Algunos viven en un mundo personal, no les interesan los sindicatos. Otros te hablan de sindicatos y reclamaciones. Muy pocos aluden a las experiencias de sus padres. La mayoría de mis compañeros de trabajo han cambiado su orientación en cuanto han pasado a ser fijos. Los eventuales que están a punto de ser despedidos se vuelven conflictivos. Los que pasan a ser fijos se hacen corporativistas, buscan intereses económicos inmediatos. Los eventuales van con cuidado hasta que los echan, luego surgen las protestas espontáneas.

RAFAEL

Rafael tiene 53 años. Nació en Sevilla y llegó a Barcelona en 1964, a los 24 años.

En Andalucía era jornalero. Aquí tenia cuatro hermanos. Vivíamos en Hospitalet, un vecindario exclusivamente obrero, todos eran inmigrantes. Mi primer trabajo fue en la construcción con un salario muy bajo, 500 pesetas al mes. En junio de 1965 conseguí un trabajo en la SEAT. Mi salario subió a 3.500 pesetas, pero me gastaba 2.000 en cama y manutención. Soy básicamente autodidacta. Dejé el colegio cuando tenía 10 años, y luego fui a la escuela nocturna para adultos. Me casé dos años más tarde. Alquilé un apartamento y seis años después nos compramos un piso. Tengo dos hijos, uno trabaja como eventual en la SEAT, y mi hija estudia Económicas en la universidad.

TRABAJO

Cuando comencé en la SEAT nuestros salarios eran mayores que en otros sectores, aunque seguían siendo bastante bajos. Pero subieron rápidamente durante los años 60 y 70, y luego se estancaron. En 1965 ganaba 3.500 pesetas mensuales; en 1970, 8.000; en 1980, 100.000; en 1990,130.000; y en 1995, 143.000.

Me uní a un sindicato clandestino en 1968 y participé en las asambleas sindicales de CCOO en 1978, una vez las legalizaron. Fui activo, pero nunca me arrestaron o persiguieron. Aparte de los sindicatos, fui muy activo en la asociación de padres y alumnos en el colegio desde 1974 hasta 1988. Fui el presidente durante tres años. También participé en política municipal. Durante esos años era más activo en las asociaciones vecinales que en los sindicatos.

Siempre formé parte de la asociación de vecinos Formulábamos demandas para conseguir más y mejores profesores y mejorar las escuelas. Secundábamos un club deportivo y recreativo. Dejé la asociación de padres cuando mis hijos acabaron el colegio y comencé a participar en el comité del sindicato.

Vivo en un barrio de clase trabajadora que solía llevar a cabo una enorme cantidad de actividades. Ahora hay muchísima menos actividad y organización Luchamos y mejoramos el vecindario; logramos muchos de nuestros objetivos. Después del trabajo, al barrio era lo más importante. Lo esencial era la falta de instalaciones urbanas y el hecho de ser un ciudadano. Hoy día el barrio es distinto. Ha cambiado nuestra forma de vida. Nuestros salarios hacen que nos sintamos acomodados. Han aumentado las drogas y el paro, han surgido nuevos problemas, pero resulta difícil implicar al vecindario. Los jóvenes no pasan las necesidades que nosotros tuvimos. Los padres se ocupan de todo. No entiendo por qué los jóvenes que no tienen trabajo no participan en la comunidad. Carecen de interés.

En casa tenemos grandes discusiones. Mi espo sa, mi hija y mi hijo hablan de todo. Mi hijo tiene más juicio. Mi hija defiende la clase trabajadora en la escuela. Es nacionalista catalana. La mayoría de mis compañeros de trabajo no hablan de sus actividades con la familia. Falta el entendimiento. Cuando voy a reuniones los sábados o los domingos, mi familia entiende lo que estoy haciendo. Mi hijo es miembro de CCOO, pero es una excepción. La gente joven debería participar más en los sindicatos . Tenemos muy pocos miembros. Siempre he trabajado, desde que tenia seis años hasta ahora. Solo he estado en el paro durante tres meses. De 1965 a 1992 hice jornada completa y todo el mundo tenía trabajo fijo. Muchos de los trabajadores de la SEAT viven cerca de mi casa y todos los días vamos juntos al trabajo.

POLÍTICA

Si tienes ideas para cambiar las cosas merece la pena involucrarse. Los municipios tienen recursos. Tienes que tener interés. Para cambiar no debes adaptarte e. De entre mis actividades políticas prefiero la política municipal. Me gusta tratar con gente próxima, con los problemas de los ciudadanos. Hoy día todo está mal. No me mal interprete. Franco estaba mal. Durante un corto período de tiempo fue fantástico. Con el PSOE hemos caído en un pozo. Entre Franco y el PSOE estuvo Suárez, que estaba mejor. Felipe ha empeorado lo que teníamos. Nadie quiere volver a la dictadura, pero las cosas han empeorado con el PSOE.

RAMÓN

Tiene 38 años y está en el paro. Nació en Barcelona, en el barrio de la Barceloneta.

Mi padre era cocinero en un restaurante. Actualmente vivo con mi familia. Hace nueve años, a los 29, me mudé a Cardedeu, una ciudad no demasiado lejos de aquí. Me casé, perdí el trabajo y nos separamos. El matrimonio necesita una economía. Ahora he vuelto. Estuve trabajando para una empresa instalando conexiones de gas, agua y electricidad. También trabajé para grupos de teatro encargado del attrezzo. Mi ex compañera lavaba platos y limpiaba casas. Mi padre nunca ha sido activo ni política ni socialmente. Nunca tuvimos demasiadas cosas en común. La mayoría de mis relaciones eran con amigos del vecindario.

El barrio tiene una cultura de izquierdas. La CNT participaba sobre todo en actividades culturales. Comencé a ser activo en el barrio a los 18 años junto a mis amigos. Ahora la Barceloneta es totalmente distinta. Antes había amistades intimas, actualmente son casi inexistentes. La solidaridad entre los compañeros se ha perdido. Todo el mundo busca trabajo, cada uno se preocupa por sí mismo. La política gira entorno al capitalismo. Los trabajadores no tienen nada que decir en política. Luchan por algo que no les pertenece. Antes la familia era una piña. Ahora se está desintegrando. Los hijos no pueden marcharse de casa porque no pueden hacer planes. Los hijos están cansados de sus padres, y los padres de los hijos. Mi familia es un salvavidas. Mi padre está jubilado y tiene que mantenerme. Ahora es imposible tener tu propia vida. Antes, alcanzada una cierta edad, te ibas. Ahora es imposible.

Fui al colegio hasta acabar la EGB. A los 14 años empecé a trabajar. Trabajé durante dos años en los astilleros, pero los cerraron y me quedé en el paro. Esto fue en 1975. Luego conseguí un trabajo como camillero en un hospital, donde trabajé durante cinco años. Entonces llegó la crisis económica, me despidieron y cobré del paro durante dos años. Más tarde conseguí un trabajo instalando gas y agua. Trabajé durante ocho años antes de que me despidieran por falta de faena.

VIDA SOCIAL Y POLÍTICA

Entre los años 1975 y 1980 la Barceloneta era un lugar muy animado. El vecindario estaba mezclado, dividido entre trabajadores y choricillos. Había muchas organizaciones vecinales que montaban actos políticos y culturales e involucraban a todo el barrio. Fui de la asociación de vecinos y de la asociación de los Diablos, que organizaba las fiestas. No participé tanto como me hubiera gustado, porque los partidos políticos manipulaban las asociaciones. Las luchas principales eran por la calle -fuentes, recogida de basura, colegios- y contra la droga. En el barrio hay mucho tráfico de drogas. Hablábamos con los chicos consumidores de drogas para que la dejaran y advertíamos a los vendedores de que se marcharan, pero la policía les protegía. Los Diablos nos reuníamos todos los martes para planificar las intervenciones en las fiestas. Casi toda mi actividad era en los sindicatos, pero mis mejores amigos eran del barrio. Era miembro de la CNT, ahora soy de la CGT. He participado en varios comités de huelga allí donde trabajé. Hace nueve años me mudé a una ciudad pequeña debido al trabajo. Mi partido era el de los independentistas Esquerra Republicana de Catalunya. Decían que eran libertarios, pero cuando disentías no les gustaba, así que lo dejé. Trabajé con un grupo de teatro. Era el único grupo progresista de los alrededores.

En el trabajo los compañeros eran distintos de los que yo conocía en Barcelona. Los trabajadores eran muy sumisos. No hablaban de problemas laborales. Los jefes no toleraban ningún tipo de discusión. Tenía que cerrar el pico. Nada de huelgas. Si decías algo te echaban a la calle, y señalado. Todo lo que hacías estaba en función de conservar el trabajo. No es que haya miedo a perder el trabajo, ¡hay pánico! Debido al gran número de desempleados, una vez te has quedado en el paro ya no tienes ninguna posibilidad. Antes era distinto. Dicen que están proporcionando un «salario social» con estos contratos eventuales, pero es mentira. No hay solución a corto plazo, puede que a largo plazo.

Perdí el empleo en 1993, hace dos años. La empresa cerró y me dieron 200.000 pesetas. Desde en- tonces trabajo donde puedo. He trabajado haciendo instalaciones eléctricas y de gas para subcontratistas, a veces ganaba 90.000 pesetas al mes, a veces nada. El alquiler era de 60.000 pesetas. Decidí marcharme. Mi compañera quería una relación a distancia, yo no. En 1994 volví a la Barceloneta. El mercado laboral está fatal. Sólo hay pequeños trabajos ;n los que ganas 15.000 pesetas semanales instalando cañerías de gas. El trabajo pasa por dos grupos de subcontratistas, todos se sacan un pellizco. A veces tengo trabajo pintando casas o lo que sea. He pégalo carteles anunciándome, pero el negocio está mal. La competencia es demasiado dura.

Estoy colaborando con la CGT intentando orgaNizar a los parados, pero la respuesta es mala. Todo ;e1 mundo busca su propia solución. Se ha perdido el sentido de pensar en soluciones colectivas. El barrio de la Barceloneta ya no es un centro organizativo. La gente se ha dispersado. Muchos de los jóvenes simplemente buscan cualquier sitio donde colocarse.

Actualmente no hay continuidad en el trabajo, y cada día que pasa es peor. Esto te afecta en la forma le pensar. No tienes nada estable. Por mucho que pienses que estás capacitado para un trabajo, lo único que haces es vivir el día a día. Esto afecta a tus relaciones sociales. A veces temes que el dinero que tienes no baste para ir a ningún sitio. Así que te acabas diciendo que no merece la pena. Te sientes pillado. Ahora las relaciones son muy transitorias. Totalmente. Hay menos solidaridad. En el trabajo ya no existe. Antes, cuando se convocaba una huelga tolo el mundo se apuntaba. Ahora todos te dicen: perderas el trabajo, quédate donde estás.

Con Franco había miedo, miedo a la represión, pero con la solidaridad, la gente era más fuerte. El ruedo bajo el mercado es más cruel: los trabajadores están enfrentados entre ellos. Ahora hay más miedo a no tener nada que cuando se luchaba contra la dictadura. La sociedad no quiere enfrentarse a los problemas del desempleo más allá de las soluciones familiares. La familia continúa aguantándonos porque no hay otra salida. No hay rebelión porque la familia sigue sosteniendo a los parados. Quizás cuanlo se acabe el apoyo familiar, habrá una revuelta. Hoy por hoy el ánimo que predomina entre los páraDos es volver la espalda a los problemas, tomarse una cerveza y fumar un cigarrillo.

He pensado en abandonar el país, pero la crisis está en todas partes. No estoy seguro de poder encontrar trabajo en ningún otro lugar.

CONCLUSIÓN

La supuesta «modernización» de la economía española bajo los auspicios del régimen socialista de Felipe González ha tenido un efecto profundamente negativo sobre la vida socio-económica, política y cultural de la clase trabajadora y, en particular, sobre la familia y los trabajadores jóvenes. La liberalización de la economía ha llevado a mayores injusticias sociales y a menos actividades políticas, en realidad a una disminución de la democracia política. Los trabajadores hablan positivamente, de un modo casi unánime, de su participación política en las luchas antifranquistas y durante la Transición.

Los asociaciones de vecinos y sindicatos fomentaron la ciudadanía, las activas asambleas ciudadanas debatían los asuntos públicos. Bajo los auspicios del régimen socialista, la intervención del partido en la sociedad civil, la mano dura del Estado y los políticos electorales minaron las organizaciones locales; los sindicatos socialistas se volvieron, en la práctica, apéndices del Estado; los sindicatos comunistas, aunque en cierto modo más activos, fueron sometidos por los pactos políticos de los líderes de su partido, cosa que socavó la militancia local. La generación de trabajadores más jóvenes, que llegaron a su mayoría de edad política en un periodo de corrupción política masiva que lo ha impregnado todo (cuando los partidos socialista y «nacionalistas» competían por socavar la seguridad en el empleo), expresan desconfianza general, cuando no repugnancia, a los partidos y los políticos, al tiempo que se centran en actividades privadas. Abundan las excepciones, especialmente entre una acérrima minoría de activistas de ambas generaciones; pero la hostilidad a la política de partidos es universal y refleja la brecha cada vez más honda entre las élites políticas dominantes y la masa de trabajadores atomizados; especialmente los jóvenes, empleados temporales y parados. El supuesto de los economistas liberales de que un funcionamiento favorable del mercado se traduce en mayores niveles de vida y más libertad política es falso. La intensificación del mercado crea mayor dependencia familiar, más inseguridad personal, movilidad social descendente y menos autonomía personal. El mercado debilita la sociedad civil y fortalece el poder del Ejecutivo, al tiempo que disminuye el apego de los ciudadanos a las instituciones electorales.

Por lo que se refiere a la estructura social, la política de «libre mercado» no sólo amplía la brecha entre clases, sino dentro mismo de las clases. La diferencia de ingresos entre los viejos trabajadores fijos y los jóvenes eventuales oscila entre ratios de 2 a 1 y de 5 a 1, sin contar los beneficios complementarios (vacaciones, pensiones, cobertura sanitaria, etc). Al carecer de continuidad social, el mercado ha debilitado el nivel de organización social. Al temer a los empresarios, el grueso de los trabajadores temporales no se afilian a los sindicatos, ni expresan opiniones en el trabajo. La falta de continuidad laboral socava las asociaciones sociales. Fuera del trabajo, el mal sueldo, la atomización social y el sentido de impotencia social desaniman la participación en asociaciones de vecinos, tal como sus padres hicieron en el pasado. La sociedad está ahora organizada en tomo a grupos recreativos, privados e informales. El crecimiento de las asociaciones privadas no tiene relación con las necesidades sociales profundas de la mayoría de los jóvenes trabajadores. En el mejor de los casos, son entidades de consuelo, en el sentido en que lo fue la Iglesia para la generación precedente. Los estridentes conciertos de rock son como las sesiones de los evangelistas, válvulas de escape sin riesgo para liberar emociones contenidas.

Aunque la calidad de vida de los jóvenes trabajadores era mejor que la de sus padres mientras estaban creciendo, las perspectivas de futuro son mucho más negativas. Además, como les han mimado y satisfecho todos sus deseos de consumo, carecen del empuje y la iniciativa para cambiar su estatus. Más aún, cuando llegan a la edad adulta no hay modelo politico ni movimiento que les atraiga. Ni tampoco sus padres les han provisto de un marco de referencia político para hacer frente a sus adversarios sociales y políticos.

Para entender el impacto de la estrategia de liberalización es fundamental su impacto diferenciador sobre la clase trabajadora. Aunque hay más bienes de consumo asequibles, la generación más joven tiene menos recursos para «meterse» en el estilo de vida consumista; especialmente en los artículos de etiqueta cara, como la vivienda, los muebles y el transporte. Aunque ha aumentado la renta nacional, la participación en ella de la clase trabajadora ha disminuido, y en particular el porcentaje de salarios que corresponde a los jóvenes trabajadores ha sido el que ha bajado más. Al trabajar en la economía sumergida, con sueldos por debajo del salario mínimo, o en los supuestos contratos de aprendizaje, los jóvenes empleados reciben salarios por debajo del nivel de subsistencia. Hoy el 95% de los nuevos contratos laborales son temporales. Y la gran mayoría de los trabajadores eventuales no se convierten en fijos.

Además de los ingresos, la liberalización ha ampliado la diferencia entre los trabajadores temporales y fijos y eso ha aumentado los potenciales conflictos sociales entre eventuales, fijos y parados. Los trabajadores mayores se orientan hacia términos favorables para sus jubilaciones, sin preocuparse demasiado por el hecho de que ellos no serán reemplazados por trabajadores más jóvenes. Una generación se retira con ganancias, la otra permanece sin oficio ni beneficio.

Los jóvenes, insertos en un mundo de competición sin recursos ideológicos o una memoria histórica de las luchas antifranquistas u obreras, son vulnerables a los mensajes individualista- escapista, nacionalista o incluso racista (que culpa a los emigrantes). La legislación anti-inmigrante de los partidos socialista y nacionalistas incita a los jóvenes trabajadores parados a culpar a los inmigrantes de su falta de empleo. Ningún líder político les dice que los inmigrantes no cierran las fábricas; los capitalistas sí. Ni que los partidos socialista y nacionalistas aprueban una legislación que faculta a los empresarios a pagar por debajo del salario mínimo; no es la competencia con el 2% de inmigrantes lo que baja los niveles de vida.

La contradicción entre haberse criado entre algodones y un futuro incierto genera un miedo y frustración social en los jóvenes trabajadores que, si no se encauza a través de la política de clase, puede degenerar en violencia individualizada.

Lo que muestra claramente nuestro estudio es que la mayoría de los trabajadores de ambas generaciones se sienten víctimas pasivas más que protagonistas de los cambios a los que se enfrentan. No hay conexión entre su descontento privado y lo público, excepto en el nivel de la política local. Esto es comprensible, dada la estructura de decisión política concentrada en un Ejecutivo centralizado, que ha impuesto las políticas de libre mercado. Los trabajadores reaccionan a sus circunstancias en vez de sentirse consultados por los decisores políticos. La mayoría de los trabajadores mayores, con una memoria colectiva del período pre-González, son mucho más conscientes de la responsabilidad política del régimen socialista, que ha provocado inseguridad laboral, falta de trabajo y empleo precario. Los trabajadores mayores recuerdan el «período de la Transición», en que se consultaba a los sindicatos en la formulación de la política. Los trabajadores jóvenes sólo experimentan las políticas concentradas en el Ejecutivo, que legalizan contratos de trabajo temporales por debajo del salario mínimo, en los que los sindicatos quedan completamente marginados. A falta de un marco de referencia de comparación histórica, dan por sentado que todos los políticos y partidos actúan siempre contra sus intereses, de ahí que rechacen el activismo político.

Los trabajadores mayores vivieron un período de una vibrante cultura politica, en la que los barrios y los sindicatos desempeñaron un papel crucial a la hora de cambiar de manera importante las condiciones de vida y trabajo. Expresan satisfacción y orgullo por lo que lograron, aun cuando las políticas liberales del régimen de González minaron esos logros. La joven generación de trabajadores llega a la edad adulta en un momento en que la cultura cívica se ha eclipsado. La política clientelar, la corrupción politica generalizada, la implicación del gobierno en escuadrones de la muerte forman parte de los comentarios cotidianos en los medios de masas. El declive de la ética desempeña un papel importante en el desgaste del interés por la actividad política entre los jó- venes, y refuerza su imagen de que «los políticos sólo se ayudan a si mismos». La falta de medios de comunicación alternativos y la dominación de los media por los regímenes socialista y nacionalistas limitan el flujo de las fuentes de información alternativas y criticas. Confrontados con las «noticias» de los medios de masas que adulan a las poderosas celebridades políticas (esas figuras que, en la mente de los jóvenes trabajadores, exacerban sus inseguridades socio-económicas), se «desconectan» y acaban por «ignorar» la actualidad.

En España, la cultura cívica emergente de finales de los 70 y principios de los 80 ha sido transformada en una cultura política autoritaria donde una reducida clase política ha marginado al grueso de la clase trabajadora de lo público y de la consulta politica. El resultado es una generación mayor de trabajadores frustrada y ansiosa, y una generación joven marginada y apolítica. El «libre mercado», como el mecanismo elegido para lo que se suponía iba a ser la modernización de España, ha debilitado los lazos entre la clase trabajadora y la clase política, y ha fortalecido las estructuras estatistas-autoritarias a expensas de la sociedad civil y de la consulta pública.

TRADUCCIÓN Oscar Fontrodrona y María del Mar Bruguera.

Publicado originalmente en la revista Ajoblanco.


Constitución Española

Departamento: Cortes Generales

Publicado en: BOE núm. 311 de 29/12/1978

Entrada en vigor: 29/12/1978

Última actualización publicada el 27/09/2011

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA, A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN Y ENTENDIEREN,

SABED: QUE LAS CORTES HAN APROBADO Y EL PUEBLO ESPAÑOL RATIFICADO LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN:

PREÁMBULO

La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:

Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.

Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.

Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.

Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.

Establecer una sociedad democrática avanzada, y

Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente

 

CONSTITUCIÓN

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1

1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Artículo 2

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Artículo 3

1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.

2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.

3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

Artículo 4

1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.

2. Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

Artículo 5

La capital del Estado es la villa de Madrid.

Artículo 6

Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Artículo 7

Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Artículo 8

1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.

2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.

Artículo 9

1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

TÍTULO I

De los derechos y deberes fundamentales

Artículo 10

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

CAPÍTULO PRIMERO

De los españoles y los extranjeros

Artículo 11

1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.

2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.

3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.

Artículo 12

Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.

Artículo 13

1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.

2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.

3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.

4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España.

CAPÍTULO SEGUNDO

Derechos y libertades

Artículo 14

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas

Artículo 15

Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.

Artículo 16

1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.

2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.

4. La ley regulará un procedimiento de «habeas corpus» para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.

Artículo 18

1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.

4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Artículo 19

Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.

Artículo 20

1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

c) A la libertad de cátedra.

d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

Artículo 21

1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.

2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

Artículo 22

1. Se reconoce el derecho de asociación.

2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.

3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.

4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.

5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.

Artículo 23

1. Los ciudadanos tiene el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.

Artículo 24

1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.

La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.

Artículo 25

1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.

2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.

3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad.

Artículo 26

Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales.

Artículo 27

1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.

6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.

8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.

9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.

10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.

Artículo 28

1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.

2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

Artículo 29

1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley.

2. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica.

Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

Artículo 30

1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.

2. La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria.

3. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.

4. Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

Artículo 31

1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.

3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.

Artículo 32

1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.

2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.

Artículo 33

1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.

2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.

3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

Artículo 34

1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la ley.

2. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del artículo 22.

Artículo 35

1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.

Artículo 36

La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

Artículo 37

1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.

2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que puedan establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.

Artículo 38

Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.

CAPÍTULO TERCERO

De los principios rectores de la política social y económica

Artículo 39

1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.

3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

Artículo 40

1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados.

Artículo 41

Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.

Artículo 42

El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno.

Artículo 43

1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.

2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.

3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.

Artículo 44

1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

Artículo 45

1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

Artículo 46

Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.

Artículo 47

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Artículo 48

Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

Artículo 49

Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.

Artículo 50

Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.

Artículo 51

1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca.

3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.

Artículo 52

La ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

CAPÍTULO CUARTO

De las garantías de las libertades y derechos fundamentales

Artículo 53

1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).

2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.

3. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.

Artículo 54

Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.

CAPÍTULO QUINTO

De la suspensión de los derechos y libertades

Artículo 55

1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3, artículos 19, 20, apartados 1, a) y d), y 5, artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2, podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de estado de excepción.

2. Una ley orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los artículos 17, apartado 2, y 18, apartados 2 y 3, pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.

La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes.

TÍTULO II

De la Corona

Artículo 56

1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.

2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.

3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2.

Artículo 57

1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.

2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.

3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.

4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.

5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.

Artículo 58

La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.

Artículo 59

1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.

2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.

3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.

4. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.

5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.

Artículo 60

1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.

2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.

Artículo 61

1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.

2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.

Artículo 62

Corresponde al Rey:

a) Sancionar y promulgar las leyes.

b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.

c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.

d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.

e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.

f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.

g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.

h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.

i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.

j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.

Artículo 63

1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.

2. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.

3. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.

Artículo 64

1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.

2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.

Artículo 65

1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.

2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.

TÍTULO III

De las Cortes Generales

CAPÍTULO PRIMERO

De las Cámaras

Artículo 66

1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.

2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.

3. Las Cortes Generales son inviolables.

Artículo 67

1. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso.

2. Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo.

3. Las reuniones de Parlamentarios que se celebren sin convocatoria reglamentaria no vincularán a las Cámaras, y no podrán ejercer sus funciones ni ostentar sus privilegios.

Artículo 68

1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.

2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.

3. La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional.

4. El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

5. Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos.

La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.

6. Las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones.

Artículo 69

1. El Senado es la Cámara de representación territorial.

2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.

3. En las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo Insular, constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores –Gran Canaria, Mallorca y Tenerife– y uno a cada una de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.

4. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas dos Senadores.

5. Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional.

6. El Senado es elegido por cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.

Artículo 70

1. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso:

a) A los componentes del Tribunal Constitucional.

b) A los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros del Gobierno.

c) Al Defensor del Pueblo.

d) A los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo.

e) A los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo.

f) A los miembros de las Juntas Electorales.

2. La validez de las actas y credenciales de los miembros de ambas Cámaras estará sometida al control judicial, en los términos que establezca la ley electoral.

Artículo 71

1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.

2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva.

3. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

4. Los Diputados y Senadores percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras.

Artículo 72

1. Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Los Reglamentos y su reforma serán sometidos a una votación final sobre su totalidad, que requerirá la mayoría absoluta.

2. Las Cámaras eligen sus respectivos Presidentes y los demás miembros de sus Mesas. Las sesiones conjuntas serán presididas por el Presidente del Congreso y se regirán por un Reglamento de las Cortes Generales aprobado por mayoría absoluta de cada Cámara.

3. Los Presidentes de las Cámaras ejercen en nombre de las mismas todos los poderes administrativos y facultades de policía en el interior de sus respectivas sedes.

Artículo 73

1. Las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo, de febrero a junio.

2. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deberán convocarse sobre un orden del día determinado y serán clausuradas una vez que éste haya sido agotado.

Artículo 74

1. Las Cámaras se reunirán en sesión conjunta para ejercer las competencias no legislativas que el Título II atribuye expresamente a las Cortes Generales.

2. Las decisiones de las Cortes Generales previstas en los artículos 94, 1, 145, 2 y 158, 2, se adoptarán por mayoría de cada una de las Cámaras. En el primer caso, el procedimiento se iniciará por el Congreso, y en los otros dos, por el Senado. En ambos casos, si no hubiera acuerdo entre Senado y Congreso, se intentará obtener por una Comisión Mixta compuesta de igual número de Diputados y Senadores. La Comisión presentará un texto que será votado por ambas Cámaras. Si no se aprueba en la forma establecida, decidirá el Congreso por mayoría absoluta.

Artículo 75

1. Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones.

2. Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. El Pleno podrá, no obstante, recabar en cualquier momento el debate y votación de cualquier proyecto o proposición de ley que haya sido objeto de esta delegación.

3. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior la reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presupuestos Generales del Estado.

Artículo 76

1. El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas.

2. Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras. La ley regulará las sanciones que puedan imponerse por incumplimiento de esta obligación.

Artículo 77

1. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones ciudadanas.

2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban. El Gobierno está obligado a explicarse sobre su contenido, siempre que las Cámaras lo exijan.

Artículo 78

1. En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por un mínimo de veintiún miembros, que representarán a los grupos parlamentarios, en proporción a su importancia numérica.

2. Las Diputaciones Permanentes estarán presididas por el Presidente de la Cámara respectiva y tendrán como funciones la prevista en el artículo 73, la de asumir las facultades que correspondan a las Cámaras, de acuerdo con los artículos 86 y 116, en caso de que éstas hubieren sido disueltas o hubiere expirado su mandato y la de velar por los poderes de las Cámaras cuando éstas no estén reunidas.

3. Expirado el mandato o en caso de disolución, las Diputaciones Permanentes seguirán ejerciendo sus funciones hasta la constitución de las nuevas Cortes Generales.

4. Reunida la Cámara correspondiente, la Diputación Permanente dará cuenta de los asuntos tratados y de sus decisiones.

Artículo 79

1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros.

2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías especiales que establezcan la Constitución o las leyes orgánicas y las que para elección de personas establezcan los Reglamentos de las Cámaras.

3. El voto de Senadores y Diputados es personal e indelegable.

Artículo 80

Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al Reglamento.

CAPÍTULO SEGUNDO

De la elaboración de las leyes

Artículo 81

1. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.

2. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.

Artículo 82

1. Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas no incluidas en el artículo anterior.

2. La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados o por una ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo.

3. La delegación legislativa habrá de otorgarse al Gobierno de forma expresa para materia concreta y con fijación del plazo para su ejercicio. La delegación se agota por el uso que de ella haga el Gobierno mediante la publicación de la norma correspondiente. No podrá entenderse concedida de modo implícito o por tiempo indeterminado. Tampoco podrá permitir la subdelegación a autoridades distintas del propio Gobierno.

4. Las leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación legislativa y los principios y criterios que han de seguirse en su ejercicio.

5. La autorización para refundir textos legales determinará el ámbito normativo a que se refiere el contenido de la delegación, especificando si se circunscribe a la mera formulación de un texto único o si se incluye la de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que han de ser refundidos.

6. Sin perjuicio de la competencia propia de los Tribunales, las leyes de delegación podrán establecer en cada caso fórmulas adicionales de control.

Artículo 83

Las leyes de bases no podrán en ningún caso:

a) Autorizar la modificación de la propia ley de bases.

b) Facultar para dictar normas con carácter retroactivo.

Artículo 84

Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.

Artículo 85

Las disposiciones del Gobierno que contengan legislación delegada recibirán el título de Decretos Legislativos.

Artículo 86

1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.

2. Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.

3. Durante el plazo establecido en el apartado anterior, las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.

Artículo 87

1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.

2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.

3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.

Artículo 88

Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ellos.

Artículo 89

1. La tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la iniciativa legislativa en los términos regulados por el artículo 87.

2. Las proposiciones de ley que, de acuerdo con el artículo 87, tome en consideración el Senado, se remitirán al Congreso para su trámite en éste como tal proposición.

Artículo 90

1. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste.

2. El Senado en el plazo de dos meses, a partir del día de la recepción del texto, puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta. El proyecto no podrá ser sometido al Rey para sanción sin que el Congreso ratifique por mayoría absoluta, en caso de veto, el texto inicial, o por mayoría simple, una vez transcurridos dos meses desde la interposición del mismo, o se pronuncie sobre las enmiendas, aceptándolas o no por mayoría simple.

3. El plazo de dos meses de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto se reducirá al de veinte días naturales en los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados.

Artículo 91

El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.

Artículo 92

1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.

2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.

3. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.

CAPÍTULO TERCERO

De los Tratados Internacionales

Artículo 93

Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión.

Artículo 94

1. La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en los siguientes casos:

a) Tratados de carácter político.

b) Tratados o convenios de carácter militar.

c) Tratados o convenios que afecten a la integridad territorial del Estado o a los derechos y deberes fundamentales establecidos en el Título I.

d) Tratados o convenios que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública.

e) Tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna ley o exijan medidas legislativas para su ejecución.

2. El Congreso y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los restantes tratados o convenios.

Artículo 95

1. La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.

2. El Gobierno o cualquiera de las Cámaras puede requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción.

Artículo 96

1. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional.

2. Para la denuncia de los tratados y convenios internacionales se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación en el artículo 94.

TÍTULO IV

Del Gobierno y de la Administración

Artículo 97

El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Artículo 98

1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.

2. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de éstos en su gestión.

3. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.

4. La ley regulará el estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno.

Artículo 99

1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.

2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.

3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.

4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.

5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.

Artículo 100

Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente.

Artículo 101

1. El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente.

2. El Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.

Artículo 102

1. La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

2. Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.

3. La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente artículo.

Artículo 103

1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

2. Los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.

3. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 104

1. Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.

2. Una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad.

Artículo 105

La ley regulará:

a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten.

b) El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.

c) El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado.

Artículo 106

1. Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican.

2. Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.

Artículo 107

El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia.

TÍTULO V

De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales

Artículo 108

El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados.

Artículo 109

Las Cámaras y sus Comisiones podrán recabar, a través de los Presidentes de aquéllas, la información y ayuda que precisen del Gobierno y de sus Departamentos y de cualesquiera autoridades del Estado y de las Comunidades Autónomas.

Artículo 110

1. Las Cámaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.

2. Los miembros del Gobierno tienen acceso a las sesiones de las Cámaras y a sus Comisiones y la facultad de hacerse oír en ellas, y podrán solicitar que informen ante las mismas funcionarios de sus Departamentos.

Artículo 111

1. El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras. Para esta clase de debate los Reglamentos establecerán un tiempo mínimo semanal.

2. Toda interpelación podrá dar lugar a una moción en la que la Cámara manifieste su posición.

Artículo 112

El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Artículo 113

1. El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.

2. La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.

3. La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación. En los dos primeros días de dicho plazo podrán presentarse mociones alternativas.

4. Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones.

Artículo 114

1. Si el Congreso niega su confianza al Gobierno, éste presentará su dimisión al Rey, procediéndose a continuación a la designación de Presidente del Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 99.

2. Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquélla se entenderá investido de la confianza de la Cámara a los efectos previstos en el artículo 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno.

Artículo 115

1. El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones.

2. La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura.

3. No procederá nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo dispuesto en el artículo 99, apartado 5.

Artículo 116

1. Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.

2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.

3. El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.

4. El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones.

5. No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados.

Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.

6. La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.

TÍTULO VI

Del Poder Judicial

Artículo 117

1. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.

2. Los Jueces y Magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados, sino por alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley.

3. El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.

4. Los Juzgados y Tribunales no ejercerán más funciones que las señaladas en el apartado anterior y las que expresamente les sean atribuidas por ley en garantía de cualquier derecho.

5. El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los Tribunales. La ley regulará el ejercicio de la jurisdicción militar en el ámbito estrictamente castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los principios de la Constitución.

6. Se prohíben los Tribunales de excepción.

Artículo 118

Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto.

Artículo 119

La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.

Artículo 120

1. Las actuaciones judiciales serán públicas, con las excepciones que prevean las leyes de procedimiento.

2. El procedimiento será predominantemente oral, sobre todo en materia criminal.

3. Las sentencias serán siempre motivadas y se pronunciarán en audiencia pública.

Artículo 121

Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley.

Artículo 122

1. La ley orgánica del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales, así como el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo único, y del personal al servicio de la Administración de Justicia.

2. El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo. La ley orgánica establecerá su estatuto y el régimen de incompatibilidades de sus miembros y sus funciones, en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.

3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.

Artículo 123

1. El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.

2. El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, en la forma que determine la ley.

Artículo 124

1. El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.

2. El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.

3. La ley regulará el estatuto orgánico del Ministerio Fiscal.

4. El Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial.

Artículo 125

Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales.

Artículo 126

La policía judicial depende de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca.

Artículo 127

1. Los Jueces y Magistrados así como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos. La ley establecerá el sistema y modalidades de asociación profesional de los Jueces, Magistrados y Fiscales.

2. La ley establecerá el régimen de incompatibilidades de los miembros del poder judicial, que deberá asegurar la total independencia de los mismos.

TÍTULO VII

Economía y Hacienda

Artículo 128

1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.

2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.

Artículo 129

1. La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general.

2. Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas. También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción.

Artículo 130

1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.

2. Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.

Artículo 131

1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.

2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.

Artículo 132

1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.

2. Son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.

3. Por ley se regularán el Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administración, defensa y conservación.

Artículo 133

1. La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.

2. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

3. Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de ley.

4. Las administraciones públicas sólo podrán contraer obligaciones financieras y realizar gastos de acuerdo con las leyes.

Artículo 134

1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.

2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.

3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.

4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.

6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.

7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.

Artículo 135

1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.

Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito.

Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.

El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:

a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.

c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

Atención: los límites de déficit estructural establecidos en el apartado 2 entran en vigor a partir de 2020.

Artículo 136

1. El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica de Estado, así como del sector público.

Dependerá directamente de las Cortes Generales y ejercerá sus funciones por delegación de ellas en el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.

2. Las cuentas del Estado y del sector público estatal se rendirán al Tribunal de Cuentas y serán censuradas por éste.

El Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de su propia jurisdicción, remitirá a las Cortes Generales un informe anual en el que, cuando proceda, comunicará las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se hubiere incurrido.

3. Los miembros del Tribunal de Cuentas gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos a las mismas incompatibilidades que los Jueces.

4. Una ley orgánica regulará la composición, organización y funciones del Tribunal de Cuentas.

TÍTULO VIII

De la Organización Territorial del Estado

CAPÍTULO PRIMERO

Principios generales

Artículo 137

El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Artículo 138

1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.

2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.

Artículo 139

1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.

2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.

CAPÍTULO SEGUNDO

De la Administración Local

Artículo 140

La Constitución garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. La ley regulará las condiciones en las que proceda el régimen del concejo abierto.

Artículo 141

1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.

2. El Gobierno y la administración autónoma de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo.

3. Se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia.

4. En los archipiélagos, las islas tendrán además su administración propia en forma de Cabildos o Consejos.

Artículo 142

Las Haciendas locales deberán disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.

CAPÍTULO TERCERO

De las Comunidades Autónomas

Artículo 143

1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.

2. La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.

3. La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.

Artículo 144

Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional:

a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143.

b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial.

c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del artículo 143.

Artículo 145

1. En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas.

2. Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre las Comunidades Autónomas necesitarán la autorización de las Cortes Generales.

Artículo 146

El proyecto de Estatuto será elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputación u órgano interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y Senadores elegidos en ellas y será elevado a las Cortes Generales para su tramitación como ley.

Artículo 147

1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico.

2. Los Estatutos de autonomía deberán contener:

a) La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.

b) La delimitación de su territorio.

c) La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.

d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.

3. La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica.

Artículo 148

1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:

1.ª Organización de sus instituciones de autogobierno.

2.ª Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local.

3.ª Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.

4.ª Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio.

5.ª Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable.

6.ª Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.

7.ª La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.

8.ª Los montes y aprovechamientos forestales.

9.ª La gestión en materia de protección del medio ambiente.

10.ª Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; las aguas minerales y termales.

11.ª La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.

12.ª Ferias interiores.

13.ª El fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.

14.ª La artesanía.

15.ª Museos, bibliotecas y conservatorios de música de interés para la Comunidad Autónoma.

16.ª Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma.

17.ª El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma.

18.ª Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.

19.ª Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.

20.ª Asistencia social.

21.ª Sanidad e higiene.

22.ª La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica.

2. Transcurridos cinco años, y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el artículo 149.

Artículo 149

1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

1.ª La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.

2.ª Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo.

3.ª Relaciones internacionales.

4.ª Defensa y Fuerzas Armadas.

5.ª Administración de Justicia.

6.ª Legislación mercantil, penal y penitenciaria; legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas.

7.ª Legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.

8.ª Legislación civil, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles, forales o especiales, allí donde existan. En todo caso, las reglas relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas, relaciones jurídico-civiles relativas a las formas de matrimonio, ordenación de los registros e instrumentos públicos, bases de las obligaciones contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y determinación de las fuentes del Derecho, con respeto, en este último caso, a las normas de derecho foral o especial.

9.ª Legislación sobre propiedad intelectual e industrial.

10.ª Régimen aduanero y arancelario; comercio exterior.

11.ª Sistema monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación de crédito, banca y seguros.

12.ª Legislación sobre pesas y medidas, determinación de la hora oficial.

13.ª Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

14.ª Hacienda general y Deuda del Estado.

15.ª Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.

16.ª Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos.

17.ª Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.

18.ª Las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios que, en todo caso, garantizarán a los administrados un tratamiento común ante ellas; el procedimiento administrativo común, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de las Comunidades Autónomas; legislación sobre expropiación forzosa; legislación básica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistema de responsabilidad de todas las Administraciones públicas.

19.ª Pesca marítima, sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se atribuyan a las Comunidades Autónomas.

20.ª Marina mercante y abanderamiento de buques; iluminación de costas y señales marítimas; puertos de interés general; aeropuertos de interés general; control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, servicio meteorológico y matriculación de aeronaves.

21.ª Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma; régimen general de comunicaciones; tráfico y circulación de vehículos a motor; correos y telecomunicaciones; cables aéreos, submarinos y radiocomunicación.

22.ª La legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma, y la autorización de las instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial.

23.ª Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias.

24.ª Obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma.

25.ª Bases de régimen minero y energético.

26.ª Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.

27.ª Normas básicas del régimen de prensa, radio y televisión y, en general, de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecución correspondan a las Comunidades Autónomas.

28.ª Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas.

29.ª Seguridad pública, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas en la forma que se establezca en los respectivos Estatutos en el marco de lo que disponga una ley orgánica.

30.ª Regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

31.ª Estadística para fines estatales.

32.ª Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum.

2. Sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas, de acuerdo con ellas.

3. Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas. El derecho estatal será, en todo caso, supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas.

Artículo 150

1. Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una ley estatal. Sin perjuicio de la competencia de los Tribunales, en cada ley marco se establecerá la modalidad del control de las Cortes Generales sobre estas normas legislativas de las Comunidades Autónomas.

2. El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.

3. El Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas, aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés general. Corresponde a las Cortes Generales, por mayoría absoluta de cada Cámara, la apreciación de esta necesidad.

Artículo 151

1. No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años, a que se refiere el apartado 2 del artículo 148, cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del artículo 143.2, además de por las Diputaciones o los órganos interinsulares correspondientes, por las tres cuartas partes de los municipios de cada una de las provincias afectadas que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas y dicha iniciativa sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica.

2. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el procedimiento para la elaboración del Estatuto será el siguiente:

1.º El Gobierno convocará a todos los Diputados y Senadores elegidos en las circunscripciones comprendidas en el ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno, para que se constituyan en Asamblea, a los solos efectos de elaborar el correspondiente proyecto de Estatuto de autonomía, mediante el acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros.

2.º Aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, la cual, dentro del plazo de dos meses, lo examinará con el concurso y asistencia de una delegación de la Asamblea proponente para determinar de común acuerdo su formulación definitiva.

3.º Si se alcanzare dicho acuerdo, el texto resultante será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto.

4.º Si el proyecto de Estatuto es aprobado en cada provincia por la mayoría de los votos válidamente emitidos, será elevado a las Cortes Generales. Los plenos de ambas Cámaras decidirán sobre el texto mediante un voto de ratificación. Aprobado el Estatuto, el Rey lo sancionará y lo promulgará como ley.

5.º De no alcanzarse el acuerdo a que se refiere el apartado 2 de este número, el proyecto de Estatuto será tramitado como proyecto de ley ante las Cortes Generales. El texto aprobado por éstas será sometido a referéndum del cuerpo electoral de las provincias comprendidas en el ámbito territorial del proyectado Estatuto. En caso de ser aprobado por la mayoría de los votos válidamente emitidos en cada provincia, procederá su promulgación en los términos del párrafo anterior.

3. En los casos de los párrafos 4.º y 5.º del apartado anterior, la no aprobación del proyecto de Estatuto por una o varias provincias no impedirá la constitución entre las restantes de la Comunidad Autónoma proyectada, en la forma que establezca la ley orgánica prevista en el apartado 1 de este artículo.

Artículo 152

1. En los Estatutos aprobados por el procedimiento a que se refiere el artículo anterior, la organización institucional autonómica se basará en una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal, con arreglo a un sistema de representación proporcional que asegure, además, la representación de las diversas zonas del territorio; un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas y un Presidente, elegido por la Asamblea, de entre sus miembros, y nombrado por el Rey, al que corresponde la dirección del Consejo de Gobierno, la suprema representación de la respectiva Comunidad y la ordinaria del Estado en aquélla. El Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno serán políticamente responsables ante la Asamblea.

Un Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo, culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. En los Estatutos de las Comunidades Autónomas podrán establecerse los supuestos y las formas de participación de aquéllas en la organización de las demarcaciones judiciales del territorio. Todo ello de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del poder judicial y dentro de la unidad e independencia de éste.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 123, las sucesivas instancias procesales, en su caso, se agotarán ante órganos judiciales radicados en el mismo territorio de la Comunidad Autónoma en que esté el órgano competente en primera instancia.

2. Una vez sancionados y promulgados los respectivos Estatutos, solamente podrán ser modificados mediante los procedimientos en ellos establecidos y con referéndum entre los electores inscritos en los censos correspondientes.

3. Mediante la agrupación de municipios limítrofes, los Estatutos podrán establecer circunscripciones territoriales propias, que gozarán de plena personalidad jurídica.

Artículo 153

El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá:

a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de ley.

b) Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del artículo 150.

c) Por la jurisdicción contencioso-administrativa, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias.

d) Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario.

Artículo 154

Un Delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la administración propia de la Comunidad.

Artículo 155

1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

Artículo 156

1. Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles.

2. Las Comunidades Autónomas podrán actuar como delegados o colaboradores del Estado para la recaudación, la gestión y la liquidación de los recursos tributarios de aquél, de acuerdo con las leyes y los Estatutos.

Artículo 157

1. Los recursos de las Comunidades Autónomas estarán constituidos por:

a) Impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado; recargos sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado.

b) Sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales.

c) Transferencias de un Fondo de Compensación interterritorial y otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

d) Rendimientos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho privado.

e) El producto de las operaciones de crédito.

2. Las Comunidades Autónomas no podrán en ningún caso adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio o que supongan obstáculo para la libre circulación de mercancías o servicios.

3. Mediante ley orgánica podrá regularse el ejercicio de las competencias financieras enumeradas en el precedente apartado 1, las normas para resolver los conflictos que pudieran surgir y las posibles formas de colaboración financiera entre las Comunidades Autónomas y el Estado.

Artículo 158

1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español.

2. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.

TÍTULO IX

Del Tribunal Constitucional

Artículo 159

1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

2. Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional.

3. Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres.

4. La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o administrativos; con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal, y con cualquier actividad profesional o mercantil.

En lo demás los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial.

5. Los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato.

Artículo 160

El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres años.

Artículo 161

1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer:

a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.

b) Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.

c) De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí.

d) De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.

2. El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.

Artículo 162

1. Están legitimados:

a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.

b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.

2. En los demás casos, la ley orgánica determinará las personas y órganos legitimados.

Artículo 163

Cuando un órgano judicial considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión ante el Tribunal Constitucional en los supuestos, en la forma y con los efectos que establezca la ley, que en ningún caso serán suspensivos.

Artículo 164

1. Las sentencias del Tribunal Constitucional se publicarán en el boletín oficial del Estado con los votos particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir del día siguiente de su publicación y no cabe recurso alguno contra ellas. Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimación subjetiva de un derecho, tienen plenos efectos frente a todos.

2. Salvo que en el fallo se disponga otra cosa, subsistirá la vigencia de la ley en la parte no afectada por la inconstitucionalidad.

Artículo 165

Una ley orgánica regulará el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de las acciones.

TÍTULO X

De la reforma constitucional

Artículo 166

La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87.

Artículo 167

1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.

2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.

3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

Artículo 168

1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.

2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.

3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

Artículo 169

No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 116.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.

La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales.

La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía.

Segunda.

La declaración de mayoría de edad contenida en el artículo 12 de esta Constitución no perjudica las situaciones amparadas por los derechos forales en el ámbito del Derecho privado.

Tercera.

La modificación del régimen económico y fiscal del archipiélago canario requerirá informe previo de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del órgano provisional autonómico.

Cuarta.

En las Comunidades Autónomas donde tengan su sede más de una Audiencia Territorial, los Estatutos de Autonomía respectivos podrán mantener las existentes, distribuyendo las competencias entre ellas, siempre de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del poder judicial y dentro de la unidad e independencia de éste.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.

En los territorios dotados de un régimen provisional de autonomía, sus órganos colegiados superiores, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros, podrán sustituir la iniciativa que en el apartado 2 del artículo 143 atribuye a las Diputaciones Provinciales o a los órganos interinsulares correspondientes.

Segunda.

Los territorios que en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente proyectos de Estatuto de autonomía y cuenten, al tiempo de promulgarse esta Constitución, con regímenes provisionales de autonomía podrán proceder inmediatamente en la forma que se prevé en el apartado 2 del artículo 148, cuando así lo acordaren, por mayoría absoluta, sus órganos preautonómicos colegiados superiores, comunicándolo al Gobierno. El proyecto de Estatuto será elaborado de acuerdo con lo establecido en el artículo 151, número 2, a convocatoria del órgano colegiado preautonómico.

Tercera.

La iniciativa del proceso autonómico por parte de las Corporaciones locales o de sus miembros, prevista en el apartado 2 del artículo 143, se entiende diferida, con todos sus efectos, hasta la celebración de las primeras elecciones locales una vez vigente la Constitución.

Cuarta.

1. En el caso de Navarra, y a efectos de su incorporación al Consejo General Vasco o al régimen autonómico vasco que le sustituya, en lugar de lo que establece el artículo 143 de la Constitución, la iniciativa corresponde al Órgano Foral competente, el cual adoptará su decisión por mayoría de los miembros que lo componen. Para la validez de dicha iniciativa será preciso, además, que la decisión del Órgano Foral competente sea ratificada por referéndum expresamente convocado al efecto, y aprobado por mayoría de los votos válidos emitidos.

2. Si la iniciativa no prosperase, solamente se podrá reproducir la misma en distinto período del mandato del Organo Foral competente, y en todo caso, cuando haya transcurrido el plazo mínimo que establece el artículo 143.

Quinta.

Las ciudades de Ceuta y Melilla podrán constituirse en Comunidades Autónomas si así lo deciden sus respectivos Ayuntamientos, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros y así lo autorizan las Cortes Generales, mediante una ley orgánica, en los términos previstos en el artículo 144.

Sexta.

Cuando se remitieran a la Comisión Constitucional del Congreso varios proyectos de Estatuto, se dictaminarán por el orden de entrada en aquélla, y el plazo de dos meses a que se refiere el artículo 151 empezará a contar desde que la Comisión termine el estudio del proyecto o proyectos de que sucesivamente haya conocido.

Séptima.

Los organismos provisionales autonómicos se considerarán disueltos en los siguientes casos:

a) Una vez constituidos los órganos que establezcan los Estatutos de Autonomía aprobados conforme a esta Constitución.

b) En el supuesto de que la iniciativa del proceso autonómico no llegara a prosperar por no cumplir los requisitos previstos en el artículo 143.

c) Si el organismo no hubiera ejercido el derecho que le reconoce la disposición transitoria primera en el plazo de tres años.

Octava.

1. Las Cámaras que han aprobado la presente Constitución asumirán, tras la entrada en vigor de la misma, las funciones y competencias que en ella se señalan, respectivamente, para el Congreso y el Senado, sin que en ningún caso su mandato se extienda más allá del 15 de junio de 1981.

2. A los efectos de lo establecido en el artículo 99, la promulgación de la Constitución se considerará como supuesto constitucional en el que procede su aplicación. A tal efecto, a partir de la citada promulgación se abrirá un período de treinta días para la aplicación de lo dispuesto en dicho artículo.

Durante este período, el actual Presidente del Gobierno, que asumirá las funciones y competencias que para dicho cargo establece la Constitución, podrá optar por utilizar la facultad que le reconoce el artículo 115 o dar paso, mediante la dimisión, a la aplicación de lo establecido en el artículo 99, quedando en este último caso en la situación prevista en el apartado 2 del artículo 101.

3. En caso de disolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115, y si no se hubiera desarrollado legalmente lo previsto en los artículos 68 y 69, serán de aplicación en las elecciones las normas vigentes con anterioridad, con las solas excepciones de que en lo referente a inelegibilidades e incompatibilidades se aplicará directamente lo previsto en el inciso segundo de la letra b) del apartado 1 del artículo 70 de la Constitución, así como lo dispuesto en la misma respecto a la edad para el voto y lo establecido en el artículo 69,3.

Novena.

A los tres años de la elección por vez primera de los miembros del Tribunal Constitucional se procederá por sorteo para la designación de un grupo de cuatro miembros de la misma procedencia electiva que haya de cesar y renovarse. A estos solos efectos se entenderán agrupados como miembros de la misma procedencia a los dos designados a propuesta del Gobierno y a los dos que proceden de la formulada por el Consejo General del Poder Judicial. Del mismo modo se procederá transcurridos otros tres años entre los dos grupos no afectados por el sorteo anterior. A partir de entonces se estará a lo establecido en el número 3 del artículo 159.

DISPOSICION DEROGATORIA

1. Queda derogada la Ley 1/1977, de 4 de enero, para la Reforma Política, así como, en tanto en cuanto no estuvieran ya derogadas por la anteriormente mencionada Ley, la de Principios del Movimiento Nacional, de 17 de mayo de 1958; el Fuero de los Españoles, de 17 de julio de 1945; el del Trabajo, de 9 de marzo de 1938; la Ley Constitutiva de las Cortes, de 17 de julio de 1942; la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado, de 26 de julio de 1947, todas ellas modificadas por la Ley Orgánica del Estado, de 10 de enero de 1967, y en los mismos términos esta última y la de Referéndum Nacional de 22 de octubre de 1945.

2. En tanto en cuanto pudiera conservar alguna vigencia, se considera definitivamente derogada la Ley de 25 de octubre de 1839 en lo que pudiera afectar a las provincias de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya.

En los mismos términos se considera definitivamente derogada la Ley de 21 de julio de 1876.

3. Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitución.

DISPOSICION FINAL

Esta Constitución entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el boletín oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España.

 

POR TANTO,

MANDO A TODOS LOS ESPAÑOLES, PARTICULARES Y AUTORIDADES, QUE GUARDEN Y HAGAN GUARDAR ESTA CONSTITUCIÓN COMO NORMA FUNDAMENTAL DEL ESTADO.

PALACIO DE LAS CORTES, A VEINTISIETE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO.

JUAN CARLOS

EL PRESIDENTE DE LAS CORTES

Antonio Hernández Gil

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

Fernando Alvarez de Miranda y Torres

EL PRESIDENTE DEL SENADO

Antonio Fontán Pérez